Códigos identificadores del procedimiento:
- IAPA: 3158
- SIA: 2447529
- BDNS (Identificador): 708475
Fecha de publicación:
18 de julio de 2023
Objeto:
Convocar para el año 2023, en régimen de concesión directa, las subvenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+), en el territorio de Castilla y León, dirigidas a fomentar el autoempleo de los jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, con titulación universitaria o de formación profesional de grado medio o superior, para el año 2023.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Desde el 19 de julio de 2023 hasta el 16 de octubre de 2023
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
Lugar y Forma de presentación:
Presencial
Electrónico
¿Quién lo puede solicitar?
Personas físicas, incluidas aquellas que formen parte de una entidad sin personalidad jurídica que se establezcan por cuenta propia y cumplan los requisitos
¿Qué requisitos debo cumplir?
- Haber solicitado el alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente entre el día 1 de octubre de 2022 y el día 2 de octubre de 2023, ambos inclusive.
- Estar inscrita como beneficiaria en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en los términos establecidos en la normativa estatal que lo regula, el día de alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente.
- Estar en posesión de una titulación universitaria o de formación profesional de grado medio o superior, o cumplir los requisitos para su obtención, el día de alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, relacionada con la actividad por la que se solicita la subvención.
¿Para qué es la ayuda?:
Las subvenciones se destinarán a fomentar el inicio de una actividad económica por cuenta propia.
Actuaciones subvencionables (97 kbytes)
Cuantía:
El importe de la subvención será de 8.000 €, que podrá ser incrementado si concurre alguna de las circunstancias siguientes:
Incremento de las cuantías (101 kbytes)
¿Qué documentos necesito?
Solicitud, en modelo normalizado, acompañada de la documentación señalada a continuación, que se digitalizará y aportará como archivos anexos.
Los miembros de entidades sin personalidad jurídica presentarán la solicitud de subvención de forma individual.
Documentación a presentar (162 kbytes)
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Gerencias Provinciales ECYL
Órgano que resuelve:
Gerencias Provinciales ECYL
Plazo de resolución:
El plazo de resolución y notificación será de 6 MESES desde la fecha en que la solicitud hubiera tenido entrada en el registro electrónico de la Administración u Organismo competente para su tramitación, transcurrido el cual sin que se haya dictado y notificado resolución, se entenderá DESESTIMADA por silencio administrativo.
Notificaciones:
- Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
- Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones
NOTI
.
Recursos:
- Contencioso-administrativo
- Reposición
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Información adicional:
Justificación
- La justificación se llevará a cabo en el momento de presentar la solicitud de subvención, aportando la documentación correspondiente.
Compatibilidad
- Estas subvenciones serán incompatibles con otras subvenciones para la misma finalidad otorgadas por cualquier Administración Pública o por otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales. No obstante, serán compatibles con aquellas subvenciones o ayudas que, aun vinculadas al alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, tengan como gastos subvencionables las inversiones, los intereses de préstamo y/o las cuotas de Seguridad Social derivadas del alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional al que estén adscritos. Asimismo, serán compatibles con las bonificaciones o reducciones en las cuotas de las Seguridad Social y con los incentivos fiscales.
Resolución. Beneficiarios:
Beneficiarios AUTEGRES 2023 (300 kbytes)
Protección de los datos de carácter personal:
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (394 kbytes)