Códigos identificadores del procedimiento:
- IAPA: 3236
- SIA: 2892443
- BDNS (Identificador): 616713, 616725, 616736, 616741, 616755, 616765, 742347, 742353, 742357
Fecha de publicación:
20 de mayo de 2022
Objeto:
Convocar las subvenciones incluidas en los programas de incentivos ligados a la transformación de flotas de transporte de viajeros y mercancías de empresas privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera, así como de empresas que realicen transporte privado complementario, en el marco de la inversión 1 del Componente 1 (C1. l1) “Zonas de bajas emisiones y transformación del transporte urbano y metropolitano”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea - Next Generation EU (PRTR-NG). Son actuaciones subvencionables:
- Actividad 1: Achatarramiento.
- Actividad 2: Adquisición de vehículos de energías alternativas bajas en carbono.
- Actividad 3: «Retrofit» o modificación de la forma de propulsión de vehículos.
- Actividad 4: Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.
- Actividad 5: Adquisición de semirremolques para autopistas ferroviarias.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Las solicitudes se podrán presentar desde el día siguiente a la publicación del extracto, hasta la finalización del período de vigencia de los programas de incentivos, en el que no serán admitidas más solicitudes, esto es:
- ACTIVIDAD 4: Hasta el 31 de diciembre de 2023.
- ACTIVIDADES 1, 2, 3 y 5: Hasta el 30 de abril de 2024.
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico:
¿Quién lo puede solicitar?
Personas físicas o jurídicas con residencia fiscal en Castilla y León que, a la fecha de presentación de solicitudes, cumplan alguno de los requisitos.
¿Qué requisitos debo cumplir?
- Autorización de transporte público de mercancías habilitante para hacer transporte con vehículos o conjuntos de vehículos de más de 3,5 tn de masa máxima, identificada con la clave MDPE.
- Autorización de transporte público discrecional de viajeros en autobús, identificada con la clave VDE.
- Autorización de transporte privado complementario de mercancías habilitante para hacer transporte con vehículos o conjuntos de vehículos de más de 3,5 tn de masa máxima, identificada con la clave MPCE.
- Autorización de transporte privado complementario de viajeros en autobús con la clave VPCE.
- Autorización autonómica de transporte público de mercancías con clave MDLE, siempre que tengan adscritos a dicha autorización vehículos de más de 3,5 tn de masa máxima a fecha de aprobación del Real Decreto 983/2021, de 16 de noviembre.
Ser persona jurídica privada que preste el servicio público de transporte urbano en autobús y esté exenta de la obtención de alguna de las autorizaciones anteriores.
Cuantía:
Las cuantías de las ayudas se establecen en el Anexo I del RD 983/2021, de 16 de noviembre, modificado por la Orden TMA 138/2022, de 28 de febrero, para cada tipo de beneficiario último y tipología de actuación.
¿Qué documentos necesito?
Las solicitudes se formalizarán mediante la cumplimentación de los formularios habilitados en dicha sede electrónica, y la documentación adjunta se digitalizará y aportará como archivos anexos a la solicitud.
Documentación a presentar (719 kbytes)
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Dirección General de Transportes y Logística
Órgano que resuelve:
Consejería de Movilidad y Transformación Digital
Plazo de resolución:
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de 6 MESES contados desde la fecha de presentación de la solicitud. En caso de no haberse notificado la resolución en dicho plazo, se entenderá DESESTIMADA la solicitud, a los efectos de que se puedan interponer los recursos administrativo o contencioso administrativo procedentes.
Notificaciones:
- Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones
NOTI
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Recursos:
- Contencioso-administrativo
- Reposición
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Información adicional:
Carácter incentivador de las ayudas
- Dado el carácter incentivador de las ayudas, no serán subvencionables las actuaciones iniciadas con anterioridad a la fecha de registro de la solicitud de ayuda
Compatibilidad de las ayudas
- Las subvenciones objeto de esta convocatoria serán incompatibles con otras subvenciones o ayudas que pudieran concederse para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales o de organismos internacionales.
- En ningún caso podrán ser compatibles con las ayudas dirigidas a municipios en el marco del PRTR para la implantación de zonas de bajas emisiones y para la transformación digital y sostenible del transporte urbano ni con ninguna otra ayuda europea, en particular proveniente de fondos CEF y FEDER o de otros componentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
Procedimiento de concesión
- Las solicitudes serán atendidas por riguroso orden de presentación, siempre que estén debidamente cumplimentadas, hasta el agotamiento de los fondos.
- Se considerará agotado el presupuesto cuando se efectúe el registro de la última solicitud de ayuda que totalice el importe asignado a la Comunidad de Castilla y León. En caso de agotamiento del presupuesto asignado, y siempre que no hubiera expirado la vigencia de los programas, podrán seguir registrándose solicitudes en lista de reserva provisional, que serán atendidas por riguroso orden de entrada, supeditadas a que se produzcan desestimaciones o renuncias de las solicitudes de ayuda previas que pudieran liberar presupuesto o bien se incorpore nuevo presupuesto a la convocatoria.
- En ningún caso, la presentación de una solicitud a la lista de reserva provisional generará derecho alguno para la persona solicitante, hasta que no se valide la solicitud.
- De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 del Real Decreto 983/2021, de 16 de noviembre, no podrán otorgarse las ayudas previstas en esta convocatoria para la realización de la Actividad 5 (desarrollada en el anexo I del Real Decreto 983/2021 de 16 de noviembre), con carácter previo a la autorización por parte de la Comisión Europea.
Justificación
Protección de los datos de carácter personal:
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (93 kbytes)