Códigos identificadores del procedimiento:
Fecha de publicación:
31 de julio de 2026
Objeto:
Establecer el procedimiento de selección de las personas candidatas para la intensificación de la actividad investigadora entre el personal que realice actividad investigadora y asistencial en la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, así como la concesión de ayudas económicas a los centros donde desarrollan su trabajo, para la contratación de profesionales que les sustituyan, en parte, de la actividad asistencial durante el año 2026, con la finalidad de fomentar la investigación en los centros dependientes de la Gerencia Regional de Salud, incentivando la dedicación del personal asistencial a la actividad investigadora.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Desde el 3 de agosto de 2026 hasta el 14 de agosto de 2026
Más Detalles:
El plazo para la presentación de solicitudes será de 10 DÍAS HÁBILES contados a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico:
¿Quién lo puede solicitar?
Profesionales candidatos para la intensificación que cumplan los requisitos.
¿Qué requisitos debo cumplir?
Las personas candidatas para la intensificación deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Ser personal asistencial vinculado laboralmente a los centros de gasto dependientes de la Gerencia Regional de Salud durante el período comprendido entre el momento de la solicitud y la finalización de la actividad de intensificación y tenga una jornada laboral con dedicación a la asistencia sanitaria de forma principal. Considerando el carácter indelegable de gran parte de su actividad, no podrán optar a estas ayudas aquellas personas que ocupen puestos directivos, de coordinación, jefaturas de servicio y de supervisión.
b) Ser personal investigador principal o colaborador en alguna de las ramas de las ciencias de la salud de, al menos, un proyecto de investigación activo durante el periodo de intensificación, de entre los siguientes:
- Proyecto de investigación financiado por el Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación (PEICTI) en convocatorias del Ministerio de Sanidad y del Ministerio de Ciencia y Tecnología a través de la Agencia Estatal de Investigación (AEI), el Instituto de Salud Carlos III (ISCIII) o Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación (CDTI). Estos proyectos tendrán consideración de proyecto nacional.
- Proyecto de investigación financiado por el Programa Marco de Investigación e Innovación (I+I) de la Unión Europea: Programa Horizonte Europa. Estos proyectos tendrán consideración de proyecto europeo.
- Proyecto de investigación financiado por la Junta de Castilla y León. Estos proyectos tendrán consideración de proyecto autonómico. En el caso de los proyectos de investigación a desarrollar en los centros de la GRS en 2026, será suficiente con la acreditación de la presentación de la solicitud de financiación. La concesión de la intensificación queda supeditada a la concesión de la financiación del proyecto GRS.
- Estar adscrito a un grupo de investigación que pertenezca al Centro de Investigación Biomédica en Red (CIBER) y participar como investigador principal o colaborador en algún proyecto de investigación del mismo.
- Estar adscrito a un grupo de investigación que forme parte de alguna de las Redes de Investigación Cooperativa Orientadas a Resultados de Salud (RICORS) y participar como investigador principal o colaborador en algún proyecto de investigación del mismo.
2. Quedarán excluidas de la presente convocatoria aquellas personas candidatas que hayan sido beneficiarias del programa durante el año 2025, si bien aquellos que resultando beneficiarios no hubieran podido disfrutar del mismo por la imposibilidad de formalizar su contrato de sustitución, no les será de aplicación dicha exclusión.
3. El número de personas beneficiarias por esta convocatoria de intensificación será de dieciséis en caso de puestos de trabajo facultativos especialistas y diez en el caso de diplomados/as o graduados/as en alguna de las ramas de las ciencias de la salud, salvo que sea de aplicación lo establecido en el resuelvo Cuarto.4. Las personas beneficiarias serán liberadas parcialmente de su jornada asistencial durante el período de intensificación.
Cuantía:
Se establece una aportación de 18.600 € por cada persona que ocupe un puesto de facultativo especialista, y 12.240 € por cada diplomado/a o graduado/a intensificado/a, lo que corresponde a una liberación de la mitad de su jornada dedicada a la asistencia.
¿Qué documentos necesito?
