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Subvenciones dirigidas a la realización de actividades de difusión y fomento de la economía social vinculadas directamente al fomento del empleo (Programa III) (Año 2026)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 3607
  • SIA: 3131714
  • BDNS (Identificador): 911199

Fecha de publicación:

10 de junio de 2026

Objeto:

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones para el año 2026, dirigidas a contribuir, en la Comunidad de Castilla y León, a la financiación de los gastos derivados de la realización de las actividades de difusión y fomento de la economía social vinculadas directamente al fomento del empleo llevadas a cabo por las entidades asociativas de economía social.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 11 de junio de 2026 hasta el 16 de octubre de 2026

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?:

Entidades asociativas de economía social (entidades asociativas de cooperativas, sociedades laborales, centros especiales de empleo y empresas de inserción) sin ánimo de lucro, inscritas en los correspondientes registros de Castilla y León y con ámbito de actuación en esta Comunidad, y que cumplan los requisitos.

¿Qué requisitos debo cumplir?

a) Estar legalmente constituidas e inscritas como entidades asociativas de economía social, en los registros correspondientes, a la fecha de presentación de la solicitud de subvención.

b) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

c) No podrán ser beneficiarias las entidades en las que concurra alguna de las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Este requisito se acreditará mediante declaración responsable contenida en el modelo de solicitud.

d) Cumplir la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad en los términos previstos en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de personas con discapacidad y de su inclusión social (BOE n.º 289 de 3 de diciembre) y acreditar dicho cumplimiento conforme al Decreto 75/2008, de 30 de octubre, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de la normativa para la integración laboral de personas con discapacidad y el establecimiento de criterios de valoración y preferencia en la concesión de subvenciones y ayudas públicas de la Administración de la comunidad de Castilla y León.

e) Cumplir lo estipulado en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, siempre y cuando les resultase de aplicación.

f) No ser ninguna de las entidades a las que hace referencia, en su artículo 1, el Reglamento (UE) 2023/2831, de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.

¿Para qué es la ayuda?:

Será subvencionable la realización, entre el 26 de octubre de 2025 y el 25 de septiembre de 2026, ambos inclusive, de las siguientes actividades de difusión y fomento de la economía social vinculadas directamente al fomento del empleo.

Descarga del documento tipo PDF Actuaciones y gastos subvencionables. Abre una nueva ventana Actuaciones y gastos subvencionables (170 kbytes)

Cuantía:

  • El importe de la subvención podrá ser de hasta el 100 por ciento del coste de la actividad con una cuantía máxima de referencia por entidad beneficiaria de 30.000 euros.
  • La cuantía anterior es la máxima a conceder; si bien al tratarse de concesión en régimen de concurrencia competitiva, la cuantía final se determinará en función del número de expedientes a valorar y mediante la aplicación de los criterios establecidos.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud, en modelo normalizado, acompañada de la siguiente documentación que se digitalizará y aportará como archivos anexos:

Descarga del documento tipo PDF Documentación a Presentar. Abre una nueva ventana Documentación a Presentar (95 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Cooperativas, Sociedades Laborales y Trabajadores Autónomos

Órgano que resuelve:

Consejería de Industria, Comercio y Empleo

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver y notificar será de 6 MESES, contados a partir del día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes; transcurrido el mismo sin haberse dictado y notificado resolución, se entenderá DESESTIMADA por silencio administrativo.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI .

Recursos:

  • Recurso potestativo de REPOSICIÓN
  • Recurso Contencioso-administrativo

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Justificación

  • La justificación de la subvención se entenderá efectuada con la aportación, en el momento de la presentación de la solicitud y de forma electrónica, de la documentación indicada.

Concurrencia de ayudas

  • Las subvenciones son compatibles con otras subvenciones o ayudas otorgadas por otras Administraciones Públicas o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, para la misma finalidad sin que en ningún caso puedan ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, superen el coste de la actividad subvencionada.

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.