Códigos identificadores del procedimiento:
Fecha de publicación:
27 de agosto de 2025
Objeto:
Ayudas a los municipios cuyas localidades se haya visto afectadas por los incendios en infraestructuras y/o equipamientos vinculados a los servicios públicos municipales de carácter general.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Abierto de forma permanente, hasta el cierre del ejercicio presupuestario 2025
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico:
¿Quién lo puede solicitar?:
Municipios cuyas localidades (capitalidad, entidad local menor o núcleo) se han visto afectados por los incendios, dañando infraestructuras y/o equipamientos vinculados a los servicios públicos municipales de carácter general a los que se ha dirigido comunicación oficial manifestándoles la disponibilidad de esta ayuda.
¿Para qué es la ayuda?:
Las ayudas están destinadas a inversiones de los municipios para la reposición y renovación de la sede municipal, edificios públicos, alumbrado público, parques o jardines, naves municipales, etc., que hayan podido verse afectadas por los incendios.
Aquellas inversiones vinculadas al ciclo del agua -captación, depuración, distribución o saneamiento- o a la afectación de contenedores de recogida de residuos sólidos urbanos también pueden ser objeto de ayuda, pero a través de una medida distinta y específica que se está gestionando desde la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio. (Medida 22 y medida 7 respectivamente).
¿Qué documentos necesito?
Antes de presentar la solicitud, los municipios deberán remitir un correo electrónico a la Dirección de Administración Local: area.dal.presidencia@jcyl.es informando de las infraestructuras o equipamientos vinculados a los servicios municipales básicos del municipio o diferentes núcleos que lo integren, que hubieran podido verse afectados por los incendios, describiendo el daño producido y, si es posible, una estimación del coste de su reparación o sustitución, a efectos de poder hacer una valoración inicial.
Una vez recibida la información, la Dirección de Administración Local se pondrá en contacto con el Ayuntamiento para informar y, en su caso, concretar la forma de materializar la ayuda directa.
Sera necesario presentar junto con la solicitud una memoria valorada de la inversión propuesta.
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Dirección de Administración Local
Órgano que resuelve:
Consejería de la Presidencia
Notificaciones:
Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones
NOTI