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Subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de acciones de Prevención de Riesgos Laborales (año 2024)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 3566
  • SIA: 3037080
  • BDNS (Identificador): 735641

Fecha de publicación:

29 de diciembre de 2023

Objeto:

Convocar para el año 2024, las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de actividades con el fin de promover la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, especialmente en las pequeñas empresas, a través de acciones de información, asistencia técnica y promoción del cumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos laborales, de acuerdo con la Orden TES/864/2023, de 21 de julio (BOE de 25 de julio)
 

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 1 de febrero de 2024 hasta el 29 de febrero de 2024

Más Detalles:

El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes, iniciándose el 1 de febrero de 2024.

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

Organizaciones a las que se refiere el artículo 12 de la Ley 31/1995, las organizaciones empresariales y sindicales representativas en su ámbito sectorial correspondiente, así como las fundaciones u otras entidades constituidas por éstas y aquéllas.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Todos los beneficiarios deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  • Deberán tener sede en la Comunidad de Castilla y León y estar legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente.
     
  • No incurrir en alguna de las circunstancias previstas en en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, debiendo suscribir declaración responsable al respecto.
     
  • Cumplir con la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 75/2008, de 30 de octubre, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de la normativa para la integración laboral de las personas con discapacidad y el establecimiento de criterios de valoración y preferencia en la concesión de subvenciones y ayudas públicas de la  Administración de la Comunidad de Castilla y León.
     
  • Cumplir con las directrices vinculantes para el impulso de la responsabilidad social en el gasto público de la Administración General e Institucional de la Comunidad de Castilla y León

¿Para qué es la ayuda?:

Las subvenciones tendrán por objeto la realización de actividades y proyectos con el fin de promover la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, especialmente en las pequeñas empresas, a través de acciones sectoriales e intersectoriales de información, asistencia técnica, y promoción del cumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos laborales, de forma que podrán realizarse:

1. Proyectos de información y promoción del cumplimiento de la normativa.

2) Acciones de asistencia técnica.

Cuantía:

  • La cuantía máxima subvencionable por convocatoria y entidad beneficiaria será de 100.000 euros.
  • Sin perjuicio de lo anterior, la cuantía máxima a subvencionar de acciones sectoriales, los beneficiarios de proyectos con CNAE prioritarios podrán solicitar acciones hasta el importe máximo asignado a su CNAE, que estará supeditada al crédito establecido
  • De acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de las bases reguladoras, el 80% del presupuesto destinado a la subvención de las acciones previstas en el resuelvo séptimo se destinará a acciones sectoriales y el 20% restante a acciones intersectoriales.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud, en modelo normalizado, dirigida a la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales, acompañada de la siguiente documentación (archivo anexo)
Los interesados tienen derecho a no aportar documentos que ya se encuentren en poder de la Administración o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración. La Administración actuante podrá consultar o recabar dichos documentos salvo que el interesado se opusiera a ello.

El solicitante podrá autorizar a otra persona o entidad que lo represente, para la firma electrónica de la solicitud

Descarga del documento tipo PDF Documentación a presentar. Abre una nueva ventana Documentación a presentar (129 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales

Órgano que resuelve:

Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales

Plazo de resolución:

El plazo para resolver y notificar la resolución será de 6 MESES, contados desde el día siguiente a la finalización del plazo para la presentación de solicitudes, transcurrido el cuál sin haberse dictado y notificado resolución expresa podrá entenderse DESESTIMADA la solicitud

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI .

Recursos:

  • Reposición
  • Contencioso-administrativo

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Compatibilidad

  • Las subvenciones concedidas para financiar las acciones de la presente convocatoria serán compatibles con otras subvenciones, ingresos o recursos procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, pero en ningún caso podrán ser de tal cuantía que, aislada o en concurrencia con otras subvenciones, ingresos o recursos, que tengan por objeto el mismo proyecto, superen el coste total de la actividad objeto de la ayuda.
  • La percepción de estas otras ayudas deberá ponerse en conocimiento del órgano instructor en el momento en que se produzca, ya sea antes o durante la ejecución del proyecto, aportando la correspondiente resolución de concesión.

Protección de los datos de carácter personal:

Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.