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Subvenciones dirigidas a trabajadores afectados por expedientes de regulación de empleo de suspensión de la relación laboral o de reducción de jornada, en zonas afectadas por incendios forestales del verano 2026

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 3778
  • SIA: 3218069
  • BDNS (Identificador): 927851

Fecha publicación:

9 de septiembre de 2026

Objeto:

Convocar para el año 2026, en régimen de concesión directa, subvenciones públicas  subvenciones dirigidas a trabajadores afectados por expedientes de regulación de empleo de suspensión de la relación laboral o de reducción de jornada, fundados en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o derivados de situaciones de fuerza mayor temporal ocasionadas por fenómenos meteorológicos adversos, emergencias de protección civil u otros acontecimientos extraordinarios que afecten a centros de trabajo ubicados en Castilla y León.

¿Quién lo puede solicitar?

Trabajadores que presten o hayan prestado servicios en centros de trabajo situados en los municipios de Castilla y León afectados por los incendios forestales sucedidas en el verano 2026

¿Qué requisitos debo cumplir?

Para poder acceder a la ayuda, las personas trabajadoras deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Estar afectadas por un ERTE de suspensión temporal de contrato o reducción de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas, productivas o de fuerza mayor vinculada a fenómenos extraordinarios, entre el 24 de julio y el 31 de octubre de 2026.
  • También podrán beneficiarse los trabajadores fijos discontinuos cuya actividad haya finalizado antes de lo previsto, cuyos contratos hayan sido interrumpidos o cuyo llamamiento se haya aplazado, siempre que estas situaciones estén relacionadas con las circunstancias anteriores.
  • La medida deberá afectar a un centro de trabajo ubicado en alguno de los municipios o localidades de Castilla y León afectados por los grandes incendios forestales del verano de 2026, incluidos en la Resolución de 30 de julio de 2026 (y sus modificaciones) de la
    Vicepresidencia Segunda de la Junta de Castilla y León
    por la que se determina el listado
    de términos municipales y localidades de Castilla y León afectados
    por grandes incendios
    forestales durante el verano de 2026, al amparo de lo establecido en el apartado segundo
    del Acuerdo 135/2026.
  • La base de cotización por contingencias comunes no podrá superar los 4.000 euros mensuales (o la parte proporcional en contratos a tiempo parcial, con reducción de jornada o periodos inferiores al mes).
  • Haber estado afectado por la suspensión o reducción de jornada al menos un día dentro del periodo subvencionable.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • No encontrarse en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas previstas en la Ley General de Subvenciones.

¿Para qué es la ayuda?:

La finalidad de esta subvención es compensar la pérdida de poder adquisitivo de los trabajadores afectados por uno o varios expedientes de regulación de empleo de suspensión temporal de contratos de trabajo o de reducción temporal de jornada, fundados en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, en causa de fuerza mayor temporal, ocasionada por fenómenos meteorológicos adversos, emergencias de protección civil u otros acontecimientos extraordinarios que afecten a centros de trabajo ubicados en Castilla y León.

Cuantía:

  • La ayuda económica se establecerá como una cuantía fija de 10 € por jornada completa de suspensión, hasta un límite de 300 jornadas.
  • En los supuestos de reducción de jornada, la ayuda se calculará teniendo en cuenta la parte de jornada no trabajada, y para acreditar el requisito de ingresos se valorará la media de las bases de cotización de los meses al inicio del expediente.

¿Qué documentos necesito?

Se presentarará única solicitud en el modelo normalizado, con la firma de la solicitud se efectuarán declaraciones responsables relativa a diferentes extremos. La solicitud irá acompañada de la correspondiente documentación:

Descarga del documento tipo PDF Documentación a presentar. Abre una nueva ventana Documentación a presentar (167 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Relaciones Laborales

Órgano que resuelve:

Consejería de Industria, Universidades, Empleo y Comercio

Plazo de resolución:

El plazo para resolver y notificar será de 3 MESES, contados desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro electrónico de la administración u organismo competente para su tramitación, transcurrido el cual sin haberse dictado y notificado resolución expresa, la solicitud se entenderá desestimada por silencio administrativo.

Notificaciones:

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
  • Notificación electrónica, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI

Recursos:

  • Recurso potestativo de REPOSICIÓN
  • Recurso Contencioso-administrativo

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Justificación y pago

  • La justificación deberá efectuarse en el momento de presentación de la solitud, sin perjuicio de la aportación de documentación adicional que subsane o complemente la inicialmente aportada.
  • Una vez dictada la resolución de concesión de la subvención se procederá al abono del cien por cien de la misma mediante transferencia bancaria a la cuenta designada por el solicitante en su solicitud, salvo que se aplique el apartado siguiente.

Compatibilidad

  • Las subvenciones percibidas al amparo de esta orden serán compatibles con cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso que hubiesen percibido para la misma finalidad, excepto con la subvención prevista en la Orden IEM/731/2023, de 31 de mayo, modificada por la Orden IEM/322/2025, de 27 de marzo, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 19.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. A estos efectos se estará a lo establecido en el apartado 5 de la Base 4ª de la presente orden.

Calificación tributaria de la ayuda

  • Las subvenciones percibidas serán compatibles con cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso que hubiesen percibido para la misma finalidad, excepto con la subvención prevista en la Orden IEM/731/2023, de 31 de mayo, modificada por la Orden IEM/322/2025, de 27 de marzo, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 19.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • En todo caso, la suma de las percepciones de los trabajadores entre el salario y/o la prestación por desempleo más la subvención regulada en la presente orden, u otras que perciba con la misma finalidad, no podrá superar el 100% de la retribución bruta mensual de los trabajadores.

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.