Subvenciones a entidades locales para la recuperación de bienes del patrimonio cultural de Castilla y León en zonas afectadas por incendios forestales (2026)
Códigos identificadores del procedimiento:
Fecha publicación:
31 de julio de 2026
Objeto:
Subvención para la recuperación, adecuación y puesta en valor de los bienes propiedad del beneficiario, integrantes del Patrimonio Cultural de Castilla y León conforme a lo dispuesto por el artículo 12 de la Ley 7/2024, de 20 de junio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, que han resultado dañados por los incendios forestales.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Desde el 31 de julio de 2026 hasta el 30 de julio de 2027
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico:
¿Quién lo puede solicitar?
Ayuntamientos de Castilla y León propietarios de bienes integrantes del Patrimonio Cultural de Castilla y León que hayan resultado dañados por los incendios forestales en el verano de 2026, para su recuperación, adecuación y puesta en valor.
¿Qué requisitos debo cumplir?
- El Ayuntamiento solicitante debe ser propietario de un bien integrante del Patrimonio Cultural de Castilla y León, según lo dispuesto por el artículo 12 de la Ley 7/2024, de 20 de junio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, que haya resultado dañado por los incendios forestales en el verano de 2026.
- El bien integrante del Patrimonio Cultural de Castilla y León afectado por los incendios forestales en el verano de 2026 debe encontrarse en alguno de los términos municipales y localidades de Castilla y León incluidos en los listados aprobados mediante Orden de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio.
¿Qué documentos necesito?
Solicitud en modelo normalizado, acompañado de:
- Memoria valorada explicativa de las actuaciones para las que se solicita subvención, incluyendo descripción, presupuesto desglosado por partidas o tipos de gasto e imágenes del bien del Patrimonio Cultural de Castilla y León dañado.
- Certificación expedida por el órgano competente acreditando que en los procesos para la provisión de puestos de trabajo se ha realizado la correspondiente reserva legal para su cobertura por personas con discapacidad, de conformidad con la Disposición Adicional del Decreto 75/2008, de 30 de octubre, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de la normativa para la integración laboral de las personas con discapacidad y el establecimiento de criterios de valoración y preferencia en la concesión de subvenciones y ayudas públicas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Dirección General de Patrimonio Cultural
Órgano que resuelve:
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
Plazo de resolución:
3 meses.
Notificaciones:
- Notificación electrónica, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones
NOTI
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Recursos:
- Recurso potestativo de REPOSICIÓN
- Recurso Contencioso-administrativo
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Información adicional:
JUSTIFICACIÓN DE LAS ACTUACIONES SUBVENCIONABLES. DOCUMENTACIÓN
Documentación necesaria para la justificación
Los interesados deberán aportar los siguientes documentos:
a) Memoria de Actuación con el siguiente contenido:
- Objetivos previstos.
- Actividades realizadas.
- Resultados obtenidos, con indicación expresa de la efectiva consecución, con carácter total o parcial, del objeto y la finalidad para los cuales fue concedida la subvención.
- Reportaje fotográfico que acredite la correcta publicidad y difusión de la Identidad Corporativa de la Junta de Castilla y León, en su caso.
b) Memoria Económica con el siguiente contenido:
- Certificado de las obligaciones reconocidas y relación de mandamientos de pago realizados por la entidad beneficiaria, que se deriven directamente de la realización de la actividad subvencionada, especificando la fecha de pago de cada obligación reconocida y la actividad a que se refiere. Dicho certificado será expedido por el Interventor o, en su defecto, por el Secretario, con el Visto Bueno del Alcalde Presidente.
- Relación detallada de otros ingresos, subvenciones o fondos propios que hayan financiado la actividad subvencionada, con indicación del importe y su procedencia.
- En su caso, copia de los presupuestos de tres proveedores diferentes, cuando proceda la aplicación del artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, junto con una memoria cuando la elección no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
- En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados, así como de los intereses derivados de los mismos.
- Declaraciones responsables de: encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la seguridad social; de no mantener deudas o sanciones de naturaleza tributaria en periodo ejecutivo con la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León; deducción o compensación relativas al Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.).
c) Documentación técnica, conforme al calendario de justificación.
NATURALEZA Y RÉGIMEN DE COMPATIBILIDAD DE LAS SUBVENCIONES
1. Naturaleza de la Subvención
- Carácter Subsidiario: Esta ayuda funciona como un "último recurso". Esto significa que el solicitante debe acudir primero a cualquier otro sistema de cobertura de daños que tenga disponible, ya sea de carácter público o privado, nacional o internacional (por ejemplo, seguros privados o ayudas estatales).
- Carácter Complementario: En el caso de que esos otros sistemas no cubran la totalidad de los daños sufridos, la subvención de la Junta de Castilla y León se concederá para completar el importe restante hasta cubrir el daño real.
2. Régimen de Compatibilidad
- Compatibilidad general: Estas ayudas son plenamente compatibles con otras subvenciones, ingresos o recursos procedentes de cualquier administración o entidad privada, siempre que se destinen a la misma finalidad.
- Límite máximo: La suma de todas las ayudas recibidas (incluyendo esta) nunca podrá superar el valor total del daño producido.
3. Deber de Declaración
- Declaración Responsable: El solicitante tiene la obligación de declarar en su solicitud si dispone de pólizas de seguro y si ha solicitado u obtenido otras ayudas para el mismo fin e inmueble.
- Compromiso: El beneficiario se compromete a comunicar cualquier otra ayuda que le sea concedida posteriormente para que la Administración pueda ajustar el importe de la subvención si fuera necesario y evitar el sobrecoste.
Pasos para la tramitación electrónica (en línea):
- Disponer de
certificado electrónico
y comprobar
requisitos técnicos.
- Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
- A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico, DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.), seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
- Mediante un Formulario Online PDF (
Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas
) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la
Aplicación de Administración Electrónica
- Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
- Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
- Descargar justificante de presentación.