Códigos identificadores del procedimiento:
Fecha de publicación:
31 de julio de 2026
Objeto:
Ayudas a los municipios para la reparación de los daños que, a consecuencia de los incendios, se hayan producido en las sedes y edificios municipales y en la maquinaria afecta a los servicios municipales de carácter general con excepción de las inversiones que procedan sobre el ciclo del agua.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Abierto de forma permanente, hasta el cierre del ejercicio presupuestario 2026.
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico:
¿Quién lo puede solicitar?
Municipios cuyas localidades (capitalidad, entidad local menor o núcleo) se han visto afectados por los incendios
¿Para qué es la ayuda?:
Las ayudas están destinadas a inversiones de los municipios para la reposición y renovación de la sede municipal, edificios públicos, parques o jardines, naves municipales, etc., que hayan podido verse afectadas por los incendios.
Aquellas inversiones vinculadas al ciclo del agua -captación, depuración, distribución o saneamiento- o a la afectación de contenedores de recogida de residuos domésticos también pueden ser objeto de ayuda, pero a través de una medida distinta y específica que se está gestionando desde la Consejería de Medio Ambiente y Energía. (Medida 7 y medida 22 respectivamente).
Cuantía:
La ayuda se podrá conceder hasta el 100% del proyecto considerado.
¿Qué documentos necesito?
Antes de presentar la solicitud, los municipios deberán remitir un correo electrónico a la Dirección de Administración Local: area.dal.presidencia@jcyl.es informando de las sedes o edificios municipales o de la maquinaria afecta a los servicios municipales básicos del municipio o diferentes núcleos que lo integren, que hubieran podido verse afectados por los incendios, describiendo el daño producido y, si es posible, una estimación del coste de su reparación o sustitución, a efectos de poder hacer una valoración inicial.
Una vez recibida la información, la Dirección de Administración Local se pondrá en contacto con el Ayuntamiento para informar y, en su caso, concretar la forma de materializar la ayuda directa.
Será necesario presentar junto con la solicitud una memoria descriptiva y valorada de la inversión, si se trata de una obra o memoria justificativa del precio o presupuesto de empresa especializada si se trata de un suministro.
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Dirección de Administración Local
Órgano que resuelve:
Consejería de la Presidencia
Notificaciones:
- Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones
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