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Becas y Ayudas para trabajadores desempleados que participen en formación de oferta (oferta formativa prevista en la Orden EFP/942/2022) (2023)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 3404
  • SIA: 2965290
  • BDNS (Identificador): 668772

Fecha de publicación:

5 de enero de 2023

Objeto:

Convocar, en régimen de concesión directa, becas y ayudas de transporte, manutención, alojamiento y conciliación a que tengan derecho los trabajadores desempleados que participen en las acciones formativas asociadas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

  1. Becas para las personas desempleadas con discapacidadpersonas desempleadas víctimas de violencia en el ámbito familiar y mujeres víctimas de violencia género.
  2. Ayuda por transporte público y ayuda por transporte en vehículo propio.
  3. Ayuda de manutención.
  4. Ayuda por alojamiento y manutención.
  5. Ayudas a la conciliación: tiene por objeto permitir a las personas desempleadas conciliar su asistencia a la formación con el cuidado de hijos menores de 12 años o de familiares dependientes hasta el segundo grado.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Las solicitudes se presentarán en el plazo de diez días computado desde el día siguiente al de la finalización de la acción formativa o la baja justificada del alumno en la misma.

Si el alumno participa en más de una acción formativa del mismo plan o programa formativo podrá optar por presentar la solicitud de beca o ayuda en el plazo de un diez días computado desde el día siguiente al de la finalización de la última acción formativa en que haya participado o se haya producido la baja justificada del alumno en la misma.

Lugar y Forma de presentación:

Presencial:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

Trabajadores desempleados que participen en las acciones formativas asociadas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

¿Qué requisitos debo cumplir?

  • Tendrán la condición de personas trabajadoras desempleadas aquellas inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León en el día de su incorporación a la acción formativa; en caso contrario no se tendrá derecho a las becas y ayudas.
  • De igual forma, se interrumpirá el derecho a la percepción de la beca o ayuda si el trabajador deja de tener la condición de desempleado.

En el caso de la «Ayuda a la conciliación» las personas que quieran acogerse  deberán cumplir las siguientes condiciones en el día de su incorporación a la acción formativa:

  • a) Carecer de rentas de cualquier clase superiores al 75% del «Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples» (IPREM). Se entenderá cumplido este requisito siempre que la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad familiar, incluido el solicitante, dividida por el número de miembros que la componen no supere el 75 por ciento del IPREM. A estos efectos, computará como renta el importe de los salarios sociales, las rentas mínimas de inserción o las ayudas análogas de asistencia social concedidas por las Comunidades Autónomas.
  • b) Tener hijo/a/s y/o personas acogidas menor/es de 12 años o, en su caso, la dependencia del familiar hasta el segundo grado. En el supuesto de que el sujeto causante de la ayuda sea un familiar dependiente hasta el segundo grado, este se entenderá incluido en la unidad familiar para el cómputo de rentas.
  • En ningún caso podrán percibir esta ayuda más de una persona por el mismo hijos/as menores y/o personas acogidas menores de 12 años o por el mismo familiar dependiente hasta el segundo grado.

Cuantía:

Las cuantías y tipos de ayuda a percibir por cada beneficiario, previa comprobación del cumplimiento de requisitos exigidos en convocatoria, serán los siguientes:

Descarga del documento tipo PDF Cuantía. Abre una nueva ventana Cuantía (95 kbytes)

¿Qué documentos necesito?

La solicitud de becas y ayudas se cumplimentará en el modelo normalizado Anexo I. Adicionalmente, el modelo de solicitud estará disponible para el alumno a través del centro o entidad de formación donde se desarrolle la acción formativa. La entidad o centro de formación está obligada a proporcionar al alumno tanto el modelo de solicitud como la información suficiente y necesaria que facilite su cumplimentación.

La presentación de la solicitud implica la autorización al Servicio Público de Empleo de Castilla y León para poder recabar los documentos y datos necesarios. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente dicha autorización, debiendo entonces aportar la documentación que contenga dichos datos.

Descarga del documento tipo PDF Documentación a presentar. Abre una nueva ventana Documentación a presentar (99 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Órgano que resuelve:

Gerencias Provinciales ECYL

Plazo de resolución:

El plazo de resolución y notificación será de 6 MESES, a contar desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación. Transcurrido el mismo sin haberse notificado resolución expresa podrá entenderse DESESTIMADA la solicitud presentada.

Notificaciones:

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efectos de notificaciones.
  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI .

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Compatibilidad

  • Las becas y ayudas son incompatibles con otras becas o ayudas concedidas para la misma finalidad, por cualquier órgano de la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, o cualquier otra Administración nacional o comunitaria. A estos efectos, el solicitante deberá cumplimentar la declaración responsable establecida en este sentido en el modelo normalizado que se recoge en el Anexo I.
Justificación y pago
  • El beneficiario deberá presentar la documentación relativa a justificación de cada una de las becas y ayudas, conjuntamente con la solicitud debiendo aportar los soportes documentales que justifiquen los gastos y el certificado de la entidad que imparta la acción formativa relativo a los días que ha asistido el alumno  a la acción formativa, según modelo normalizado Anexo II.

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (762 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

Tramitación electrónica

Descargar formularios y anexos