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Subvenciones del programa de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y a la redacción de proyectos de rehabilitación (Año 2022)

Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea - Next Generation EU (PRTR-NG)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 3337
  • SIA: 2898220
  • BDNS (Identificador): 644294, 644295, 644296

Fecha de publicación:

16 de septiembre de 2022

Objeto:

Convocar subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a financiar la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos técnicos de rehabilitación integral de edificios (proyectos técnicos de rehabilitación), con la finalidad de contribuir al cumplimiento de los objetivos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en el ámbito de la rehabilitación residencial contribuyendo a alcanzar las metas establecidas a lo largo del periodo de aplicación del plan

Esta convocatoria se efectúa de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, procediendo su financiación de los fondos Next Generation EU (PRTR-NG).

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

El plazo de presentación de solicitudes comienza a partir del día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León» del extracto de la Orden de convocatoria, y concluirá el 31 de octubre de 2025, momento a partir del cual no serán admitidas más solicitudes, excepto que, con anterioridad, se hubiera agotado el crédito presupuestario, lo que será objeto de publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León», y en la página web de la Junta de Castilla y León mediante resolución dictada por el Consejero de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio.

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico (preferente):

Presencial:

¿Quién lo puede solicitar?

  • Se entiende por beneficiarios, de entre los destinatarios últimos de las ayudas previstos en el artículo 51 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, los siguientes:
  • a) Las personas físicas propietarias o usufructuarias de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila y las de edificios existentes de tipología residencial de vivienda colectiva, así como de sus viviendas.
  • b) Las personas jurídicas de naturaleza privada propietarias de los edificios.
  • c) Las corporaciones locales propietarias de los inmuebles.
  • d) Las comunidades de propietarios, o las agrupaciones de comunidades de propietarios constituidas conforme a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal.
  • e) Los propietarios que, de forma agrupada, sean propietarios de edificios que reúnan los requisitos establecidos por el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal.
  • f) Las sociedades cooperativas que se ajusten a lo previsto en el apartado 1.f) del Ordinal Cuarto de la Orden de convocatoria.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Los edificios de las actuaciones subvencionables deberán cumplir los siguientes requisitos:

  1. Estar situados en el territorio de la Comunidad de Castilla y León y finalizados antes del año 2000.
  2. Que al menos el 50 % de su superficie construida sobre rasante, excluida la planta baja o plantas inferiores si tiene o tienen otros usos compatibles, tenga uso residencial de vivienda.

¿Para qué es la ayuda?:

Son actuaciones subvencionables:

- La elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación.

- La redacción de proyectos técnicos de rehabilitación.

Cuantía:

Descarga del documento tipo PDF Cuantía. Abre una nueva ventana Cuantía (92 kbytes)

¿Qué documentos necesito?

Las solicitudes se presentarán conforme al modelo normalizado, y se acompañarán de la documentación correspondiente.

Se presentará una solicitud por cada edificio. En el caso de que una misma comunidad de propietarios lo sea de propietarios de distintos portales o bloques, que tengan instalaciones energéticas comunes, podrán presentar una solicitud conjunta.

Se podrá solicitar simultáneamente la ayuda para la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y para la redacción del proyecto técnico de rehabilitación.

Descarga del documento tipo PDF Documentación a presentar. Abre una nueva ventana Documentación a presentar (76 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Arquitectura

Órgano que resuelve:

Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de 3 MESES, contados desde la fecha de presentación de la solicitud completa, considerada ésta en los términos expresados en la convocatoria. El vencimiento de dicho plazo sin que se hubiera notificado la resolución correspondiente implicará que la persona solicitante pueda entender DESESTIMADA su solicitud.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI .
  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efectos de notificaciones.

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Formularios de tramitación electrónica. Opciones de cumplimentación y de presentación

Los formularios de tramitación electrónica permiten su cumplimentación, revisión y modificación.

Asimismo, permiten su presentación electrónica con certificado electrónico y, además, permiten generar un pdf para imprimir y presentar en soporte papel por registro.

A estos efectos:

En los formularios Web, una vez cumplimentados los datos, al pulsar el botón Revisar aparece una pantalla con todos los datos y al final 3 botones:

  1. Editar: permite modificar los datos introducidos
  2. PDF: permite generar un PDF para imprimir y presentar en soporte papel por registro,
  3. Presentar: permite realizar la presentación electrónica, con certificado electrónico.

Plazo y forma de justificación

  • La justificación de la ayuda a la elaboración del libro del edificio existente y del proyecto técnico de rehabilitación cuando se presente con la correspondiente solicitud se entenderá efectuada con la presentación de la documentación necesaria para su concesión.
  • La justificación de la ayuda a la elaboración del proyecto técnico de rehabilitación cuando se hubiera presentado junto con la solicitud la memoria justificativa, se realizará ante el órgano instructor en un plazo máximo de tres meses a contar desde el día siguiente al de la notificación de la resolución de concesión de la ayuda.
  • No se prorrogará el plazo de presentación de la justificación.

Compatibilidad

  • Las subvenciones serán compatibles con cualesquiera otras ayudas públicas para el mismo objeto, siempre que no se supere el coste total de las actuaciones y siempre que la regulación de las otras ayudas ya sean de ámbito nacional o europeo lo admitan, siendo de aplicación lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento que regula el MRR, que establece que la ayuda concedida en el marco del Mecanismo se sumará a la proporcionada con arreglo a otros programas e instrumentos de la Unión, precisando que las reformas y los proyectos de inversión podrán recibir ayuda de otros programas e instrumentos de la Unión siempre que dicha ayuda no cubra el mismo coste, evitando la doble financiación entre programas del MRR, así como con otros instrumentos de la Unión.
  • En concreto las subvenciones concedidas en esta convocatoria serán compatibles con las ayudas reguladas en los programas de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio y a nivel de edificios y en el programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas, previstos en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre.

Información

  • Correo electrónico: informacion012@jcyl.es
  • Teléfono de Información: 012 (983327850)

Obligaciones de información, comunicación y publicidad en el marco del PRTR-NG

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (74 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

Financiado por la UE, Next Generation EU, dentro del plan PRTR-NG