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Subvenciones para la adquisición de pastores eléctricos y otros dispositivos dedicados a prevenir los daños y perjuicios ocasionados por el oso pardo (2022)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2604
  • SIA: 1253477
  • BDNS (Identificador): 640086

Fecha de publicación:

25 de julio de 2022

Objeto:

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones destinadas a la adquisición de pastores eléctricos, ahuyentadores, repelentes automáticos de activación por movimiento y/o dispositivos de apertura automática como medida de protección frente a los daños que el oso pardo pudiera ocasionar en los asentamientos colmeneros, huertos, formaciones de frutales, comederos de pienso y balas de forraje ensilado de explotaciones agrarias en la comunidad de Castilla y León, que tienen como finalidad la protección del oso pardo y el fomento de la coexistencia de la especie y las actividades agroganaderas que se desarrollan en su zona de presencia habitual. Este fin se logrará a través de la minimización de los daños que la especie pudiera ocasionar sobre los bienes generados por las citadas actividades, y evitará al mismo tiempo comportamientos de habituación de osos pardos ante recursos tróficos de carácter antrópico, eliminando los posibles conflictos de intereses que pudieran surgir.

Por otra parte, se evitarán agravios comparativos en términos de inversión entre los titulares cuya actividad ha sufrido daños efectivos por la especie y los que aun no habiendo sufrido daños, se ubiquen en la zona de presencia habitual de oso pardo.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 26 de julio de 2022 hasta el 25 de agosto de 2022

Más Detalles:

La solicitud de ayuda se podrá presentar en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial de Castilla y León»

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Presencial (solamente personas físicas):

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

Personas físicas o jurídicas de derecho privado legalmente constituidas, así como las comunidades de bienes, que cumplan los requisitos.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Ser propietarios o usufructuarios de asentamientos colmeneros, balas de forraje ensilado o comederos de pienso asociados a explotaciones agrarias, huertos y formaciones de frutales.

¿Para qué es la ayuda?:

Se considera gasto subvencionable el coste de adquisición de pastores eléctricos para su instalación en asentamientos colmeneros, huertos, formaciones de frutales, comederos de pienso y balas de forraje ensilado, como medida de protección frente a los daños que el oso pardo les pudiera ocasionar.

En el caso de comederos de pienso, huertos, formaciones de frutales y balas de forraje ensilado cuya disposición o localización dificulte la colocación de pastores eléctricos para su protección, también será subvencionable el coste de adquisición de equipos de ahuyentadores, repelentes automáticos de activación por movimiento y/o dispositivos de apertura automática para comederos de pienso.

No se considera actuación subvencionable la instalación de los equipos ni el servicio de mantenimiento de los mismos.

Cuantía:

  • La cuantía de la subvención será del 80% del coste de adquisición de cada equipo incluido en los tipos 1 y 2, con un límite máximo de 360,00 €.
  • La cuantía de la subvención será del 80% del coste de adquisición de cada equipo incluido en el tipo 3, con un límite máximo de 160,00 €.
  • Los tributos son gasto subvencionable cuando el beneficiario los abona efectivamente. En ningún caso serán gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación, ni los impuestos personales sobre la renta.

Descarga del documento tipo PDF Tipologías y características mínimas de los equipos. Abre una nueva ventana Tipologías y características mínimas de los equipos (90 kbytes)

¿Qué documentos necesito?

Solicitud, en modelo normalizado, dirigidas al Servicio Territorial de Medio Ambiente de la provincia donde se pretendan instalar los dispositivos a subvencionar. En el caso de que estos se pretendan ubicar en más de una provincia, la solicitud se dirigirá al Servicio Territorial donde se solicite la mayor cuantía de importe a subvencionar.

En caso de detectarse la existencia de más de una solicitud por un mismo interesado, se considerará válida la que se hubiera presentado en último lugar, inadmitiéndose las restantes solicitudes.

La solicitud irá acompañada de la siguiente documentación:

Descarga del documento tipo PDF Documentación a presentar. Abre una nueva ventana Documentación a presentar (90 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio Territorial de Medio Ambiente

Órgano que resuelve:

Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver y publicar la resolución de concesión será de 6 MESES, a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo para la presentación de las solicitudes. El vencimiento de dicho plazo sin que se hubiera notificado resolución expresa implicará que el solicitante pueda entender DESESTIMADA su solicitud, a los efectos de poder interponer los recursos administrativo o contencioso administrativo.

Notificaciones:

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dichos aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de las actuaciones administrativas.

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

PLAZO DE JUSTIFICACIÓN

  • El plazo máximo para presentar la documentación justificativa será de 30 días naturales desde la notificación de la resolución de concesión.

COMPATIBILIDAD

  • Las ayudas reguladas por esta orden son incompatibles con otras subvenciones o ingresos otorgadas para la misma finalidad u objeto por cualesquiera otras Administraciones Públicas u otros entes públicos o privados, autonómicos, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, así como con aquellas otras declaradas incompatibles de acuerdo con la normativa de la Unión Europea. Además, no podrán obtenerse dos subvenciones por idénticos conceptos con cargo a la misma convocatoria.

Resolución. Beneficiarios:

ORDEN MAV/1615/2022, de 21 de noviembre, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones destinadas a la adquisición de pastores eléctricos y otros dispositivos dedicados a prevenir los daños y perjuicios ocasionados por el oso pardo en la Comunidad de Castilla y León. (BOCyL 28-11-2022)

Descarga del documento tipo PDF Orden MAV/1615/2022, de 21 de noviembre (BOCyL 28-11-2022). Abre una nueva ventana Orden MAV/1615/2022, de 21 de noviembre (BOCyL 28-11-2022) (2.513 kbytes)

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (54 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.