Códigos identificadores del procedimiento:
- IAPA: 3629
- SIA: 3146516
- BDNS (Identificador): 787512
Fecha de publicación:
30 de septiembre de 2024
Objeto:
Convocar para los años 2024 y 2025 subvenciones dirigidas a la mejora de la empleabilidad de la población castellana y leonesa, mediante la adquisición de un nivel de cualificación profesional adaptado a las demandas empresariales, a través de la realización de cursos específicos de formación, dirigidos a los trabajadores ocupados contratados por dichas empresas, para la transferencia de conocimientos y de nuevas competencias y habilidades vinculadas al desempeño de puestos de trabajo de aquellas.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Desde el 1 de octubre de 2024 hasta el 31 de mayo de 2025
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico:
¿Quién lo puede solicitar?
Empresas que desarrollen proyectos o actividades con efecto incentivador Y dispongan de centros de trabajo operativos en el territorio de Castilla y León
¿Qué requisitos debo cumplir?
Las empresas acreditarán el cumplimiento de los siguientes requisitos:
- Que se presente un proyecto de formación dirigido a la recualificación de los trabajadores de las instalaciones de la empresa que tenga ubicadas en Castilla y León. Se considerará empresa toda entidad privada con ánimo de lucro, independientemente de la forma jurídica, que ejerza su actividad económica, bien a título individual o bien como sociedad de personas.También las comunidades de bienes.
- Que la solicitud de ayuda se presente con carácter previo al inicio del proyecto formativo.
- Que las acciones formativas propuestas no resulten de impartición obligatoria de acuerdo con la normativa nacional en materia de formación.
- Que la empresa solicitante no haya solicitado ni percibido otras ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o Entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de Organismos internacionales.
- Que la empresa solicitante acredite que la ayuda solicitada tendrá un efecto incentivador. Se considerará que tienen un efecto incentivador si, acreditan en su solicitud que con la concesión de la subvención se producirá uno o varios de los siguientes resultados:
a) Un aumento sustancial del alcance del proyecto o actividad
b) Un aumento sustancial del importe total invertido por el beneficiario en el proyecto o actividad
c) Una aceleración sustancial del ritmo de ejecución del proyecto o actividad de que se trate
¿Para qué es la ayuda?:
Serán subvencionables los proyectos formativos que incluyan la realización, por los trabajadores ocupados en las empresas que desarrollen estos proyectos o actividades con efecto incentivador, de cursos relacionados, preferentemente, con las siguientes materias: formación en competencias digitales; habilidades, uso y gestión de herramientas tecnológicas; marketing digital; seguridad informática; explotación, análisis y procesamiento de datos; inteligencia artificial y aprendizaje automático; formación en competencias para el desempeño de tareas que requieren una adaptación a los cambios en los procesos productivos; especialización en electromovilidad y movilidad conectada;
conectividad de dispositivos y máquinas; tecnologías de la industria 4.0, smart mobility, sensorización, manufactura avanzada y robótica; monitoreo, digitalización y automatización de tareas y procesos; formación en idiomas; sensibilización para el fomento de estrategias de economía circular; sostenibilidad de materiales y procesos productivos, eco innovación, reciclado y reutilización de productos en el modelo de
negocio del sector empresarial donde se ocupen los trabajadores destinatarios. Serán destinatarios de las acciones realizadas en este programa, las personas trabajadoras por cuenta ajena ocupadas en las empresas beneficiarias que desarrollen proyectos o actividades con efecto incentivador, y que presten sus servicios retribuidos en los centros de trabajo que aquellas tengan operativos en el territorio de Castilla y León.
Las acciones incluidas en cada proyecto formativo subvencionado se podrán desarrollar desde el día siguiente a la fecha de notificación de la resolución de concesión hasta el 31 de agosto 2025.
Cuantía:
- La cuantía alcanzará un porcentaje máximo del 50%, del 60% o del 70% del presupuesto total del proyecto formativo, según sea el solicitante, respectivamente, una gran empresa, una mediana empresa o una pequeña empresa.
- El coste máximo total del proyecto de formación se determinará, en el correspondiente presupuesto, por la aplicación de los siguientes factores:
- a) Número total de horas de formación a impartir, de acuerdo con la memoria del proyecto formativo presentado.
- b) Un módulo económico por hora de formación, que será como máximo de 24 €/hora.
¿Qué documentos necesito?
La solicitud (Anexo I) se cumplimentará mediante el formulario electrónico denominado “SOLICITUD - FORTRA” y que incluirá declaraciones responsables relativas a diferentes extremos. La solicitud, irá acompañada, según el caso, de los documentos a continuación señalados y que, debidamente digitalizados en formato “PDF”, se insertarán como archivos adjuntos:
DOCUMENTACIÓN a presentar (73 kbytes)
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Servicio de Programas Autonómicos de Formación e Inserción Profesional
Órgano que resuelve:
Servicio Público de Empleo de Castilla y León (ECyL)
Plazo de resolución:
El plazo de resolución y notificación será de 6 MESES contados desde el día en que la solicitud haya tenido entrada en el registro electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, transcurrido el cual, sin que se haya dictado y notificado resolución, se entenderá DESESTIMADA por silencio administrativo.
Notificaciones:
- Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones
NOTI
.
Recursos:
- Contencioso-administrativo
- Reposición
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Información adicional:
Plazo de justificación
- La justificación de la subvención concedida se presentará por la entidad beneficiaria en el plazo de 30 DÍAS NATURALES a contar desde el día siguiente a la finalización de la actividad subvencionada.
Protección de los datos de carácter personal:
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (74 kbytes)