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Subvenciones en las áreas de influencia socioeconómica del parque nacional de los Picos de Europa y del parque nacional de la Sierra de Guadarrama (2022)

Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea - Next Generation EU (PRTR-NG)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 3279
  • SIA: 2893992
  • BDNS (Identificador): 630523

Fecha de publicación:

6 de junio de 2022

Objeto:

Convocar para el año 2022, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones con la finalidad financiar actuaciones en las áreas de influencia socioeconómica de los parques nacionales que impulsen el empleo, la economía verde y el emprendimiento vinculado a nuevas actividades sostenibles ligadas a la dinamización del entorno de los parques nacionales y la integración de usos y actividades locales, siempre en relación con iniciativas vinculadas a la conservación de la biodiversidad, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea - Next Generation EU (PRTR-NG).

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 7 de junio de 2022 hasta el 1 de septiembre de 2022

Más Detalles:

Plazo ampliado por Orden MAV/950/2022, de 26 de julio (EXTRACTO publicado en BOCyL 29-07-2022).

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Presencial:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

  • Podrán obtener la condición de beneficiario las siguientes entidades que cumplan los requisitos:
  • A. Entidades locales.
  • B. Entidades empresariales.
  • C. Cuando no residan en dichas áreas, pero vengan realizando en el interior de los citados parques, actividades productivas de carácter artesanal ligadas al sector primario, siempre que las actividades esten regladas en los instrumentos de planificación.
  • D. Instituciones sin fines de lucro.

¿Qué requisitos debo cumplir?

a. Entidades locales

1.º Los Ayuntamientos de los municipios situados en el área de influencia socioeconómica del parque nacional de los Picos de Europa o del parque nacional de la Sierra de Guadarrama, en el ámbito de Castilla y León.

2.º Las entidades locales menores pertenecientes a dichos Ayuntamientos.

3.º Las entidades de carácter supramunicipal de las que formen parte uno o varios de dichos ayuntamientos y hayan sido creadas por la Comunidad de Castilla y León en el ejercicio de sus competencias en materia de régimen local.

b. Entidades empresariales

1.º Las entidades empresariales que tengan la consideración de pequeñas y medianas empresas, con sede social radicada en el área de influencia socioeconómica de los citados parques nacionales en el ámbito de Castilla y León, y cuya actividad principal se desarrolle en ellas.

2.º Los empresarios autónomos en los siguientes supuestos:

1.º Cuando su residencia y actividad se localice en el área de influencia socioeconómica de los citados parques nacionales, en el ámbito de Castilla y León.

2.º Cuando residan en el área de influencia socioeconómica de los citados parques nacionales, en el ámbito de Castilla y León, y pretendan implantar su actividad en ella.

3.º Cuando no residan en dichas áreas de influencia socioeconómica, pero vengan realizando en el interior de los citados parques nacionales, en el ámbito de Castilla y León, actividades productivas de carácter artesanal ligadas al sector primario, siempre que tales actividades hayan sido específicamente regladas en los instrumentos de planificación de dichos parques.

c. Personas físicas residentes en el área de influencia socioeconómica del parque nacional de los Picos de Europa o del parque nacional de la Sierra de Guadarrama, en el ámbito de Castilla y León.

d. Instituciones sin fines de lucro:

1.º Las fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro legalmente constituidas y cuya sede social, o la de alguna de sus secciones o delegaciones, radique en el área de influencia socioeconómica del parque nacional, siempre y cuando entre sus fines estatutarios figure expresamente la realización de actuaciones en materia de conservación o uso sostenible de los recursos naturales, de protección del patrimonio histórico artístico o de promoción de la cultura tradicional.

2.º Las asociaciones de municipios incluidos dentro del área socioeconómica de los citados parques nacionales, en el ámbito de Castilla y León, constituidas para la promoción de actividades de desarrollo sostenible.

¿Para qué es la ayuda?:

Podrán ser objeto de subvención las siguientes iniciativas realizadas en el área de influencia socioeconómica del parque nacional de la Sierra de Guadarrama y del parque nacional de los Picos de Europa, en el ámbito de Castilla y León:

Descarga del documento tipo PDF Actuaciones y gastos subvencionables. Abre una nueva ventana Actuaciones y gastos subvencionables (107 kbytes)

Cuantía:

  • La cuantía máxima de cada proyecto será la siguiente:
  • a. Entidades locales: 300.000 euros.
  • b. Entidades empresariales: 20.000 euros.
  • c. Personas físicas e instituciones sin fines de lucro: 30.000 euros.
  • Entidades locales, cada solicitud deberá incluir al menos un proyecto que contribuya al logro del indicador de cumplimiento C4.I2 consistente en alcanzar, al menos, 50.000 hectáreas cubiertas por actuaciones efectivas de conservación de la biodiversidad.
  • Además, en los proyectos indicados en el punto anterior, la entidad solicitante deberá incorporar actuaciones de carácter superficial, con una superficie mínima de 20 ha, que permitan su cumplimiento.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado, presentada en su propio nombre o por medio de representante, dirigida al Consejero de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, y acompañada de la siguiente documentación:

Descarga del documento tipo PDF Documentación a presentar. Abre una nueva ventana Documentación a presentar (115 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Espacios Naturales, Flora y Fauna

Órgano que resuelve:

Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de 6 MESES, a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo para la presentación de las solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera dictado y notificado resolución expresa, el solicitante podrá entender DESESTIMADA su solicitud.

Notificaciones:

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones   NOTI .

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Plazo de ejecución y justificación
  • Se establece como plazo máximo para ejecutar las acciones subvencionadas, comunicar su finalización y presentar la documentación justificativa, el 2 de junio de 2025, inclusive. (Ampliado por Orden MAV/296/2024, de 4 de abril -BOCyL 11-04-2024-)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

Descargas

Financiado por la UE, Next Generation EU, dentro del plan PRTR-NG