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Subvenciones a municipios con más de 5.000 habitantes mediante la realización de obras y servicios relacionados con el sector turístico y cultural (QUINTEL 2023)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 3345
  • SIA: 2927507
  • BDNS (Identificador): 714475

Fecha de publicación:

1 de septiembre de 2023

Objeto:

Convocar en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones a municipios de la Comunidad de Castilla y León con más de 5.000 habitantes, como apoyo a la contratación de desempleados para la mejora de la ocupabilidad y la inserción laboral, en el marco de los programas de activación para el empleo, mediante la realización de obras y servicios de interés general y social relacionados con actividades en el sector turístico y cultural.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 2 de septiembre de 2023 hasta el 22 de septiembre de 2023

Más Detalles:

Las solicitudes, se presentarán en el plazo de 15 DÍAS HÁBILES, computados desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

Municipios de la Comunidad de Castilla y León de más de 5.000 habitantes, que lo soliciten, cumplan los requisitos y contraten temporalmente a personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo no ocupadas.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Las contrataciones deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) La preselección se hará entre los siguientes colectivos prioritarios:

■ Jóvenes menores de 35 años, preferentemente con déficit de formación.

■ Mayores de 45 años.

■ Personas en desempleo de larga duración (desempleada 12 meses en un período de 18 meses), con especial atención a aquellos que han agotado sus prestaciones por desempleo.

Dentro de los colectivos indicados, la preselección priorizará a las personas cuyo perfil profesional mejor se adecúe a la cualificación y características del puesto ofertado, y favoreciendo la primera experiencia profesional.

b) La preselección la realizará la Oficina de Empleo que le corresponda a la entidad beneficiaria, mediante la presentación de la correspondiente oferta de empleo. Se enviarán, al menos, a tres personas por puesto de trabajo ofertado. La selección final de los trabajadores, la realizará la entidad beneficiaria de acuerdo con las normas de selección de personal que les sean de aplicación, siendo los responsables últimos de verificar que los candidatos seleccionados cumplen con todos los requisitos establecidos.

c) Los contratos se formalizarán por escrito y en la modalidad de contratos para la mejora de la ocupabilidad y la inserción laboral en el marco de los programas de activación para el empleo, establecida por la normativa vigente. Se efectuarán por 180 días y a jornada completa. La contratación por un periodo inferior a 120 días dará lugar a la cancelación total de la financiación por ese contrato. Los contratos deberán ser comunicados a oficina del Servicio Público de Empleo de Castilla y León correspondiente.

d) Si antes de completar el período de contratación subvencionado, el contrato de trabajo se extinguiera, se podrá contratar a otra persona trabajadora que cumpla los mismos requisitos por el período que complete como mínimo el período subvencionado.

e) Cuando el contrato de trabajo se suspenda debido a situaciones de incapacidad temporal, maternidad, adopción o acogimiento, riesgo durante el embarazo, y demás situaciones que den derecho a reserva del puesto de trabajo, la entidad deberá comunicar dicha incidencia al Servicio Público de Empleo de Castilla y León, en el plazo de 10 días. Se podrá  formalizar un contrato para sustitución de persona trabajadora durante el tiempo que dure dicha situación.

¿Para qué es la ayuda?:

Consistirá en la contratación, para la mejora de la ocupabilidad y la inserción laboral en el marco de los programas de activación para el empleo, de personas trabajadoras desempleadas e inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, para la realización de obras y servicios de interés general y social relacionados con actividades en el sector turístico y cultural.

Se entiende por obras y servicios de interés general y social relacionados en el sector turístico y cultural, la puesta en valor y fomento del patrimonio cultural de Castilla y León entendiendo por tales, los bienes muebles e inmuebles de interés artístico, histórico, arquitectónico, paleontológico, arqueológico, etnológico, científico o técnico. También forman parte del mismo, el patrimonio documental, bibliográfico, audiovisual y lingüístico, así como las actividades y el patrimonio inmaterial de la cultura popular y tradicional. Esto es, serán subvencionables, sin perjuicio de las autorizaciones preceptivas que sean pertinentes, aquellas obras o servicios de interés general y social relacionados con actividades en el patrimonio cultural de Castilla y León, que tengan capacidad por sí mismas para atraer visitantes, como por ejemplo, sin carácter exhaustivo:

- Camino de Santiago
- Visitas al patrimonio histórico y artístico
- Actividades festivas y culturales
- Turismo medioambiental: rutas en el medio natural
- Revalorización de espacios para la participación colectiva relacionados con el sector
- Eventos deportivos

Con independencia de la duración de las obras y servicios, será subvencionable el periodo de contratación comprendido entre el 1 de septiembre de 2023 y el 30 de junio de 2024. Las contrataciones deberán formalizarse y ser dadas de alta en la Seguridad Social antes del 31 de diciembre de 2023.

Cuantía:

  • Por cada persona trabajadora contratada en los Grupos de Cotización a la Seguridad Social 1 y 2, ambos inclusive: 16.625€/180 días, a jornada completa.
  • Por cada persona trabajadora contratada en los Grupos de Cotización a la Seguridad Social 3 al 7, ambos inclusive: 13.300 €/180 días, a jornada completa.
  • Por cada persona trabajadora contratada en los Grupos de Cotización a la Seguridad Social 8 al 11, ambos inclusive: 9.975 €/180 días, a jornada completa.
  • El importe máximo subvencionable a cada entidad será de 100.000 €.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado, una por entidad, en caso de que una entidad presente más de una solicitud, se tendrá en cuenta para su valoración la última presentada.

Las solicitudes, se presentarán acompañadas de las certificaciones expedidas por la persona titular de la Secretaría, conforme al modelo normalizado y del proyecto a valorar.

Una vez formalizados los contratos, deberán comunicar el inicio de la obra o servicio, así como las personas contratadas, conforme al modelo normalizado.

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio Fomento del Empleo en el Ámbito Local

Órgano que resuelve:

Servicio Público de Empleo de Castilla y León (ECyL)

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver y notificar las resoluciones será de 3 MESES computados desde el día siguiente al de finalización del plazo para la presentación de las solicitudes, transcurrido el cual, sin que se haya dictado y notificado resolución, se entenderán DESESTIMADAS por silencio administrativo.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso através del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos deuna notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI .

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Justificación

  • La entidad beneficiaria, en el plazo de 2 meses computado desde la finalización de las contrataciones, y en todo caso como máximo el 31 de agosto de 2024, presentará la justificación del cumplimiento de las actuaciones subvencionadas y de los gastos realizados, que incluirá la documentación indicada en la convocatoria.
  • Si vencido el plazo de justificación, no se hubiese presentado la correspondiente documentación, el órgano instructor requerirá al beneficiario a los efectos de su presentación en el plazo improrrogable de 15 días.

Compatibilidad

  • Las subvenciones reguladas en estas bases serán compatibles con cualesquiera otras que el beneficiario pueda obtener para la misma finalidad, provenientes de organismos e instituciones de carácter público o privado, nacionales o internacionales.
  • El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas otorgadas por otras administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, supere el coste de la actividad subvencionada.

Resolución. Beneficiarios:

Descarga del documento tipo PDF Resolución de concesión. Abre una nueva ventana Resolución de concesión (747 kbytes)

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (144 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

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