Subvenciones a clubes deportivos y sociedades anónimas deportivas para el desarrollo de su actividad deportiva «Programa Cantera 2026»
Códigos identificadores del procedimiento:
- IAPA: 2220
- SIA: 1253354
- BDNS (Identificador): 903050 y 903057
Fecha de publicación:
6 de mayo de 2026
Objeto:
Convocar, para el año 2026, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones a clubes deportivos y sociedades anónimas deportivas para el desarrollo de su actividad deportiva con la finalidad de contribuir a la consolidación de su estructura deportiva.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Desde el 7 de mayo de 2026 hasta el 27 de mayo de 2026
Más Detalles:
El plazo para la presentación de las solicitudes será de 15 DÍAS HÁBILES a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico:
¿Quién lo puede solicitar?
Clubes deportivos y sociedades anónimas deportivas que cumplan los requisitos a fecha de publicación del extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León:
¿Qué requisitos debo cumplir?
- Encontrarse inscritos en el Registro de Entidades Deportivas de Castilla y León.
- Contar con equipos disputando ligas o competiciones oficiales de ámbito nacional o internacional de categoría absoluta previstas en los calendarios oficiales de las Federaciones Deportivas correspondientes.
- Contar con equipos disputando ligas de ámbito nacional o internacional de categoría absoluta o con equipos que participen en Campeonatos de España de Nivel I previstas en los calendarios oficiales de la Federaciones Deportivas correspondientes, cuando se trate de clubes deportivos de discapacitados.
¿Para qué es la ayuda?:
Los conceptos para los que pueden solicitarse las subvenciones son:
a) Gastos de personal técnico necesario para la realización de la actividad deportiva.
b) Gastos de alojamiento, manutención y desplazamiento de deportistas, personal técnico y árbitros o jueces necesarios para la realización de la actividad deportiva.
c) Gastos derivados de la adquisición o alquiler del material necesarios para la realización de la actividad deportiva.
d) Gastos de las licencias necesarias para la realización de la actividad deportiva.
e) Gastos de las inscripciones necesarias para la realización de la actividad deportiva.
Las actividades que resulten subvencionadas deberán haberse ejecutado en el período comprendido entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2026, ambos inclusive.
Cuantía:
- La cuantía de las subvenciones se determinará de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias, pudiendo alcanzar su importe el 100% de la cantidad solicitada con un límite de 100.000 € por beneficiario.
- El importe de la subvención a conceder, con el límite de la cantidad solicitada, será proporcional a la puntuación obtenida en aplicación de los criterios de valoración establecidos.
- El importe de la subvención, cuando se trate de beneficiarios con la condición de empresa, no podrá ser de tal cuantía que la ayuda total de minimis concedida durante los tres años previos a la publicación de la resolución sea superior a 300.000 €.
¿Qué documentos necesito?
Solicitud en modelo normalizado, que incluirá la declaración responsable del interesado relativa a diferentes extremos, acompañada de la documentación, previamente digitalizada y que se aportará como archivos anexos al formulario de solicitud, que se expresa a continuación:
Documentación a presentar (109 kbytes)
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Dirección General de Deportes
Órgano que resuelve:
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
Plazo de resolución:
El plazo máximo para resolver y publicar la resolución en el «Boletín Oficial de Castilla y León» será de 6 MESES, contados a partir del día siguiente al de finalización del plazo para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin haberse dictado y publicado la resolución, los solicitantes podrán entender DESESTIMADA su solicitud por silencio administrativo.
Notificaciones:
Notificación electrónica, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones
NOTI
Recursos:
- Recurso potestativo de REPOSICIÓN
- Recurso Contencioso-administrativo
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Información adicional:
Modificación de la resolución de concesión
- Las solicitudes junto con la documentación que sea oportuna para la acreditación y justificación de la modificación solicitada se presentarán telemáticamente a través del modelo normalizado “Solicitud de modificación de la resolución de concesión”. La documentación que en su caso se acompañe se digitalizará y aportará como archivo anexo a la solicitud.
- La modificación de la resolución deberá ser solicitada por el beneficiario con anterioridad al inicio del plazo de ejecución de la actividad subvencionada y será resuelta antes de concluir el plazo de ejecución de la actividad. Transcurrido dicho plazo sin que se haya dictado resolución, los solicitantes podrán entender desestimada su solicitud por silencio administrativo.
- Se podrá autorizar la modificación de la resolución, siempre que no implique una alteración de la cuantía o de la finalidad de la subvención concedida, y no se lesionen derechos de terceros.
Justificación de la subvención
- La justificación de la actividad deportiva objeto de subvención deberá producirse hasta el día 29 de enero de 2027 inclusive. A estos efectos deberá presentarse la documentación justificativa que se indica en el
artículo 14.3 de la Orden CYT/211/2018, de 20 de febrero.
- Para la remisión de la documentación justificativa resultará necesaria la presentación del modelo normalizado “Justificación de la subvención a clubes deportivos y sociedades anónimas deportivas para el
desarrollo de su actividad deportiva «Programa Cantera»” al que se acompañará como anexo la documentación justificativa digitalizada.
Protección de los datos de carácter personal:
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (136 kbytes)
Pasos para la tramitación electrónica (en línea):
- Disponer de
certificado electrónico
y comprobar
requisitos técnicos.
- Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
- A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico, DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.), seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
- Mediante un Formulario Online PDF (
Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas
) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la
Aplicación de Administración Electrónica
- Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
- Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
- Descargar justificante de presentación.
Descargar formularios y anexos