Solicitud, en modelo normalizado Anexo I, dirigida al
Excmo. Sr. Presidente de la Gerencia Regional de Salud, acompañada de la siguiente documentación:
a) Documento de conformidad de la persona responsable de la gerencia del centro de gasto sanitario donde desarrolla su labor asistencial la persona que actúa como investigador o investigadora principal, con la solicitud de intensificación presentada por este, anexo II.
b) Certificado oficial que acredite el cumplimiento del requisito establecido en el resuelvo Tercero 1.b), que da acceso a este programa de intensificación. Dicho certificado debe identificar claramente el proyecto activo, la participación del solicitante como investigador principal o colaborador, el programa de financiación y la entidad financiadora, además de, en su caso, el certificado de la pertenencia a un grupo de investigación del CIBER o de la RICORS.
En el caso de los proyectos de investigación financiados por la Gerencia Regional de Salud el certificado se realizará de oficio si en la solicitud se identifica el proyecto de investigación.
c) Relación de los méritos declarados, conforme al anexo III. Se debe acompañar de los documentos acreditativos y certificados de los méritos que se incluyan para el baremo. No se considerarán aquellos méritos que no estén adecuadamente justificados. No se admitirá la presentación de nuevos méritos o modificaciones en los ya presentados una vez cerrado el período de solicitud.
d) Una memoria propuesta de la actividad de investigación, y de los aspectos que se consideren relevantes para el proceso de evaluación, según el modelo que figura en el anexo IV.
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Dirección General de Calidad, Evaluación e Inspección Sanitaria
Órgano que resuelve:
Gerencia Regional de Salud (SACyL)
Plazo de resolución:
El plazo máximo para resolver la convocatoria y publicarla será de 3 MESES contados desde el día siguiente al de la finalización del plazo para presentar las solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que se haya publicado resolución expresa se podrán entender DESESTIMADAS las solicitudes presentadas.
La resolución se publicará en el “Boletín Oficial de Castilla y León” y será objeto de publicidad en el Portal de Investigación e Innovación de Salud de Castilla y León, y deberá contener, al menos, la relación de beneficiarios y suplentes, la declaración expresa motivada de la desestimación de las restantes solicitudes, y las ayudas económicas correspondientes a cada centro de gasto.
Notificaciones:
- En el Boletín Oficial de Castilla y León.
- En el Portal de Investigación de Salud de Castilla y León.
Recursos:
- Recurso potestativo de REPOSICIÓN
- Recurso Contencioso-administrativo
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Información adicional:
Abono y justificación de las ayudas por los centros
1. Una vez resuelta la convocatoria, la Gerencia Regional de Salud desconcentrará la cantidad que corresponda a cada centro de gasto en el ejercicio 2026, previa remisión por la gerencia del centro del certificado acreditativo de las contrataciones realizadas a la Dirección General de Calidad, Evaluación e Inspección Sanitaria. El centro beneficiario deberá abrir un código de proyecto contable específico para identificar los ingresos y gastos aplicados a cada una de las actuaciones financiadas.
2. El periodo elegible de la intensificación será como máximo de tres meses.
3. Con cargo a esta ayuda no se subvencionarán gastos posteriores al 31 de diciembre, por lo que los días que, por retraso en el inicio de la contratación se imputen al mes de enero de 2027, correrán a cargo del centro de gasto.
Titularidad de los estudios
- Las publicaciones que se deriven del desarrollo de este programa deberán indicar el origen de la financiación. La utilización y difusión de otros resultados de la investigación diferentes a las publicaciones científicas se hará de común acuerdo entre las partes.
- En el caso de producirse resultados de investigación susceptibles de generar derechos de propiedad industrial y/o intelectual, la titularidad y los derechos de explotación de los resultados de investigación, desarrollo e innovación corresponderá a la Gerencia Regional de Salud conforme a lo establecido en el artículo 3 de Decreto 5/2021, de 4 de marzo, por el que se regula la gestión y transferencia de los resultados de las actividades de investigación, desarrollo e innovación obtenidos en el ámbito del servicio de salud de Castilla y León.
- Todo ello sin perjuicio del derecho de los autores e inventores a ser mencionados como tales en los títulos de propiedad industrial y/o intelectual, y a participar en los beneficios derivados de la potencial explotación comercial de dichos títulos.