Códigos identificadores del procedimiento:
- IAPA: 3488
- SIA: 3030571
- BDNS (Identificador): 904643
Fecha publicación:
13 de mayo de 2026
Objeto:
Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones de apoyo a la inversión para la mejora de las capacidades científicas y tecnológicas de los Centros Tecnológicos de la Comunidad de Castilla y León, que permitan el fortalecimiento de sus capacidades científicas y tecnológicas vinculadas a uno o varios ámbitos de la Estrategia de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente (RIS3) de Castilla y León para el periodo 2021-2027. Estas subvenciones están cofinanciadas al 60% por Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Desde el 14 de mayo de 2026 hasta el 17 de julio de 2026
Más Detalles:
El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial de Castilla y León” y finalizará el 17 de julio de 2026 incluido.
Las solicitudes presentadas fuera de plazo se declararán no admitidas.
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico
¿Quién lo puede solicitar?
Centros tecnológicos de Castilla y León, que cumplan los requisitos.
¿Qué requisitos debo cumplir?
REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS
Los beneficiarios deberán ser entidades privadas sin ánimo de lucro que realicen actividades de I+D+i, generen o transfieran conocimiento o apoyen la innovación empresarial, con personalidad jurídica propia, sede en Castilla y León e inscritas en el Registro de Centros Tecnológicos conforme al Decreto 19/2024.
Además, deberán tener la condición de organismo de investigación y difusión de conocimientos y cumplir:
- a. En caso de obtener beneficios, reinvertirlos en investigación, difusión o enseñanza.
- b. Garantizar que las empresas con influencia en la entidad no tengan acceso preferente a sus capacidades o resultados de investigación.
REQUISITOS DE LOS PROYECTOS:
- a. Ser técnica, económica y financieramente viables.
- b. Cumplir los plazos de ejecución establecidos.
- c. No haberse iniciado antes de la solicitud, para asegurar el efecto incentivador de la ayuda.
- d. Realizarse en centros de trabajo ubicados en Castilla y León.
- e. Estar alineados con la Estrategia RIS3 de Castilla y León o su equivalente.
- f. Alcanzar al menos 50 puntos según los criterios de valoración.
¿Para qué es la ayuda?:
El plazo de ejecución de las actividades subvencionadas será desde el día siguiente a la presentación de la solicitud de subvención hasta el 31 de mayo de 2027 incluido.
Serán subvencionables las siguientes actuaciones:
Actuaciones subvencionables (90 kbytes)
Cuantía:
La subvención, será del 50% del gasto de la actuación considerado financiable.
¿Qué documentos necesito?
Solicitud en modelo normalizado, cada entidad solicitante podrá presentar una o varias solicitudes de subvención, una por cada acción subvencionable, acompañada de la siguiente documentación que se digitalizará y aportará como archivos anexos:
Documentación a presentar (151 kbytes)
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Servicio de Competitividad e Innovación Empresarial
Órgano que resuelve:
Consejería de Economía y Hacienda
Plazo de resolución:
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de 6 MESES a contar desde el día siguiente a la terminación del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que se haya notificado resolución expresa, la solicitud podrá entenderse DESESTIMADA.
Notificaciones:
- Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones
NOTI
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Recursos:
- Recurso potestativo de REPOSICIÓN
- Recurso Contencioso-administrativo
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Información adicional:
Aceptación
- Los beneficiarios deberán aceptar expresamente la concesión de la subvención, así como sus condiciones, en el plazo de un mes, computados desde el día siguiente a la notificación de la resolución de concesión. En el caso de no aceptación, o transcurrido el plazo señalado sin haber aceptado la resolución recaída, se entenderá que el beneficiario renuncia a la misma, declarándose la renuncia mediante resolución expresa.
Anticipos
- Una vez emitida la resolución de concesión, podrán realizarse pagos anticipados, de hasta el 50%, a los beneficiarios, si así lo han solicitado en la solicitud.
Modificaciones de la subvención
- El beneficiario del proyecto, podrá solicitar del órgano concedente, con un límite de plazo que será de dos meses antes a que finalice el plazo de ejecución del proyecto subvencionado, modificaciones de la resolución de concesión cuando surjan circunstancias concretas que obedezcan a causas sobrevenidas, que no pudieron preverse en el momento de la solicitud, debidamente justificadas, que alteren las condiciones técnicas o económicas tenidas en cuenta para la concesión de la subvención, siempre que no se altere el objeto y la finalidad de la subvención, no supongan aumento de la subvención concedida, ni perjudiquen derechos de terceros.
Plazo de justificación
- El beneficiario justificará el cumplimiento de las condiciones establecidas en la resolución de concesión desde el cumplimiento total de éstas o, en todo caso, en el plazo de 1 MES desde la finalización del plazo indicado en la resolución de concesión para la ejecución del proyecto.
Protección de los datos de carácter personal:
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (134 kbytes)