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Subvenciones destinadas a la financiación de inversiones en el marco del componente 13 "Impulso a la PYME", inversión 4 "Apoyo al Comercio", Programa de modernización del comercio: Fondo tecnológico (2023)

Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea - Next Generation EU (PRTR-NG)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 3371
  • SIA: 2964345
  • BDNS (Identificador): 719015

Fecha de publicación:

3 de octubre de 2023

Objeto:

Financiar inversiones en el marco del Componente 13 “Impulso a la Pyme”, Inversión 4 “Apoyo al Comercio”, Actuación 1.2 “Programa de Modernización del Comercio: Fondo Tecnológico”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, mediante dos líneas de ayuda:

  • 1.  Línea destinada a las pequeñas y medianas empresas del sector comercial.
  • 2.  Línea destinada a las asociaciones sin ánimo de lucro del sector comercial., de acuerdo con los requisitos establecidos en las bases y en las correspondientes convocatorias.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 4 de octubre de 2023 hasta el 20 de octubre de 2023

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

  • Personas físicas y jurídicas, las comunidades de bienes y otras entidades carentes de personalidad jurídica, legalmente constituidas y con ánimo de lucro, que realicen las inversiones subvencionadas y cumplan los requisitos establecidos.
  • Asociaciones sin ánimo de lucro legalmente constituidas y las entidades asociativas o federaciones y confederaciones que las mismas constituyan, con domicilio social en Castilla y León que cumplan los requisitos establecidos

¿Qué requisitos debo cumplir?

Además de los requisitos para poder optar a las subvenciones, se deberán presentar proyectos de inversión incluidos en alguna de las siguientes categorías:

  • a. Proyectos de nuevas tecnologías, individuales y/o del colectivo de asociados, dirigidos a mejorar diferentes áreas de la estrategia comercial en línea y de comunicación, del modelo de negocio y de la experiencia de compra (transformación digital).
  • b. Proyectos de nuevas tecnologías para la adaptación del espacio físico de venta, individual y/o del colectivo de asociados, tanto a las nuevas necesidades y hábitos de los consumidores como a nuevos modelos de gestión (transformación del punto de venta).
  • c. Proyectos de soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia y sostenibilidad de la entrega de última milla, es decir, el transporte final de una mercancía (cadena de suministro y trazabilidad).
  • d. Proyectos de aplicación de soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia en el consumo energético y de los recursos (sostenibilidad y economía circular).

Descarga del documento tipo PDF Requisitos. Abre una nueva ventana Requisitos (99 kbytes)

¿Para qué es la ayuda?:

Serán subvencionables los gastos que, de manera indubitada, estén relacionados con el/los proyecto/s objeto de la ayuda, sean necesarios para su ejecución, hayan sido contraídos dentro del periodo subvencionable que se extenderá desde el 15 de febrero de 2023 hasta el 15 de octubre de 2023, ambos inclusive, y que se encuentren efectivamente pagados con anterioridad a la presentación de la solicitud de subvención y hayan sido abonados en los plazos de pago previstos en la normativa sectorial que sea de aplicación o, en su defecto, en los establecidos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Los gastos deberán estar sujetos a precios de mercado.

Cuantía:

  • La cuantía de la subvención será por cada empresa o por cada asociación del sector comercial solicitantes, del 100% del presupuesto subvencionable, con un máximo de 200.000 euros por solicitante.
  • No serán subvencionables las solicitudes cuyo presupuesto subvencionable sea inferior a 5.000 euros.

¿Qué documentos necesito?

Se presentarán, por cada establecimiento comercial para el que se solicite subvención, una solicitud, en modelo normalizado, acompañada de la siguiente documentación:

Descarga del documento tipo PDF Documentación a presentar. Abre una nueva ventana Documentación a presentar (162 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Consejería de Industria, Comercio y Empleo

Órgano gestor:

Órgano que resuelve:

Consejería de Industria, Comercio y Empleo

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver y notificar será de 6 MESES, contados a partir del día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes, transcurrido el cual sin haberse dictado y notificado resolución, se entenderán DESESTIMADAS por silencio administrativo.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Justificación y pago de la subvención

  • Las subvenciones serán concedidas y pagadas previa justificación de haber
    realizado los proyectos. Dicha justificación se llevará a cabo en el momento de presentación de las solicitudes de subvención, mediante la aportación de la cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto y la documentación señalada en la convocatoria.

Compatibilidad

  • Las presentes subvenciones son compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o entidad, pública o privada, debiendo quedar, en todo, caso, nítidamente identificada la trazabilidad de los gastos.
  • No obstante, las presentes subvenciones son incompatibles con cualquier subvención o ayuda procedentes de cualquier administración o ente público, nacional o internacional, que cubra los mismos costes. Especialmente son incompatibles con la recepción de otros fondos comunitarios para la ejecución de los mismos proyectos de inversión, no pudiéndose incurrir en doble financiación, teniendo en cuenta que, conforme al artículo 9 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, los proyectos de inversión financiados por el MRR pueden recibir ayuda de otros programas e instrumentos de la Unión siempre que dicha ayuda no cubra el mismo coste.
  • Los beneficiarios deberán comunicar a la Administración concedente la obtención de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad sin incurrir en doble financiación sobre el mismo coste, procedentes de cualquiera otras administraciones o entes públicos, nacionales o internacionales.

Protección de los datos de carácter personal:

Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

Financiado por la UE, Next Generation EU, dentro del plan PRTR-NG