Códigos identificadores del procedimiento:
- IAPA: 3098
- SIA: 2412143
- BDNS (Identificador): 838451 y 839303
Fecha de publicación:
16 de junio de 2025
Objeto:
Convocatoria de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la mejora de las condiciones laborales y medioambientales respecto del polvo y sílice cristalina respirable en las naves de elaboración de pizarra e instalaciones de beneficio de granito y/o de arenisca y sus dependencias anexas, ubicadas en Castilla y León.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Desde el 16 de junio de 2025 hasta el 16 de julio de 2025
Más Detalles:
El plazo de presentación de solicitudes será de 1 MES, a contar desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico:
¿Quién lo puede solicitar?
Empresas privadas titulares administrativos de naves de elaboración de pizarra e instalaciones de beneficio de granito y/o de areniscas, autorizadas conforme a la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas, y ubicadas en el territorio de Castilla y León.
¿Qué requisitos debo cumplir?
Se considerará empresa toda entidad, independientemente de su forma jurídica y de su modo de financiación, que ejerza una actividad económica. En particular, se considerará empresas a los empresarios personas físicas que ejerzan actividades a título individual o familiar, así como las sociedades de personas que ejerzan una actividad económica de forma regular.
También se consideran las empresas pertenecientes a un grupo de sociedades, según lo establecido en Disposición Adicional primera del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal.
Para la consideración de pequeña y mediana empresa se atenderá a la definición contenida en el artículo 1 del anexo I del Reglamento UE n.º 651/2014, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.
Las personas beneficiarias no podrán estar incursas en ninguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3.bis del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Las personas beneficiarias no podrán estar sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior, ni encontrarse en situación de crisis de acuerdo con los artículos 1.4.c) y 2.18 del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
Los solicitantes y los beneficiarios deberán acreditar el cumplimiento de la normativa sobre integración laboral de las personas con discapacidad, o la exención de dicha obligación, o en su caso, la no sujeción a ella, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 75/2008, de 30 de octubre, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de la normativa para la integración laboral de las personas con discapacidad y el establecimiento de criterios de valoración y preferencia en la concesión de subvenciones y ayudas públicas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
Los solicitantes deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos, por el que se aprueban directrices vinculantes para el impulso de la responsabilidad social en el gasto público de la Administración General e Institucional de la Comunidad de Castilla y León.
Las condiciones para ser beneficiarios de estas subvenciones deberán mantenerse desde el momento de la presentación de la solicitud y a lo largo del proceso de tramitación de la subvención, hasta su liquidación.
¿Para qué es la ayuda?:
Serán subvencionables aquellas inversiones destinadas las siguientes actuaciones:
Línea 1: Inversiones en equipos o instalaciones de baja complejidad técnica para limpieza, de modo que los residuos se gestionen para no afectar al medioambiente. Consiste en aspiradoras industriales y red de agua para limpieza.
Línea 2: Inversiones en mejoras que impliquen cierta complejidad, diseño y, especialmente cuyos resultados sean susceptibles de ser comprobados, lo que se indicará en el proyecto técnico-económico. Consiste en extracciones, filtraciones y otras mejoras relacionadas con el polvo para la protección del ambiente atmosférico.
Línea 3: Inversiones en mejoras que impliquen cierta complejidad, diseño y, especialmente cuyos resultados sean susceptibles de ser comprobados, lo que se indicará en el proyecto técnico-económico. Consiste en sistemas de captación y extracción localizada, cabinas y otras mejoras de las condiciones laborales de los trabajadores en las naves de elaboración de pizarra relacionadas con la sílice cristalina respirable..
El plazo de ejecución de la Línea 1 finalizará el 20 de octubre de 2025 y de las Líneas 2 y 3 finalizará el 20 de octubre de 2026.
Cuantía:
- Línea 1: 100.000 €.
- Línea 2: 225.000 €.
- Línea 3: 225.000 €.
- Se establecen máximos de la cuantía de subvención en las distintas líneas de subvención, del modo siguiente:
Límites máximos (99 kbytes)
¿Qué documentos necesito?
Solicitud en modelo normalizado, se admitirá una por nave de elaboración o instalación de beneficio, con las siguientes limitaciones, un máximo de dos solicitudes (dos naves de elaboración o dos instalaciones de beneficio, distintas) por Empresa y un máximo de cuatro solicitudes (cuatro naves de elaboración o cuatro instalaciones de beneficio, distintas) en el caso de que la empresa sea, bien una gran empresa o bien pertenezca a un grupo de sociedades, y recogerá la petición, bien de una o de varias de las Líneas de subvención.
Junto a la solicitud se aportará, en formato PDF, la siguiente documentación:
Documentación a presentar (98 kbytes)
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Servicio de Minas
Órgano que resuelve:
Consejería de Economía y Hacienda
Plazo de resolución:
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de 3 MESES desde que finaliza el plazo para la presentación de las solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que se haya notificado resolución expresa, la solicitud podrá entenderse DESESTIMADA.
Notificaciones:
- Notificación electrónica, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones
NOTI
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Recursos:
- Recurso potestativo de REPOSICIÓN
- Recurso Contencioso-administrativo
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Información adicional:
Compatibilidad
- La percepción de estas ayudas será compatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración Pública o Ente público o privado, nacional, internacional, de la Unión Europea o de organismos internacionales. El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, supere el coste total de la inversión subvencionable.
Justificación
- El plazo para solicitar la liquidación o pago de la subvención y justificar el cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos en el acto de concesión comenzará una vez recibida la notificación de la resolución de concesión y finalizará el 31 de octubre de 2023 para la Línea 1 y el 31 de octubre de 2024 para las Líneas 2 y 3.