Códigos identificadores del procedimiento:
- IAPA: 820
- SIA: 1253027
- BDNS (Identificador): 903086 y 903091
Fecha de publicación:
6 de mayo de 2026
Objeto:
Convocar, para el año 2026, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones para la organización de eventos deportivos extraordinarios de carácter nacional e internacional en el territorio de Castilla y León con la finalidad de contribuir ampliar el número y la calidad de eventos deportivos a celebrar en la Comunidad de Castilla y León para promover la práctica deportiva, la difusión y el equilibrio territorial de la misma, así como, el estímulo del valor social del deporte.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Desde el 7 de mayo de 2026 hasta el 27 de mayo de 2026
Más Detalles:
El plazo para la presentación de las solicitudes será de 15 DÍAS HÁBILES a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la Orden en el «Boletín Oficial de Castilla y León».
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico:
¿Quién lo puede solicitar?
Federaciones Deportivas y Clubes Deportivos de Castilla y León, que cumplan los requisitos.
¿Qué requisitos debo cumplir?
- Estar inscrito como Federación Deportiva o Club Deportivo en el Registro de Entidades Deportivas de Castilla y León en la fecha de publicación de la Convocatoria.
- No concurrir en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Estar sujeto a las obligaciones que con carácter general, se establecen en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones.
¿Para qué es la ayuda?:
Los conceptos para los que pueden solicitarse las subvenciones incluidas en la presente convocatoria son:
a) Gastos de personal técnico necesario para la celebración del evento deportivo.
b) Gastos de otro personal necesario para la celebración del evento deportivo.
c) Gastos de alojamiento, manutención y desplazamiento de deportistas, organizadores y personal que participe en la celebración del evento deportivo.
d) Gastos derivados de la adquisición o alquiler del material necesario para la celebración del evento deportivo.
e) Gastos derivados del arrendamiento de las instalaciones necesarias para la celebración del evento deportivo.
f) Canon federativo.
g) Otros gastos necesarios para la organización del evento deportivo como cobertura médica, seguros, premios, trofeos y medallas.
No serán objeto de subvención aquellos eventos que, de manera directa o indirecta, sean sufragados total o parcialmente mediante cualquier otro concepto presupuestario por la Consejería competente en materia de deportes, ni aquellos que, de acuerdo con el baremo establecido no alcancen una puntuación mínima de 55 puntos.
Las actividades que resulten subvencionadas deberán haberse ejecutado en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2026, ambos inclusive.
Cuantía:
La cuantía de la subvención de cada beneficiario podrá alcanzar el 100% de la cantidad solicitada, calculándose la misma según los criterios de valoración establecidos.
¿Qué documentos necesito?
Solicitud en modelo normalizado, acompañada de la siguiente documentación, previamente digitalizada y que se aportará como archivos anexos:
Documentación a presentar (108 kbytes)
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Dirección General de Deportes
Órgano que resuelve:
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
Plazo de resolución:
El plazo máximo para dictar y publicar la resolución en el “Boletín Oficial de Castilla y León” será de 6 MESES, contados a partir del día siguiente al de finalización del plazo para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que haya dictado y publicado la resolución, los solicitantes podrán entender DESESTIMADA su solicitud por silencio administrativo.
Notificaciones:
Notificación electrónica, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones
NOTI
Información adicional:
Modificación de la resolución de concesión
- Las solicitudes junto con la documentación que sea oportuna para la acreditación y justificación de la modificación solicitada se presentarán telemáticamente a través del modelo normalizado “Solicitud de modificación de la resolución de concesión”. La documentación que en su caso se acompañe se digitalizará y aportará como archivo anexo a la solicitud.
- La modificación de la resolución deberá ser solicitada por el beneficiario con anterioridad al inicio del plazo de ejecución del evento deportivo subvencionado. La solicitud será resuelta antes de concluir el plazo de ejecución del evento, transcurrido dicho plazo sin que se haya dictado resolución, los solicitantes podrán entender desestimada su solicitud por silencio administrativo.
- Se podrá autorizar la modificación de la resolución, siempre que no implique una alteración de la cuantía o de la finalidad de la subvención concedida, y no se lesionen derechos de terceros.
Justificación y pago
- La justificación de las actividades objeto de subvención deberá producirse hasta el día 10 de noviembre de 2026 inclusive, salvo aquellos eventos deportivos que se ejecuten entre el 21 de octubre y el 31 de diciembre de 2026 ambos inclusive que se justificarán dentro de los 15 días hábiles siguientes a su celebración. Deberá presentarse telemáticamente la documentación justificativa que se indica en el artículo 14.3 de la Orden CYT/975/2021, de 24 de agosto.
- Para la remisión de la documentación justificativa resultará necesaria la presentación del modelo normalizado “Justificación de la subvención para organización de eventos deportivos extraordinarios de carácter nacional e internacional en el territorio de Castilla y León”.
- El pago de la subvención se realizará, una vez haya sido justificada por el beneficiario, en el plazo y forma previstos mediante transferencia bancaria a la cuenta que haya indicado el beneficiario en su solicitud.
Protección de los datos de carácter personal:
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (154 kbytes)