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Subvenciones a ayuntamientos y diputaciones para la realización de obras y servicios de interés general y social por parte de desempleados (PLANIEL 2025)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 3696
  • SIA: 3181361
  • BDNS (Identificador): 826290

Fecha de publicación:

14 de abril de 2025

Objeto:

Convocar en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones dirigidas a los ayuntamientos de municipios y a las diputaciones provinciales del ámbito de la Comunidad de Castilla y León, como apoyo a la contratación de personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo no ocupados en el Servicio
Público de Empleo de Castilla y León, para la mejora de la ocupabilidad y la inserción laboral, en el marco de los programas de activación para el empleo, mediante la realización de obras y servicios de interés general y social.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 15 de abril de 2025 hasta el 14 de mayo de 2025

Más Detalles:

1 mes computado desde el día siguiente a la publicación de este extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

Ayuntamientos de municipios, así como las diputaciones provinciales de la Comunidad de Castilla y León, que cumplan los requisitos

¿Qué requisitos debo cumplir?

Las obras y servicios a realizar deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Que se trate de obras y servicios de interés general y social y sean competencia de las corporaciones cocales.
  • Que sean ejecutados por las entidades solicitantes en régimen de administración directa.
  • Que en su ejecución o prestación se favorezca la formación y práctica profesionales de las personas desempleadas.
  • Que las obras y servicios se ejecuten en su totalidad con el límite máximo temporal del ejercicio presupuestario siguiente a aquel en que se conceda la subvención. En todo caso, las obras y servicios habrán de iniciarse en el ejercicio presupuestario de concesión, a efectos del abono del anticipo de la subvención previsto en la convocatoria.
  • Que la entidad solicitante de la subvención disponga de asignación presupuestaria suficiente para hacerse cargo de las partidas presupuestarias no subvencionadas por el Servicio Público de Empleo de Castilla y León para la realización de la obra o servicio de que se trate, lo que se acreditará mediante la correspondiente certificación de la entidad.
  • Que en caso de que las obras o servicios sean ejecutadas en una zona o localidad con ciclos de empleo estacional, sean realizadas preferentemente en períodos de bajo nivel de contratación.
  • Asegurar que las personas con discapacidad que sean contratadas disponen de las medidas adecuadas y necesarias para la adaptación del puesto de trabajo y la accesibilidad universal física, sensorial, cognitiva y de comunicación de la entidad.

¿Para qué es la ayuda?:

La finalidad es promover la contratación temporal de desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social .Se entenderán, por obras y servicios de interés general y social todas aquellas que tengan un marcado carácter turístico, cultural, medioambiental, las dirigidas hacia los sectores de la dependencia y servicios sociales, así como, todas aquellas otras que mejoren la calidad de vida de la ciudadanía de Castilla y León.

Las personas contratadas deberán estar desempleadas inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León en la fecha de alta en la Seguridad Social. Dentro de los desempleados inscritos como demandantes de empleo no ocupados, serán colectivos preferentes:

- Mayores de 45 años.

- Los parados de larga duración, entendiéndose por tales, aquellas personas que han estado desempleadas 12 meses en un período de 18 meses.

- Las personas con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%.

- Las mujeres.

Con independencia de la duración de las obras y servicios de interés general y social, será subvencionable el periodo de contratación comprendido entre el 1 de marzo de 2025 y el 31 de marzo de 2026.

Cuantía:

  • Serán subvencionables los costes laborales, así como los de Seguridad Social derivados de la realización de contratos vinculados a programas de políticas activas de empleo.
  • El importe máximo a financiar por cada puesto de trabajo será de 11.305 euros por un periodo de 180 días a jornada completa.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud  acompañada de los anexos, y que se referirán a la certificación del titular de la Secretaría y a la relación personas trabajadoras que tengan la condición de personas con discapacidad en la fecha de la solicitud de la subvención, en la que consten sus nombres, apellidos, número de DNI y descripción de sus correspondientes contratos de trabajo. Únicamente se admitirá una solicitud por entidad. En el caso que una entidad presente más de una solicitud se tendrá en cuenta para su valoración, la última presentada.

En el caso de que la entidad solicitante tenga formalizado un contrato de trabajo para
personas con discapacidad con todos o alguno de los trabajadores incluidos en la relación, se aportará documentación que acredite la condición de discapacidad de dichos trabajadores.

Estos datos se recaban exclusivamente para el ejercicio de las funciones propias de esta
Administración en el ámbito de la gestión de la presente subvención.

Una vez formalizados los contratos, deberá comunicarse el inicio de la obra o servicio, así como las personas contratadas, conforme al modelo normalizado.

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio Fomento del Empleo en el Ámbito Local

Órgano que resuelve:

Servicio Público de Empleo de Castilla y León (ECyL)

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de 3 meses, contados desde el día siguiente a la finalización del plazo para la presentación de las solicitudes. Una vez transcurrido dicho plazo sin haberse notificado .resolución expresa, la solicitud podrá entenderse desestimada

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso através del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos deuna notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI .

Recursos:

  • Recurso potestativo de REPOSICIÓN
  • Recurso Contencioso-administrativo

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Modificación y revisión de la subvención concedida

  • Una vez notificada la resolución de concesión y exclusivamente para los ayuntamientos de menos de mil habitantes, cuando sobrevengan circunstancias excepcionales e imprevistas que lo aconsejen que deberán acreditarse en la memoria de actuación justificativa, se podrá modificar el contrato a jornada completa por dos a jornada parcial (siendo la jornada parcial igual al 50% de la jornada ordinaria) o dos contratos de jornada parcial por uno de jornada completa, siempre que no se dañen derechos de terceros.
  • Las modificaciones que se efectúen en ningún caso podrán suponer un incremento de la cuantía de la subvención concedida, ni alterarán la finalidad de esta. Estas modificaciones se entenderán autorizadas sin necesidad de comunicación.

Justificación

  • El Anexo justificativo se presentarán en el plazo de dos meses a contar desde la finalización de los contratos subvencionados (y en todo caso como máximo el 31 de mayo 2026), acompañada de:
  1. una memoria de actuación con la acreditación de las obligaciones de información comunicación y visibilidad
  2. una memoria económica justificativa,
  3. certificación y declaración justificativa del cumplimiento de las obligaciones establecidas en el apartado vigésimo primero, párrafo 2 del Acuerdo 82/2020, de 12 de noviembre, de la Junta de Castilla y León

Compatibilidad

  • Estas subvenciones serán compatibles con cualesquiera otras que la entidad beneficiaria pueda obtener para la misma finalidad, provenientes de organismos e instituciones de carácter público o privado, nacionales o internacionales.
  • El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas otorgadas por otras administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, supere el coste de la actividad subvencionada.

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (151 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

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