Subvenciones destinadas a la financiación de actuaciones innovadoras de educación ambiental (2026)
Códigos identificadores del procedimiento:
- IAPA: 3565
- SIA: 3037297
- BDNS (Identificador): 902152
Fecha de publicación:
30 de abril de 2026
Objeto:
Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones destinadas a la financiación de actuaciones innovadoras en materia de educación ambiental en Castilla y León, destinadas a ayuntamientos y mancomunidades con una población inferior a 20.000 habitantes y a entidades y asociaciones sin ánimo de lucro, con la finalidad de promover la realización de proyectos y actuaciones de educación ambiental que fomenten el desarrollo de competencias individuales y sociales para afrontar los retos ambientales, en coherencia con los marcos estratégicos y programáticos aprobados por las Administraciones Públicas en general y con las de la comunidad autónoma de Castilla y León en particular.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Desde el 1 de mayo de 2026 hasta el 1 de junio de 2026
Más Detalles:
El plazo para la presentación de las solicitudes será de 1 MES desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico:
¿Quién lo puede solicitar?:
- Ayuntamientos y mancomunidades de menos de 20.000 habitantes de Castilla y León.
Para la determinación de la población se tomarán como referencia las cifras oficiales de población resultantes de la revisión del Padrón Municipal a 1 de enero de 2025 del Instituto Nacional de Estadística. En el caso de las mancomunidades se determinará mediante la suma de la población de todos los municipios que la integren.
- Entidades y asociaciones sin ánimo de lucro, de ámbito privado, válidamente constituidas, que tengan en Castilla y León su domicilio social. Podrán ser beneficiarias igualmente las que acrediten disponer de un centro de trabajo en Castilla y León desde el que desarrollen programas o actividades de educación ambiental dirigidas a la población de la Comunidad Autónoma.
¿Para qué es la ayuda?:
Serán subvencionables los proyectos y actuaciones en materia de educación ambiental que aporten valor a la educación ambiental que se viene desarrollando en Castilla y León, contribuyan significativamente a avanzar en la identificación y resolución de problemas ambientales locales y globales, supongan una innovación sobre la actividad que viene desarrollando la entidad solicitante en términos de mejora planificada y con vocación de permanencia, y resulten coherentes con los marcos estratégicos y programáticos aprobados por las administraciones públicas, y en particular con la III Estrategia de Educación Ambiental de Castilla y León.
Serán subvencionables las actuaciones realizadas entre el 1 de enero de 2026 y el 30 de junio de 2028, ambas fechas inclusive.
Serán subvencionables todos aquellos gastos realizados entre el 1 de enero de 2026 y el 30 de junio de 2028, ambas fechas inclusive, derivados de la realización de los proyectos y actuaciones objeto de esta subvención.
Cuantía:
- La cuantía de las subvenciones se determinará de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias previstas y conforme a los siguientes criterios:
- En el caso de Ayuntamientos y Mancomunidades, las subvenciones no podrán superar el límite máximo de 20.000 € por proyecto para el que se solicite la subvención ni el 80% del presupuesto total.
- En el caso de Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro, el importe de las subvención podrá ser el 100% del presupuesto total del proyecto para el que se solicite, hasta un límite máximo de 20.000 €.
- La cuantía de la subvención se devengará en dos anualidades, correspondiendo cada una de ellas al 50% del importe total concedido.
¿Qué documentos necesito?
Solicitud en modelo normalizado, que incluirá la declaración responsable del interesado relativa a diferentes extremos, y a la que se acompañará la siguiente documentación:
Documentación a presentar (152 kbytes)
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Servicio de Información y Educación Ambiental
Órgano que resuelve:
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio
Plazo de resolución:
El plazo para resolver y publicar en el Boletín Oficial de Castilla y León la resolución será de 6 MESES, contados a partir del día siguiente al de finalización del plazo para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que se haya dictado y publicado la resolución, los solicitantes podrán entender DESESTIMADA su solicitud por silencio administrativo.
Notificaciones:
- Notificación electrónica, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones
NOTI
Recursos:
- Recurso potestativo de REPOSICIÓN
- Recurso Contencioso-administrativo
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Información adicional:
Para la determinación de la población se tomarán como referencia las cifras oficiales de población resultantes de la revisión del Padrón Municipal a 1 de enero de 2025 del Instituto Nacional de Estadística. En el caso de las mancomunidades se determinará mediante la suma de la población de todos los municipios que la integren.
Modificación de la resolución
- En los supuestos que se establecen en las Bases Reguladoras el beneficiario podrá solicitar la modificación de la resolución de concesión a través del modelo normalizado «Solicitud de modificación de la resolución de concesión».
Justificación
- El plazo de justificación final será hasta el 30 de septiembre de 2028.
- El 50% del importe concedido se deberá justificar hasta el 31 de julio de 2027, con los gastos efectivamente realizados hasta esa fecha.
- En el caso de las entidades locales cada justificación deberá incluir, además, los gastos efectivamente realizados con el 20% de su aportación.
- Para la remisión de la documentación justificativa resultará necesaria la presentación del modelo normalizado «Justificación de subvenciones».
Pasos para la tramitación electrónica (en línea):
- Disponer de
certificado electrónico
y comprobar
requisitos técnicos.
- Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
- A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico, DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.), seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
- Mediante un Formulario Online PDF (
Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas
) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la
Aplicación de Administración Electrónica
- Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
- Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
- Descargar justificante de presentación.
Descargar formularios y anexos