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Subvenciones destinadas a financiar actuaciones dirigidas a fomentar la calidad del sector turístico de Castilla y León (2023)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2302
  • SIA: 1253389
  • BDNS (Identificador): 696603

Fecha de publicación:

24 de mayo de 2023

Objeto:

Convocar para el año 2023, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones destinadas a financiar actuaciones dirigidas a fomentar la calidad del sector turístico de Castilla y León, con la finalidad de apoyar y potenciar el sector turístico, para elevar el nivel de las infraestructuras turísticas ubicadas en la Comunidad de Castilla y León y la prestación de servicios turísticos con mayor valor añadido a través del fomento de una serie de actuaciones de interés general que se desarrollan bajo la iniciativa y responsabilidad del sector privado.

Los establecimientos, agencias de viaje o empresas de turismo activo, beneficiarios de estas subvenciones, deberán estar inscritos en el Registro de Turismo de Castilla y León:

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 25 de mayo de 2023 hasta el 8 de junio de 2023

Más Detalles:

El plazo para la presentación de las solicitudes será de 15 DÍAS NATURALES a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

  • Empresas turísticas establecidas en Castilla y León, ya sean personas físicas o jurídicas privadas, titulares de establecimientos turísticos de alojamiento y de restauración, titulares de las agencias de viajes y de las actividades de turismo activo.
  • Agrupaciones de empresas turísticas, ya sean personas físicas o jurídicas privadas o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que puedan llevar a cabo los proyectos y de las cuales al menos una esté establecida Castilla y León.
  • Comunidades de bienes siempre que puedan llevar a cabo las actuaciones previstas, cuando al menos uno de los miembros esté establecido en Castilla y León.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Los establecimientos, agencias de viaje o empresas de turismo activo deben estar inscritas en el Registro de Turismo de Castilla y León, al menos 12 MESES ANTES a la fecha de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León.

¿Para qué es la ayuda?:

Las actuaciones que resulten subvencionadas se deberán ejecutar en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de julio de 2023.

Descarga del documento tipo PDF Actividades y Gastos Subvencionables. Abre una nueva ventana Actividades y Gastos Subvencionables (115 kbytes)

Cuantía:

  • La cuantía de las subvenciones se determinará de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias previstas, pudiendo alcanzar hasta el 75% de la inversión aprobada por la Administración.
  • La cuantía se calculará detrayendo de la inversión presentada los gastos no subvencionables, teniendo en cuenta la existencia de un límite máximo de inversión aprobada de 50.000 € (IVA excluido).
  • El importe de la subvención, con el límite del 75% de la inversión aprobada, será proporcional a la puntuación obtenida, sin que en ningún caso pueda ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras, supere el coste de la actividad.
  • No serán subvencionables las actuaciones para las que el importe de la subvención a conceder sea inferior a 3.000 € o el importe de la inversión aprobada sea inferior a 9.000 €.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud, en modelo normalizado, una única solicitud por cada solicitante que incluirá una única actuación subvencionable, en la que se incluirá declaración responsable del interesado relativa a diferentes extremos.

Los interesados deberán cursar sus solicitudes, junto con  la documentación que se digitalizará y aportará como archivos anexos a la solicitud:

Descarga del documento tipo PDF Documentación a presentar. Abre una nueva ventana Documentación a presentar (105 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Calidad, Innovación y Análisis Turístico

Órgano que resuelve:

Consejería de Cultura, Turismo y Deporte

Plazo de resolución:

El plazo máximo para dictar y publicar la resolución en el “Boletín Oficial de Castilla y León” será de 6 MESES, contados a partir del día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que haya dictado y publicado la resolución, los solicitantes podrán entender DESESTIMADA su solicitud, por silencio administrativo.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI
  • Recursos:

    • Contencioso-administrativo
    • Reposición

    Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

    Información adicional:

    Modificación de la resolución de concesión

    • Una vez notificada la resolución de concesión, el beneficiario podrá solicitar las modificaciones de su contenido en las siguientes circunstancias, y siempre que estando debidamente justificadas, no alteraren el objeto y la finalidad de la subvención, no supongan aumento de la subvención concedida, ni perjudique derechos de terceros:
      a) Cambios de denominación o de las circunstancias societarias, con o sin cambio de titularidad.
      b) Modificaciones de los plazos para la ejecución de la actuación o de las condiciones particulares impuestas en la concesión. En el caso de modificación del plazo de ejecución la solicitud deberá realizarse con anterioridad al 14 de julio de 2023.
      c) Modificaciones de los diversos costes o gastos subvencionables siempre que no altere el objeto.
    • No se aceptarán aquellas modificaciones que supongan una alteración sustancial del proyecto aprobado o supongan un incremento de la cuantía de la subvención

    Justificación

    • La justificación de las actuaciones objeto de subvención deberá producirse hasta el día 15 de septiembre de 2023, inclusive.

     Calificación tributaria de la subvención

    • Las subvenciones convocadas estarán sujetas, según corresponda, al Impuesto de Sociedades o al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

    Más información en la Dirección General de Turismo y en las Secciones de Turismo de los Servicios Territoriales de Cultura, Turismo y Deporte de las diferentes provincias.

    Resolución. Beneficiarios:

    ORDEN CYT/941/2023, de 21 de julio, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones destinadas a financiar actuaciones dirigidas a fomentar la calidad del sector turístico de Castilla y León. (BOCyL 31-07-2023)

    Descarga del documento tipo PDF Orden CYT/941/2023, de 21 de julio (BOCyL 31-07-2023). Abre una nueva ventana Orden CYT/941/2023, de 21 de julio (BOCyL 31-07-2023) (1.787 kbytes)

    Protección de los datos de carácter personal:

    Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (119 kbytes)

    Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

    1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
    2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
      1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
      2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
      3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
    3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
    4. Descargar justificante de presentación.