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Subvenciones destinadas a proyectos de Eficiencia Energética y Economía Circular de empresas turísticas (2025)

Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea - Next Generation EU (PRTR-NG)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 3401
  • SIA: 2965212
  • BDNS (Identificador): 860814

Fecha de publicación:

9 de octubre de 2025

Objeto:

Convocar para el año 2025, en régimen de concesión directa, subvenciones destinadas a proyectos de eficiencia energética y economía circular de empresas turísticas, financiados por los fondos europeos Next Generation-EU, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, Componente 14 “Modernización y Competitividad del Sector Turístico”, Inversión 4 “Actuaciones especiales en el ámbito de la competitividad”, submedida 2 “Financiación de proyectos de eficiencia energética y economía circular en empresas turísticas”, con la finalidad de favorecer, en empresas turísticas, la reducción del consumo de energía final y de las emisiones de dióxido de carbono, la mejora de la eficiencia energética y el aprovechamiento de las energías renovables.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 10 de octubre de 2025 hasta el 24 de octubre de 2025

Más Detalles:

15 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de este extracto de la orden de convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

Empresas turísticas, ya sean personas físicas o jurídicas, que cumplan los requisitos.

¿Qué requisitos debo cumplir?

  • Empresas turísticas establecidas en la Comunidad de Castilla y León, ya sean personas físicas o jurídicas, que sean titulares de los establecimientos de alojamiento y/o de restauración, titulares de agencias de viajes o titulares de empresas de actividades de turismo activo, siempre que el establecimiento, agencia de viaje o empresa de turismo activo para el que soliciten la subvención se encuentre inscrito en el Registro de Turismo de Castilla y León, al menos doce meses antes a la fecha de la publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León del extracto de la convocatoria de ayudas.
  • Quedan excluidas las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezca de personalidad jurídica, así como las entidades que no tengan ánimo de lucro.

¿Para qué es la ayuda?:

Las actuaciones y gastos para los que pueden solicitarse las subvenciones son los relacionados con fomento de la eficiencia energética y la economía circular de las empresas turísticas de Castilla y León y se deberán ejecutar en el periodo comprendido entre el día siguientes a la fecha de registro de la solicitud y el 31 de diciembre de 2025.

Descarga del documento tipo PDF Actuaciones subvencionables. Abre una nueva ventana Actuaciones subvencionables (89 kbytes)

Cuantía:

  • La cuantía de la ayuda podrá alcanzar hasta el 100% de la actividad subvencionada.
  • El importe total de las ayudas de minimis concedidas a una única empresa no excederá de 300 000 euros durante los tres años previos a la resolución de concesión de esta subvención.
  • El límite mínimo de inversión aprobada es de 6.000 € (IVA excluido).

¿Qué documentos necesito?

Solicitud, en modelo normalizado, en la que se incluirá declaración responsable del interesado relativa a diferentes extremos, y acompañada de la siguiente DOCUMENTACIÓN, previamente digitalizada y que se aportará como archivos anexos a la solicitud:

Descarga del documento tipo PDF Documentación a presentar. Abre una nueva ventana Documentación a presentar (156 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Calidad, Innovación y Análisis Turístico

Órgano que resuelve:

Consejería de Cultura, Turismo y Deporte

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de 6 MESES a contar desde la entrada de la solicitud en el registro del órgano competente para su tramitación. Transcurrido dicho plazo sin que haya dictado y notificado la resolución, los solicitantes podrán entender desestimada su solicitud por silencio administrativo.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI
  • Recursos:

    • Recurso potestativo de REPOSICIÓN
    • Recurso Contencioso-administrativo

    Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

    Información adicional:

    Más Información

    Todas las consultas se deberán realizar por los siguientes medios:

    • Correo electrónico: eficienciaenergetica.turismo.cyl@tragsa.es
    • Teléfonos: 610.584.159 // 610.594.448

    Plazo de ejecución

    • Las actuaciones que resulten subvencionadas se deberán ejecutar en el periodo comprendido entre el día siguiente a la fecha de registro de la solicitud y el 31 de diciembre de 2025. La solicitud de modificación del plazo de ejecución se presentará a través del formulario “incorporación de datos”

    Justificación

    • La justificación por parte de los beneficiarios de las actuaciones objeto de ayuda deberá realizarse hasta el día 4 de febrero de 2026, inclusive. A estos efectos deberá presentarse electrónicamente la documentación justificativa que se indica en la base decimosexta de la Orden CYT/460/2024, de 16 de mayo.
    • Para la remisión de la documentación justificativa resultará necesaria la presentación del modelo normalizado “Justificación de subvenciones para proyectos de eficiencia energética y economía circular de empresas turísticas”. Este formulario incluirá el estado representativo de la totalidad de los gastos e inversiones incurridos en la realización de las actividades subvencionadas, debidamente agrupados, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y fecha de pago.

    Calificación tributaria de la subvención

    • Las subvenciones convocadas en la presente orden estarán sujetas, según corresponda, al impuesto de sociedades en los términos previstos en la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades o al impuesto sobre la renta de las personas físicas en los términos establecidos en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

    Protección de los datos de carácter personal:

    Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (245 kbytes)

    Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

    1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
    2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
      1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
      2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
      3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
    3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
    4. Descargar justificante de presentación.

     

    Financiado por la UE, Next Generation EU, dentro del plan PRTR-NG