Códigos identificadores del procedimiento:
- IAPA: 3589
- SIA: 3156591
- BDNS (Identificador): 803419
Fecha de publicación:
19 de diciembre de 2024
Objeto:
Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, 15 ayudas destinadas a financiar la incorporación de talento investigador, Andrés Laguna, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+), con la finalidad de financiar la incorporación de talento investigador mediante la contratación de personal investigador por las universidades públicas de Castilla y León y el Consejo Superior de Investigaciones Científicas para sus centros e institutos ubicados en Castilla y León, que asumirán la condición de entidades colaboradoras.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Desde el 10 de enero de 2025 hasta el 31 de enero de 2025
Más Detalles:
El plazo de presentación de las solicitudes será desde las 00.00.00 horas del día 10 de enero de 2025, hasta las 23:59:59 horas del 31 de enero de 2025.
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico
¿Quién lo puede solicitar?
Investigadores doctores que, en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes, reúnan los requisitos.
¿Qué requisitos debo cumplir?
a) Haber obtenido una puntuación igual o menor de 79 puntos, en la convocatoria aprobada por Resolución de 9 de febrero de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Investigación, correspondiente al año 2024, para la obtención del certificado R3 como investigador/a establecido/a, conforme a lo previsto en la ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación (BOE nº 46, de 21 de febrero).
En el caso de que la persona investigadora esté en posesión de más de un título de doctor, este requisito se referirá al primero de los títulos obtenidos.
b) No haber sido beneficiario de una ayuda de las convocatorias anteriores de esta línea de ayudas.
c) No encontrarse incurso en ninguna de las prohibiciones que para la obtención de la condición de beneficiario se recogen en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y no mantener deudas o sanciones de naturaleza tributaria en periodo ejecutivo con la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, salvo que se encuentren aplazadas, fraccionadas o cuya ejecución estuviese suspendida, de conformidad con el artículo 3.2 del Decreto 27/2008, de 3 de abril, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la seguridad social, en materia de subvenciones.
Cuantía:
La ayuda máxima para cada uno de los contratos que se formalicen será de 150.000 € para las tres anualidades, siendo 50.000 € por año completo. Se abonará la parte proporcional en los supuestos de renuncia y suplencia.
¿Qué documentos necesito?
La solicitud deberá formalizarse mediante el formulario «Solicitud», en el supuesto de que el solicitante presente varias solicitudes, solo será tenida en cuenta la última de las presentadas en plazo.
A la solicitud deberá adjuntarse, en formato electrónico pdf y con un tamaño máximo de 8 MB por fichero, la siguiente documentación:
- Copia del DNI o NIE si consta oposición expresa manifestada en su solicitud a que la Consejería de Educación obtenga a través del sistema de verificación de identidad personal, los datos de identidad personal.
- Certificado R3 de la Agencia Estatal de Investigación donde se recoja la puntuación obtenida en la convocatoria aprobada por Resolución de 9 de febrero de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Investigación, correspondiente al año 2024, para la obtención del certificado R3 como investigador/a establecido/a, conforme a lo previsto en la ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación (BOE nº 46, de 21 de febrero).
- Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la seguridad social emitido por el órgano competente de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y de la Tesorería General de la Seguridad Social, únicamente en el caso de que se oponga a que la Consejería de Educación lo consulte o recabe.
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Servicio de Investigación Científica, Transferencia de Conocimiento e Infraestructura Universitaria
Órgano que resuelve:
Consejería de Educación
Plazo de resolución:
El plazo máximo para resolver la convocatoria y publicar la resolución será de 6 MESES a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que haya sido publicada la resolución, se podrán entender DESESTIMADAS.
La resolución se publicará en el BOCyL y será objeto de publicidad a través del Portal de Educación http://www.educa.jcyl.es/universidad, por tiempo no inferior a un mes desde dicha publicación.
Notificaciones:
- En el Boletín Oficial de Castilla y León.
- Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones
NOTI
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Información adicional:
Justificación
- Para justificar la ayuda concedida, las Entidades colaboradoras, deberán presentar exclusivamente a través del Registro Electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en la forma indicada, antes del 5 de octubre de cada ejercicio, la documentación justificativa.
Recurso
- Para interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación se podrá utilizar el modelo disponible dentro del trámite del apartado «Contenidos relacionados» Recursos administrativos ante la Consejería de Educación
Compatibilidad
- Las ayudas serán incompatibles con otras ayudas financiadas con fondos públicos o privados cuyo objeto sea también la investigación y con la realización de cualquier actividad retribuida realizada en su mismo horario de trabajo.
- No obstante, las ayudas serán compatibles con las percepciones que procedan de ayudas:
- Para asistencia a congresos y reuniones científicas.
- Para estancias breves y traslados temporales concedidas por organismos públicos o privados, nacionales o internacionales, siempre que no excedan el 50 por ciento del tiempo por el que se realiza el contrato.
- Los beneficiarios deberán comunicar a la Entidad la obtención de otras ayudas, subvenciones, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Dicha Entidad informará al centro directivo competente en materia de investigación universitaria tan pronto tenga conocimiento de ello.
El Teléfono de información administrativa 012 (983.327.850) prestará asistencia para resolver las consultas planteadas por los interesados referentes a la convocatoria o la cumplimentación de las solicitudes.
Resolución. Beneficiarios:
Orden EDU/300/2025, de 21 de marzo, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas destinadas a financiar la incorporación de talento investigador, Andrés Laguna, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+). (BOCyL 03-04-2025)
Orden EDU/300/2025, de 21 de marzo BOCyL 03-04-2025) (1.242 kbytes)
Protección de los datos de carácter personal:
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (699 kbytes)