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Subvenciones para la realización de actuaciones dentro del marco del "Programa España te protege III" (2023)

Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea - Next Generation EU (PRTR-NG)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 3314
  • SIA: 2893297
  • BDNS (Identificador): 714484

Fecha de publicación:

4 de septiembre de 2023

Objeto:

Estas subvenciones tienen por objeto financiar inversiones para realizar obras de reforma, adaptación, modernización o adquisición de equipamiento, en los centros en los que en la actualidad se presta un servicio de atención, información, y alojamiento temporal a las mujeres de violencia de género en Castilla y León, con la finalidad de promover la mejora de las instalaciones de aquellos centros que atienden a  víctimas de violencia de género contribuyendo, de esta manera, a mejorar los servicios que en ellos se prestan y que persiguen la recuperación de la autonomía personal de las víctimas y su salida del círculo de violencia. Esta finalidad se encuadra dentro de la actividad de fomento de la Administración responsable de incentivar una política de colaboración y coordinación con otras administraciones, y entidades públicas y privadas, para adoptar medidas que garanticen la prevención, la atención y la asistencia integral a las víctimas de violencia de género.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 5 de septiembre de 2023 hasta el 18 de septiembre de 2023

Más Detalles:

El plazo de presentación de las solicitudes será de 10 días HÁBILES a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

  • Entidades del Tercer Sector de Acción Social de Castilla y León.
  • Entidades locales de Castilla y León.

¿Qué requisitos debo cumplir?

  1. La Entidad y el Servicio deberá estar inscrito en el Registro de Entidades, Servicios y Centros de carácter Social de Castilla y León.
  2. Las Casas de Acogida y Centros de Emergencia deberán estar acreditados.

¿Para qué es la ayuda?:

La actuación subvencionable consistirá en la presentación, desarrollo y ejecución de un proyecto de inversión, que implique una mejora en la seguridad, accesibilidad, comunicación, digitalización y/o modernización de los centros en los que en la actualidad, dentro del territorio de Castilla y León, se presta un servicio de atención, información y alojamiento temporal a las víctimas de violencia de género.

Las actuaciones que resulten subvencionadas se deberán ejecutar en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 20 de noviembre de 2023. Este plazo podrá ser prorrogado por el Gerente de Servicios Sociales de Castilla y León, de conformidad con lo previsto en el artículo 42 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León.

Descarga del documento tipo PDF Actuaciones subvencionables. Abre una nueva ventana Actuaciones subvencionables (116 kbytes)

Cuantía:

La cuantía individualizada de la subvención, correspondiente a cada entidad beneficiaria será el 100% del presupuesto aceptado, teniendo en cuenta los criterios de valoración y con los límites porcentuales y cuantitativos hasta el agotamiento del crédito.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado, indicando de forma expresa la modalidad de entidad: a) subvención entidades locales, b) subvención entidades del tercer sector.

Las solicitudes irán acompañadas de los siguientes documentos:

  1. Proyecto descriptivo de las actuaciones a realizar con indicación del plazo y de las condiciones de ejecución.
  2. Declaración responsable de no causar perjuicio al medio ambiente DNSH.

Además, en el supuesto de que la solicitante se oponga de forma motivada y expresamente a la verificación, por parte de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, de la identidad y residencia de los familiares a cargo, deberá aportar:

  • Copia del NIF de la entidad solicitante.
  • Poder de representación.
  • Copia del DNI o NIE de la persona representante de la entidad.
  • Justificante de inscripción en el Registro de entidades, Servicios y Centros de carácter social en Castilla y León.
  • Acreditación de la casa de acogida/ centro de emergencia.

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Dirección General de la Mujer

Órgano que resuelve:

Gerente de Servicios Sociales

Plazo de resolución:

El plazo máximo de resolución y notificación será de 6 MESES contados desde el día siguiente a la presentación de las solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que se haya dictado y notificado la resolución, se entenderá DESESTIMADA la solicitud.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI .

Recursos:

  • Reposición
  • Contencioso-administrativo

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Plazo y forma de justificación

  • La fecha límite para la presentación de la documentación justificativa de las actividades subvencionadas será el 30 de diciembre de 2023. Este plazo, podrá ser prorrogado por el Gerente de Servicios Sociales de Castilla y León.
  • Para la remisión de la documentación justificativa resultará necesaria la presentación del modelo normalizado «Justificación de subvenciones para la ejecución de actuaciones en Castilla y León, dentro del marco España te protege III con cargo a los fondos europeos del plan de recuperación, transformación y resilencia, financiado por la UE next Generation».

Pago y anticipos

  • El pago de las subvenciones se realizará una vez justificada por la entidad la realización del  proyecto y la consecución del objetivo para el que se concedió la subvención, mediante transferencia bancaria a la indicada por la entidad beneficiaria en su solicitud.
  • Podrá concederse, previa solicitud de la entidad beneficiaria un anticipo del 100 % del importe de la subvención no exigiéndose garantía alguna.
  • El anticipo deberá ser solicitado por la entidad en el momento de presentar su solicitud de subvención en el modelo normalizado existente.
  • Una vez justificado el destino de este anticipo se realizará, en su caso, la liquidación de la subvención. Dada la naturaleza jurídica y fines de las entidades beneficiarias de las ayudas, no se considera necesaria la constitución de garantías.

Calificación tributaria de la subvención

  • Las subvenciones convocadas en la presente resolución estarán sujetas, según corresponda, al impuesto de sociedades en los términos previstos en la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades o al impuesto sobre la renta de las personas físicas en los términos establecidos en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Compatibilidad

  • Las subvenciones serán incompatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que, en su caso, pueda recibir el destinatario final para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, no pudiéndose incurrir en doble financiación.

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (129 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

Financiado por la UE, Next Generation EU, dentro del plan PRTR-NG