Códigos identificadores del procedimiento:
- IAPA: 1505
- SIA: 1253194
- BDNS (Identificador): 906504
Fecha de publicación:
21 de mayo de 2026
Objeto:
Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones para la financiación de los gastos de organización y celebración de ferias comerciales en Castilla y León.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Desde el 22 de mayo de 2026 hasta el 4 de junio de 2026
Más Detalles:
Las solicitudes se presentarán en el plazo de 10 DÍAS HÁBILES a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial de Castilla y León».
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico:
¿Quién lo puede solicitar?
Entidades Locales y los Consorcios adscritos a las mismas que actúen como organizadores de ferias comerciales en Castilla y León.
¿Qué requisitos debo cumplir?
- Ser Entidad Local o Consorcio adscrito a la misma y figurar, a la fecha de presentación de la solicitud, como entidad organizadora de la feria en el «Calendario de Ferias Comerciales de Castilla y León» del año de su celebración.
- No estar incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Acreditar el cumplimiento de la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad, o encontrarse en alguno de los supuestos de no sujeción o exención, de conformidad con la normativa aplicable.
- Respetar la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito laboral.
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, y no mantener deudas o sanciones tributarias con la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León (salvo aplazadas, fraccionadas o suspendidas).
- Cumplir las obligaciones derivadas de la condición de beneficiario, en particular:
Ejecutar la actividad subvencionada.
Justificar su realización.
Someterse a las actuaciones de control.
Comunicar otras ayudas o ingresos concurrentes.
Conservar la documentación justificativa.
Dar publicidad al carácter público de la financiación.
Proceder al reintegro en los casos legalmente previstos.
- Cumplir las obligaciones en materia de responsabilidad social en el gasto público conforme al Acuerdo 82/2020, de 12 de noviembre, de la Junta de Castilla y León.
¿Para qué es la ayuda?:
Financiar los gastos de organización y celebración de ferias comerciales en Castilla y León.
No serán subvencionables las ferias de carácter ganadero.
Serán subvencionables los gastos directamente relacionados con la feria y necesarios para su desarrollo, ejecutados entre el 16 de agosto de 2025 y el 15 de agosto de 2026 y efectivamente pagados o reconocidos antes de su justificación.
En particular, se incluyen gastos de alquiler de espacios, montaje y desmontaje, servicios asociados (seguridad, limpieza, señalización, etc.) y actuaciones de promoción y publicidad.
Quedan excluidos los gastos de hostelería, espectáculos y actividades paralelas, el personal propio de la entidad organizadora y los impuestos recuperables.
Cuantía:
- La subvención será de hasta el 75% del presupuesto aceptado para cada feria.
- No serán subvencionables las ferias con un presupuesto inferior a 3.000 €, y el presupuesto máximo aceptado será de 30.000 € por feria.
- El importe máximo de subvención a conceder por beneficiario será de 45.000 €.
¿Qué documentos necesito?
Las solicitudes se presentarán, para cada feria, mediante instancia normalizada debidamente cumplimentada y se dirigirán al servicio territorial competente en materia de ferias comerciales de la provincia donde se realice la feria para la que se solicite la subvención.
La solicitud incluye:
- Declaraciones responsables acreditativas del cumplimiento de los requisitos y obligaciones exigidos.
- Memoria descriptiva de la feria.
- Presupuesto de gastos.
En caso de presentar más de una solicitud para una misma feria, únicamente se tramitará la última presentada dentro de plazo.
Además, deberá aportarse la siguiente documentación anexada digitalmente:
- Documento acreditativo de la representación de la persona firmante.
- En el caso de Consorcios, estatutos vigentes o documentación equivalente.
- En su caso, acreditación de haber solicitado al menos tres ofertas de proveedores cuando proceda, o certificado de cumplimiento de la normativa de contratación pública.
- En su caso, documentación acreditativa de medidas de conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
- En su caso, documentación acreditativa de medidas de igualdad retributiva y transparencia salarial.
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Servicio de Promoción Comercial
Órgano que resuelve:
Consejería de Industria, Comercio y Empleo
Plazo de resolución:
El plazo máximo para resolver las solicitudes y notificar las resoluciones será de 6 MESES contados a partir del día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo sin que se haya dictado y notificado la resolución, se podrán entender DESESTIMADAS las solicitudes.
Notificaciones:
Recursos:
- Recurso potestativo de REPOSICIÓN
- Recurso Contencioso-administrativo
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Información adicional:
Justificación
- La solicitud de pago, junto con la cuenta justificativa, se presentará en el plazo máximo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a aquel en que se haya contraído el último gasto subvencionado (siempre dentro del periodo subvencionable), o desde el día siguiente a la notificación de la resolución de concesión cuando dicho gasto se haya contraído con anterioridad a dicha notificación.
Compatibilidad
- Las subvenciones son incompatibles con otras ayudas públicas destinadas a financiar los mismos gastos subvencionados.
- En ningún caso, su importe, aisladamente o en concurrencia con otros ingresos o recursos, podrá superar el coste de la feria subvencionada.
Protección de los datos de carácter personal:
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (94 kbytes)