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Subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro, destinadas a la creación de nuevos centros de día para menores en situación de vulnerabilidad social en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León. (2024)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 3639
  • SIA: 3140930
  • BDNS (Identificador): 779397

Fecha de publicación:

9 de agosto de 2024

Objeto:

La finalidad de las mismas es prestar un servicio de atención diurna fuera del horario escolar, para el apoyo a la infancia y adolescencia en situación de vulnerabilidad social, así como, para el cumplimiento de medidas que impliquen la asistencia a un centro de día impuestas por los Juzgados de Menores, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 10 de agosto de 2024 hasta el 29 de agosto de 2024

Más Detalles:

El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

Todas las entidades del Tercer Sector Social de la Red de protección e inclusión a las personas y familias en situación de mayor vulnerabilidad económica y social de Castilla y León que estén comprendidas en el concepto del artículo 6 de la Ley 4/2018,.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Las entidades beneficiarias, deberán reunir los siguientes requisitos, que deberán mantenerse hasta el momento de justificación de los gastos realizados con cargo al proyecto subvencionado:
a) Estar legalmente constituidas con, al menos, dos años de antelación a la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.
b) Estar inscritas en el Registro de entidades, servicios y centros, de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, en el censo de organizaciones del Tercer Sector Social, y formar parte de la Red de Protección e Inclusión a las personas y familias en situación de mayor vulnerabilidad económica y social de Castilla y León, así como, prestar los siguientes servicios del Catálogo de Servicios Sociales:
  • Servicio de atención en centros y servicios de día para el apoyo a la infancia y adolescencia en riesgo (Cód 28.1 del Catálogo de Servicios Sociales).
  • Servicio de intervención educativa con menores infractores/as en medio abierto (Cód 26.7 del Catálogo de Servicios Sociales).
c) Desarrollar sus actividades de forma efectiva en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León.
d) Tener entre los fines que figuran en sus estatutos aquellos que se identifiquen con el objeto y finalidad de la subvención de acuerdo a lo previsto en estas bases y en la correspondiente convocatoria.
e) No tener deudas en periodo ejecutivo con la Comunidad de Castilla y León, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas.
f) Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, salvo que estuvieran exoneradas de acuerdo con la normativa aplicable, así como hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones de reintegro de subvenciones, impuestas por las disposiciones vigentes.
g) No encontrarse incursas en las causas de prohibición para obtener la condición de entidad beneficiaria establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
h) Cumplir con la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal, adoptando e implementando las medidas de seguridad previstas por la Ley Orgánica 3/2018, de 5  de diciembre, de Protección de datos Personales y Garantía de los Derechos, así como por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre. Las entidades beneficiarias establecerán las medidas organizativas y técnicas necesarias para garantizar la seguridad de los datos a los que acceda como consecuencia del proyecto.
i) Haber suscrito y tener en vigor un contrato de seguro de responsabilidad civil de la entidad.
j) Haber justificado, en su caso, las ayudas económicas recibidas con anterioridad de la Gerencia de Servicios Sociales.
k) De acuerdo con el artículo 37.3, de la Ley 15/2022, de 12 de julio, de igualdad de trato y no discriminación, no podrán ser beneficiarias aquellas personas físicas o jurídicas, públicas o privadas que hayan sido sancionadas por resolución administrativa firme por alguna de las infracciones calificadas como muy graves, en los términos y plazos previstos en el Título IV de esta ley. En relación con las personas con discapacidad, será de aplicación lo previsto en el Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre. En el orden social, el régimen aplicable será el regulado por la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
l) Certificar que el personal de su entidad, así como el voluntariado de la misma, que realicen actividades en las tengan contacto habitual con personas menores de edad, cumplen con el requisito previsto en el artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, y del artículo 8.5 de la Ley 45/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

¿Para qué es la ayuda?:

Las actuaciones subvencionables habrán de ejecutarse con una periocidad anual entre el 1 de enero de 2024, y el 31 de diciembre de 2027.

Las actuaciones financiadas para las anualidades 2024, 2025, 2026 y 2027 habrán de realizarse de forma diferenciada e individualizada en cada uno de los años referidos, teniendo el siguiente período de ejecución:

- Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2024, para la anualidad 2024.
- Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2025, para la anualidad 2025.
- Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026, para la anualidad 2026.
- Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2027, para la anualidad 2027.

Cuantía:

el importe máximo que se podrá conceder para cada proyecto de centro de día será de 70.000€, subvencionándose únicamente un proyecto por provincia.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado, acompañada de los siguientes documentos que se digitalizarán y aportarán como archivos anexos:

DE LA ENTIDAD:

  • Copia del NIF de la entidad solicitante.
  • Estatutos de la entidad o reglas fundacionales o escritura de constitución de la misma.
  • Copia del Seguro de responsabilidad civil, en relación con el proyecto.
  • Otra documentación complementaria (a detallar por la entidad).
  • En caso de aportar denegación expresa al órgano gestor de su consentimiento para obtener directamente o por medios telemáticos la comprobación de los datos, deberá aportar también: - Copia del DNI o NIE de la persona representante de la entidad. - Documentación que acredite el estar al corriente de las obligaciones tributarias, frente a la seguridad social, certificación de la exención del IVA, en su caso.
DEL PROYECTO:
  • Documento según el Modelo (Anexo I)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Órgano que resuelve:

Gerencia de Servicios Sociales

Plazo de resolución:

El plazo de resolución y notificación será de seis meses, contados a partir del día siguiente a la finalización del plazo de presentación electrónica de solicitudes, con la posibilidad de ampliarlo en los términos previstos en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Notificaciones:

  • Notificación Electrónica: para darse de alta y/o recibir notificaciones hay que entrar en el  buzón electrónico del ciudadano, que se encuentra dentro de la  Carpeta Ciudadana

Recursos:

  • Recurso Contencioso-administrativo
  • Recurso potestativo de REPOSICIÓN

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Plazo y forma de justificación

ANUALIDAD  y PLAZO DE JUSTIFICACIÓN
  • 2024: 28 de febrero de 2025
  • 2025: 28 de febrero de 2026
  • 2026 : 8 de febrero de 2027
  • 2027: 28 de febrero de 2028
El plazo de justificación podrá prorrogarse previa petición del beneficiario cuando la
justificación no pueda realizarse dentro del plazo establecido en la convocatoria por causas
debidamente justificadas.

Compatibilidad

Las subvenciones concedidas serán compatibles con cualquier otra ayuda, subvención o recurso que, para la misma finalidad procedentes de cualquier Administración o ente público o privado, nacional, de la de la Unión Europea o internacionales, que para la misma finalidad reciba la entidad beneficiaria siempre que, el importe total subvencionado, en ningún caso supere, aisladamente o en concurrencia con otras, el coste total de la actividad subvencionada.

Resolución. Beneficiarios:

Resolución de la Gerencia de Servicios Sociales, de concesión de subvenciones, destinadas a la creación de nuevos centros de día para menores en situación de vulnerabilidad social, en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+)

Descarga del documento tipo PDF Resolución de la Gerencia de Servicios Sociales, de concesión de subvenciones. Abre una nueva ventana Resolución de la Gerencia de Servicios Sociales, de concesión de subvenciones (210 kbytes)

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (134 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.