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Sede Electrónica de Castilla y León
Sede Electrónica de Castilla y León
18 de mayo de 2022
Convocar, en régimen de concesión directa, subvenciones públicas destinadas a la financiación de acciones formativas de emprendimiento digital dirigidas a mujeres residentes en municipios de menos de 30.000 habitantes en la Comunidad de Castilla y León.
Serán destinatarias de estas ayudas mujeres desempleadas residentes en municipios de menos de 30.000 habitantes en la Comunidad de Castilla y León, que cumplan los requisitos de acceso a la correspondiente especialidad formativa. La consideración como mujer desempleada residente en municipio de menos de 30.000 habitantes de Castilla y León vendrá determinada por la situación en que se halle al inicio de la correspondiente acción formativa. A los efectos de las presentes bases se consideran desempleadas:
Desde el 19 de mayo de 2022 hasta el 30 de septiembre de 2022
Desde las 9:00h del día hábil siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en BOCYL, y hasta las 14:00 horas del día 30 de septiembre de 2022.
Entidades de formación, públicas y privadas, inscritas en el correspondiente registro habilitado por la Administración Pública competente y para las cuales la convocatoria prevea crédito adecuado y suficiente.
Las entidades beneficiarias, además de las obligaciones establecidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, deberán cumplir las obligaciones previstas en la base 4ª de la Orden EEI/1431/2021, de 29 de noviembre:
Obligaciones de los beneficiarios (106 kbytes)
La subvención tendrá una cuantía de 520,00 € por alumna.
Solicitud, en modelo normalizado.
Declaraciones responsables y documentación del resuelvo 9.3 de convocatoria.
En caso de oposición expresa para las verificaciones necesarias, documentación del resuelvo 9.5 de convocatoria.
El plazo de resolución y notificación será de 6 MESES contados desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación, transcurrido el cual sin que se haya dictado y notificado resolución, se entenderá DESESTIMADA por silencio administrativo negativo.
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (69 kbytes)