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Subvenciones del programa de formación de trabajadores ocupados en empresas del sector estratégico de la automoción, periodo 2023-2024 (FORTRA)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2521
  • SIA: 1278439
  • BDNS (Identificador): 720178

Fecha de publicación:

10 de octubre de 2023

Objeto:

Convocar para el periodo 2023-2024 subvenciones, en régimen de concesión directa, que tienen por finalidad la financiación de acciones de formación profesional para el empleo desarrolladas por empresas de sectores estratégicos, instaladas en el territorio de la Comunidad de Castilla y León, dirigidas a la mejora de la empleabilidad de la población castellano y leonesa, mediante la adquisición de un nivel de cualificación profesional adaptado a las demandas empresariales, a través de la realización de cursos específicos de formación (FORTRA).

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 11 de octubre de 2023 hasta el 31 de mayo de 2024

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

  • Empresas del sector estratégico de la AUTOMOCIÓN, cuya actividad esté identificada con el código NACE 2910 o 2932, y cumplan los requisitos.
  • Serán destinarios de las acciones subvencionables los trabajadores por cuenta ajena ocupados en empresas, cuya actividad esté identificada con alguno de los códigos NACE indicados, y que realicen su actividad en los centros de trabajo de Castilla y León.

¿Qué requisitos debo cumplir?

  1. Que se presente un proyecto de formación dirigido a la recualificación de los trabajadores de las instalaciones de la empresa que tenga ubicadas en Castilla y León.
  2. Que la solicitud de ayuda se presente con carácter previo al inicio del proyecto.
  3. Que las acciones formativas propuestas no resulten obligatorias de acuerdo con la normativa nacional.
  4. Que la empresa solicitante no haya solicitado ni percibido otras ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o Entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de Organismos internacionales.
  5. Que la empresa solicitante acredite que la ayuda solicitada tendrá un efecto incentivador.

Se considerará que la ayuda tiene un efecto incentivador si antes de empezar el plan formativo la empresa ha presentado una solicitud de Ayuda de Estado que contenga la siguiente información:

  • Nombre y tamaño de la empresa.
  • Descripción del proyecto, incluidas sus fechas de inicio y finalización.
  • Ubicación del proyecto.
  • Lista de costes del proyecto.
  • Tipo de ayuda (subvención) y el importe de la financiación pública necesaria para el proyecto.

Además, en el caso de grandes empresas, las ayudas tienen un efecto incentivador si la empresa acredita en su solicitud que la ayuda tendrá uno o varios de los siguientes resultados:

  • Un aumento sustancial del alcance del proyecto o actividad gracias a las ayudas
  • Un aumento sustancial del importe total invertido por el beneficiario en el proyecto o actividad gracias a las ayudas.
  • Una aceleración sustancial del ritmo de ejecución del proyecto o actividad de que se trate.

¿Para qué es la ayuda?:

Serán subvencionables los proyectos formativos que incluyan la realización, por los trabajadores ocupados en empresas de la automoción, de cursos relacionados, preferentemente, con las siguientes materias: formación en competencias digitales; habilidades, uso y gestión de herramientas tecnológicas; marketing digital; seguridad informática; explotación, análisis y procesamiento de datos; inteligencia artificial y aprendizaje automático; formación en competencias para el desempeño de tareas que requieren una adaptación a los cambios en los procesos productivos; especialización en electromovilidad y movilidad conectada; conectividad de dispositivos y máquinas tecnologías de la industria 4.0, smart mobility, sensorización, manufactura avanzada y robótica; monitoreo, digitalización y automatización de tareas y procesos; formación en idiomas; sensibilización para el fomento de estrategias de economía circular; sostenibilidad de materiales y procesos productivos, eco innovación, reciclado y reutilización de productos en el modelo de negocio del sector de la automoción. Las acciones formativas se podrán desarrollar desde el día siguiente a la fecha de notificación de la resolución de concesión hasta el 31 de agosto 2024.

Cuantía:

  • La cuantía máxima de la subvención a conceder será el porcentaje del importe del presupuesto del proyecto formativo presentado por la empresa, cuyo importe se determinará por la aplicación de los siguientes factores:
  • • Número de horas de duración del proyecto formativo, que comprenderá la suma de todas las horas de formación que reciban los destinatarios participantes en el citado proyecto.
  • • Un módulo económico por hora de formación que será como máximo de 24 €/hora.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud, en modelo normalizado, acompañada de la siguiente documentación, digitalizada e insertada en archivos anexos:

Descarga del documento tipo PDF DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR. Abre una nueva ventana DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR (135 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Programas Autonómicos de Formación e Inserción Profesional

Órgano que resuelve:

Servicio Público de Empleo de Castilla y León (ECyL)

Plazo de resolución:

El plazo de resolución y notificación será de 6 MESES contados desde el día en que la solicitud haya tenido entrada en el registro electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, transcurrido el cual, sin que se haya dictado y notificado resolución, se entenderá DESESTIMADA por silencio administrativo.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI .

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Plazo de justificación

  • La justificación de la subvención concedida se presentará por la entidad beneficiaria en el plazo de 30 DÍAS NATURALES a contar desde el día siguiente a la finalización de la actividad subvencionada.

Resolución. Beneficiarios:

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (115 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.