Ayudas complementarias a alumnado de formación profesional de grado superior beneficiarios de becas Erasmus+ para realizar el módulo de “Formación en centros de trabajo” (curso escolar 2023/2024)
Códigos identificadores del procedimiento:
- IAPA: 2895
- SIA: 2095027
- BDNS (Identificador): 786790
Fecha de publicación:
25 de septiembre de 2024
Objeto:
Convocar ayudas complementarias, en régimen de concesión directa, destinadas al alumnado de formación profesional de grado superior de la Comunidad de Castilla y León que haya resultado beneficiario de las becas del programa Erasmus+ de movilidad para prácticas entre países del programa, para realizar el módulo de «Formación en Centros de Trabajo», en el curso escolar 2023/2024.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Desde el 26 de septiembre de 2024 hasta el 16 de octubre de 2024
Más Detalles:
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 DÍAS HÁBILES a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la orden en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
Lugar y Forma de presentación:
Presencial:
Electrónico:
¿Quién lo puede solicitar?
Alumnado de 2º curso de cualquier ciclo formativo de formación profesional de grado superior de centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, que sea beneficiario de una beca Erasmus+.
¿Qué requisitos debo cumplir?
Ser estudiantes de segundo curso de cualquier ciclo formativo de formación profesional de grado superior de centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, que sea beneficiario de una beca del programa Erasmus+ de movilidad para prácticas entre países del programa, para realizar el módulo de «Formación en Centros de Trabajo», en el curso escolar 2023/2024.
Cuantía:
- El importe mensual de las ayudas será el resultado de dividir el crédito asignado a esta convocatoria entre el número total de meses de estancia de los beneficiarios, con un máximo de tres meses para cada uno de ellos.
- La cantidad que se conceda a cada beneficiario será la resultante de multiplicar el importe mensual de la ayuda, por el número de meses, o fracción de la estancia, con un máximo de tres meses.
- Dicha cantidad, aisladamente o en concurrencia con otras, no puede llegar a superar el importe total de la actividad subvencionada.
¿Qué documentos necesito?
Las solicitudes, que se cumplimentarán conforme al formulario ”solicitud”, irán dirigidas a la Consejera de Educación, incluirán declaraciones responsables relativas a diferentes extremos e e irán acompañada de la siguiente documentación:
- Copia del D.N.I. o N.l.E. declarado por el solicitante en la solicitud si este se opone expresamente en ella a que la Consejeria de Educación obtenga directamente y/o por medios electrónicos los datos de identidad.
- Certificado, emitido por el representante legal del Consorcio de Movilidades Erasmus+ de Formación Profesional de Castilla y León, según formulario "certificado del consorcio", o en su caso por el titular de la dirección del centro educativo que, a título propio, participe en el programa Erasmus+, según formulario "certificado del centro educativo", que acredite:
1° Que el solicitante ha sido beneficiario de una beca Erasmus+ para realizar el módulo de "Formación en centros de trabajo" en el curso escolar 2023/2024, con indicación de la cuantla concedida.
2º La duración real del periodo de prácticas en la empresa o centro de trabajo de la entidad o institución del pais de destino.
3° Que ha cumplido con la finalidad para la que se concedió la ayuda.
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Servicio de Planificación y Ordenación de la Formación Profesional
Órgano que resuelve:
Consejería de Educación
Plazo de resolución:
El plazo máximo para resolver la convocatoria y publicar la resolución será de 6 MESES a contar desde el día siguiente a la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que haya sido publicada la resolución, se entenderán DESESTIMADAS las solicitudes presentadas.
La orden de resolución se publicará en el “Boletín Oficial de Castilla y León”, y será objeto de publicidad a través del Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (https://www.educa.jcyl.es) por tiempo no inferior a un mes desde dicha publicación.
Notificaciones:
- Por Correo Postal en el domicilio del interesado, o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
- Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones
NOTI
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Recursos:
- Reposición
- Contencioso-administrativo
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Información adicional:
Pago
- La Consejería de Educación procederá al abono de la ayuda al beneficiario mediante tranferencia al número de cuenta bancaria indicada en la solicitud.
Compatibilidad
- Las ayudas concedidas con arreglo a lo dispuesto en la orden serán compatibles con el disfrute de cualquier otra ayuda, subvención, recurso o ingreso concedido por cualquier administración o ente público o privado, nacional o internacional, con la misma finalidad, sin que el importe total subvencionado en ningún caso, aisladamente o en concurrencia con otras, llegue a superar el importe total de la actividad subvencionada.
Protección de los datos de carácter personal:
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (76 kbytes)
Pasos para la tramitación electrónica (en línea):
- Disponer de
certificado electrónico
y comprobar
requisitos técnicos.
- Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
- A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico, DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.), seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
- Mediante un Formulario Online PDF (
Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas
) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la
Aplicación de Administración Electrónica
- Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
- Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
- Descargar justificante de presentación.
Descargar formularios y anexos
Última actualización:
26 de noviembre de 2024