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Subvenciones a municipios con más de 5.000 habitantes y Diputaciones Provinciales mediante la realización de obras y servicios de interés general y social por parte de desempleados menores de 35 años (JOVEL 2022)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2594
  • SIA: 1813895
  • BDNS (Identificador): 652256

Fecha de publicación:

7 de octubre de 2022

Objeto:

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones a municipios con más de 5.000 habitantes y a las Diputaciones Provinciales o sus organismos autónomos dependientes, dentro del ámbito territorial de Castilla y León, como apoyo a la contratación de desempleados menores de 35 años, para la mejora de la ocupabilidad y la inserción laboral, en el marco de los programas de activación para el empleo, mediante la realización de obras y servicios de interés general y social.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 8 de octubre de 2022 hasta el 24 de octubre de 2022

Más Detalles:

Las solicitudes se presentarán en el plazo de 15 DÍAS NATURALES, computados desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

  • Municipios con más de 5.000 habitantes, así como las Diputaciones Provinciales o sus organismos autónomos dependientes, de la Comunidad de Castilla y León, que lo soliciten y cumplan los requisitos.
  • Serán destinatarios de la contratación los desempleados inscritos como demandantes de empleo no ocupados en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, menores de 35 años en la fecha de alta en la Seguridad Social.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Requisitos de las contrataciones:

  • Contratar temporalmente a personas desempleadas menores de 35 años, para la mejora de la ocupabilidad y la inserción laboral en el marco de los programas de activación para el empleo, mediante la realización de obras y servicios de interés general y social.
  • Las contrataciones deberán formalizarse y ser dadas de alta en la Seguridad Social antes del 31 de diciembre de 2022.
  • La preselección de las personas candidatas, la realizará la Oficina de Empleo que le corresponda a la entidad beneficiaria, mediante la presentación de la correspondiente oferta de empleo teniendo en cuenta los criterios recogidos en la convocatoria.
  • La selección final de los trabajadores, entre las personas candidatas enviadas por la Oficina de Empleo, la realizará la entidad beneficiaria de acuerdo con las normas de selección de personal que les sean de aplicación, siendo los responsables últimos de verificar que los candidatos seleccionados cumplen con todos los requisitos establecidos.
  • Los contratos se formalizarán por escrito y en la modalidad de contratos para la mejora de la ocupabilidad y la inserción laboral en el marco de los programas de activación para el empleo. Se efectuarán por 180 días y a jornada completa. La contratación por un periodo inferior a 120 días dará lugar a la cancelación total de la financiación por ese contrato.
  • Los contratos deberán ser comunicados a la Oficina del Servicio Público de Empleo de Castilla y León correspondiente. Una vez formalizados los contratos, deberán comunicar el inicio de la obra o servicio, así como las personas contratadas, conforme al modelo normalizado
  • Si antes de finalizar dicho período se extinguiera el contrato, se podrá contratar a otra persona trabajadora que cumpla los mismos requisitos exigidos para el trabajador inicial, por el período que, sumado al del anterior contrato, complete como mínimo el período subvencionado. En la contratación de la nueva persona desempleada se deberá seguir el orden de los candidatos enviados en el proceso de selección. De no existir candidatos, se realizará una nueva oferta en la Oficina de Empleo que le corresponda a la entidad beneficiaria.
  • Cuando el contrato se suspenda debido a situaciones de incapacidad temporal, maternidad, adopción o acogimiento, riesgo en el embarazo y demás situaciones que den derecho a reserva del puesto de trabajo, la entidad deberá comunicar dicha incidencia al Servicio Público de Empleo de Castilla y León, en el plazo de un mes desde la producción del hecho que da lugar a la suspensión del contrato, a través del modelo de aportación documental e incidencias. En estos supuestos, la entidad podrá formalizar un contrato con otro trabajador que cumpla con los requisitos exigidos durante el tiempo que dure dicha situación, siguiendo el orden de reserva del proceso de selección. En ningún caso conllevará mayor importe de subvención. De no existir candidatos, se realizará una nueva oferta en la Oficina de Empleo que le corresponda a la entidad beneficiaria.

