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Ayudas a las familias empadronadas en las localidades afectadas por los incendios que hayan sido desalojadas de sus viviendas en el verano de 2026

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 3765
  • SIA: 3206114

Fecha de publicación:

4 de agosto de 2026

Objeto:

Ayudas directas de 500 euros a las familias empadronadas en las localidades afectadas por los incendios que hayan sido desalojadas de sus viviendas en el verano de 2026 en Castilla y León.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 4 de agosto de 2026 hasta el 9 de octubre de 2026

Lugar y Forma de presentación:

Presencial:

Electrónico:

  • Por Internet a través de Red Sara   adjuntando la solicitud debidamente cumplimentada (IMPORTANTE)

¿Quién lo puede solicitar?

Empadronados en localidades afectadas por evacuación por los incendios de verano de 2026 en Castilla y León.

¿Qué requisitos debo cumplir?

La ayuda se concederá a:

  • Unidad familiar empadronada en una de las localidades evacuadas por los incendios de 2026 en Castilla y León. Se entiende por unidad familiar todas las personas empadronadas en un mismo domicilio.
  • La fecha de referencia del empadronamiento que se tendrá en cuenta será el 30 de julio de 2026.

Se entenderá por localidad evacuada: las localidades que se han evacuado con motivo de los incendios forestales de verano de 2026 y así se ha determinado por Resolución de la Vicepresidencia Segunda de la Junta de Castilla y León.

Cuantía:

El importe de la ayuda será de 500€.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado.

Otra documentación que debe presentar (sólo si se ha opuesto a la consulta de bases de datos públicas):

  • Documentación acreditativa de la identidad.
  • Documentación que acredite estar al corriente con las obligaciones tributarias (Agencia Estatal de Administración Tributaria) y la Seguridad Social.
  • Certificado de empadronamiento histórico colectivo del solicitante.

*INFORMACIÓN IMPORTANTE PARA CUMPLIMENTAR LA SOLICITUD:

  • Rellenar obligatoriamente todos los campos de la solicitud.
  • Es indispensable la firma de la solicitud.
  • Es imprescindible la presentación de la solicitud en este modelo normalizado.

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Dirección General de Ayudas Sociales

Órgano que resuelve:

Consejería de Desregulación, Familia y Ayudas Sociales

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver será de 3 MESES desde la solicitud

Notificaciones:

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
  • Notificación electrónica, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI .

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (494 kbytes)