Códigos identificadores del procedimiento:
- IAPA: 682
- SIA: 1278367
- BDNS (Identificador): 795917
Fecha de publicación:
13 de noviembre de 2024
Objeto:
Convocar para el año 2024, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones públicas, en colaboración con entidades privadas con personalidad jurídica propia sin ánimo de lucro, con la finalidad de fomentar la contratación temporal de personas desempleadas para la prestación de servicios de interés general y social.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Desde el 14 de noviembre de 2024 hasta el 27 de noviembre de 2024
Más Detalles:
El plazo de presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles computados desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León del extracto.
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico:
¿Quién lo puede solicitar?
Entidades privadas con personalidad jurídica propia sin ánimo de lucro.
¿Qué requisitos debo cumplir?
a) Que se obliguen a la contratación de personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo, no ocupadas, en el Servicio Público de Empleo, con las condiciones que se determinan en el Resuelvo Décimo de esta resolución de convocatoria, para la prestación de servicios calificados de interés general y social.
b) Tener la capacidad técnica y de gestión suficientes para la ejecución del correspondiente proyecto, contando con una asignación presupuestaria suficiente para hacerse cargo de las partidas presupuestarias que, en su caso, no estén subvencionadas por el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, para la realización del servicio de que se trate.
La contratación para la que se otorgue la subvención deberá formalizarse con personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo y servicios en situación de no ocupadas, registradas en el Servicio Público de Empleo, teniendo en cuenta los siguientes criterios:
- a) Adecuación de la cualificación al puesto de trabajo ofertado, favoreciendo en su caso la primera experiencia profesional.
- b) Personas pertenecientes a los siguientes colectivos:
- Jóvenes menores de 30, especialmente con baja cualificación.
- Mujeres.
- Personas con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%.
- Mayores de 45 años.
- Personas en riesgo de exclusión social.
De entre todos los colectivos citados, tendrán preferencia absoluta los parados de larga duración.
¿Para qué es la ayuda?:
Esta subvención tiene por objeto financiar los costes salariales, incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social siempre que:
a) Sean servicios que se presten en el ámbito territorial de Castilla y León.
b) Sean prestados directamente por la entidad beneficiaria.
c) En su prestación se favorezca la formación y práctica profesionales de personas desempleadas.
d) El porcentaje mínimo de personas trabajadoras desempleadas a ocupar en la prestación del servicio sea de, al menos, el 50 por ciento.
e) Los servicios que se presten se inicien en el ejercicio presupuestario de concesión, debiendo quedar finalizados no más tarde de los seis primeros meses del ejercicio siguiente.
f) La entidad solicitante de la subvención disponga de asignación presupuestaria suficiente para hacerse cargo de las partidas presupuestarias que, en su caso, no estén subvencionadas, lo que se acreditará mediante la correspondiente certificación de la entidad.
g) En caso de que los servicios que se presten en una zona o localidad con ciclos de empleo estacional, se realicen preferentemente en períodos de bajo nivel de contratación.
h) Aseguren que las personas con discapacidad disponen de las medidas adecuadas y necesarias para la adaptación del puesto de trabajo y la accesibilidad universal física, sensorial, cognitiva y de comunicación de la entidad, en función de las necesidades de cada situación concreta, salvo que esas medidas supongan una carga excesiva para la entidad, así como para su seguimiento y soporte.
Con independencia de la duración del proyecto, serán subvencionables las contrataciones formalizadas entre el día 1 de enero de 2024 y el 30 de junio de 2025, ambos inclusive.
Cuantía:
- La cuantía máxima de la subvención a percibir será igual al resultado de multiplicar el nº de personas desempleadas contratadas por el nº de meses de duración del contrato y por la cuantía mensual en función del grupo de cotización a la Seguridad Social.
- La cuantía se reducirá proporcionalmente en función de la jornada realizada, cuando los contratos se concierten a tiempo parcial.
- Las cuantías máximas mensuales correspondientes a cada grupo de cotización de las personas contratadas, serán las siguientes:
- A. Por cada persona trabajadora contratada en los grupos de cotización a la Seguridad Social 1 y 2, ambos inclusive: 2.770,83 euros/mes.
- B. Por cada persona trabajadora contratada en los grupos de cotización a la Seguridad Social 3 al 7, ambos inclusive: 2.216,67 euros/mes.
- C. Por cada persona trabajadora contratada en los grupos de cotización a la Seguridad Social 8 al 11, ambos inclusive: 1.833,33 euros/mes.
¿Qué documentos necesito?
Solicitud en modelo normalizado debidamente cumplimentada, solo se admitirá una por entidad con un único proyecto, en caso de presentarse dos o más solicitudes, la última presentada en plazo anulará las anteriores, tramitándose sólo esa. El formulario de solicitud incluirá declaración responsable relativa a diferentes extremos.
A la solicitud se acompañará la siguiente documentación, que se digitalizará y aportará como archivos anexos:
Documentación a presentar (155 kbytes)
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Servicio Promoción de Empleo e Inserción Laboral
Órgano que resuelve:
Servicio Público de Empleo de Castilla y León (ECyL)
Plazo de resolución:
El plazo de resolución y notificación será de 6 MESES, computados a partir del día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, transcurrido el cual, sin que se haya dictado y notificado resolución, se entenderán DESESTIMADAS por silencio administrativo.
Notificaciones:
- Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones
NOTI
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Recursos:
- Reposición
- Contencioso-administrativo
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Información adicional:
Justificación
- La documentación justificación deberá presentarse en el plazo de 45 DÍAS NATURALES a contar desde el día siguiente a la finalización de la actividad subvencionada.
Compatibilidad
- Las subvenciones recibidas serán incompatibles con otras subvenciones públicas para la misma finalidad.
Protección de los datos de carácter personal:
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (99 kbytes)