¿Para qué es la ayuda?:

Serán subvencionables los costes salariales y Seguridad Social por todos los conceptos derivados de los contratos que se suscriban para la mejora de la ocupabilidad y la inserción laboral en el marco de los programas de activación para el empleo, con las personas trabajadoras menores de 35 años desempleadas e inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, para la realización de obras y servicios de interés general y social.

Se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del período de justificación, debiéndose acreditar el pago efectivo de todos los gastos realizados, excepto los gastos de Seguridad Social e IRPF en aquellos supuestos en los que la fecha de liquidación sea posterior a la fecha límite de justificación. En dichos supuestos, la entidad beneficiaria está obligada a presentar el justificante de pago de estos conceptos en el plazo de los diez días siguientes a la fecha de liquidación de los mismos.

Ayuntamientos de más de 5.000 y menos de 20.000 habitantes: serán subvencionables un máximo de 3 contratos a jornada completa por entidad solicitante.

Ayuntamientos de más de 20.000 habitantes y Diputaciones Provinciales u organismos autónomos dependientes, serán subvencionables un máximo de 5 contratos a jornada completa por entidad solicitante.

Con independencia de la duración de las obras y servicios de interés general y social, será subvencionable el periodo de contratación comprendido entre el 16 de septiembre de 2022 y el 30 de junio de 2023. Las contrataciones deberán formalizarse y ser dadas de alta en la Seguridad Social antes del 31 de diciembre de 2022.

Cuantía:

  • Por cada persona trabajadora contratada en los Grupos de Cotización a la Seguridad Social 1 y 2, ambos inclusive: 16.625 euros/180 días, a jornada completa.
  • Por cada persona trabajadora contratada en los Grupos de Cotización a la Seguridad Social 3 al 7, ambos inclusive: 13.300 euros/180 días, a jornada completa.
  • Por cada persona trabajadora contratada en los Grupos de Cotización a la Seguridad Social 8 al 11, ambos inclusive: 9.975 euros/180 días, a jornada completa.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado, únicamente se admitirá UNA por entidad, en el caso que una entidad presente más de una solicitud, se tendrá en cuenta para su valoración la última presentada.

Las entidades deberán cursar sus solicitudes, acompañadas de los Anexos correspondientes, y que se referirán a la certificación del titular de la Secretaría y a la relación de trabajadores que tengan la condición de discapacitados en la fecha de la solicitud de la subvención.

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio Fomento del Empleo en el Ámbito Local

Órgano que resuelve:

Servicio Público de Empleo de Castilla y León (ECyL)

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de 3 MESES contados desde el día siguiente a la finalización del plazo para la presentación de solicitudes, transcurrido el cual sin haberse dictado y notificado resolución expresa se entenderá DESESTIMADAS por silencio administrativo.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI .

Recursos:

  • Reposición
  • Contencioso-administrativo

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Justificación
  • La entidad beneficiaria, en el plazo de 2 meses computado desde la finalización de las contrataciones, y en todo caso como máximo el 31 de agosto de 2023, presentará la justificación del cumplimiento de las actuaciones subvencionadas y de los gastos realizados.

Resolución. Beneficiarios:

RESOLUCIÓN DEL PRESIDENTE DEL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEÓN, POR LA QUE SE RESUELVE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES, DESTINADAS A LA CONTRATACIÓN DE MENORES DE 35 AÑOS POR AYUNTAMIENTOS DE MÁS DE 5.OOO HABITANTES Y DIPUTACIONES PROVINCIALES O SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS DEL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN, PARA LA REALIZACIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS DE INTERÉS GENERAL Y SOCIAL (JOVEL 2022)

Descarga del documento tipo PDF Resolución de concesión. Abre una nueva ventana Resolución de concesión (1.187 kbytes)

Protección de los datos de carácter personal:

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Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.