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Subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro, pertenecientes a la red de protección a las familias de Castilla y León afectadas por la crisis, para la realización de proyectos y actuaciones de protección y atención a la infancia (2022)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 1968
  • SIA: 1813624
  • BDNS (Identificador): 592569

Fecha de publicación:

5 de noviembre de 2021

Objeto:

Convocar subvenciones para los año 2022, en régimen de concurrencia competitiva, a favor de entidades privadas sin ánimo de lucro, adscritas a la Red de Protección a las Familias en situación de mayor vulnerabilidad de Castilla y León, para la realización de proyectos de preparación para la vida independiente de menores y jóvenes de hasta 21 años, que tengan o hayan tenido abierto expediente de protección o reforma o se encuentren en situación de riesgo de exclusión social, en la Comunidad de Castilla y León, con la finalidad de promover proyectos para favorecer la emancipación y la preparación para la vida independiente de los menores y jóvenes que tienen o han tenido expedientes de protección o reforma o se encuentran en situaciones de riesgo de exclusión social, con dificultades sociofamiliares y a través de actuaciones favorecedoras de su implicación e inserción sociolaboral, mejora de su empleabilidad, de sus aptitudes laborales y de su actitud hacia la propia integración sociofamiliar.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 6 de noviembre de 2021 hasta el 22 de noviembre de 2021

Más Detalles:

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 DÍAS NATURALES contados desde el siguiente al de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

  • Federaciones y las asociaciones o entidades del Tercer Sector de Acción Social que estén comprendidas en el concepto establecido en el artículo 2 de la Ley 43/2015, de 9 de octubre, y tengan entre sus fines la Protección y Atención a la Infancia.
  • Tendrán igualmente consideración de beneficiarias las entidades asociadas a federaciones, que se comprometan a efectuar la totalidad o parte de las actuaciones que fundamentan la concesión de la subvención, en nombre y por cuenta de esta.
  • Las entidades asociadas a la federación no podrán presentar a título individual otra solicitud independiente para la realización de un proyecto similar.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Las entidades beneficiarias, deberán reunir los siguientes requisitos, que deberán mantenerse hasta el momento de justificación de los gastos realizados con cargo al proyecto subvencionado:

  • a) Estar legalmente constituidas con, al menos, dos años de antelación a la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.
  • b) Estar inscritas en el Registro de Servicios Sociales, sector Infancia y Juventud, de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León y formar parte de la Red de apoyo a familias de Castilla y León afectadas por la crisis.
  • c) Desarrollar sus actividades de forma efectiva en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León.
  • d) Tener entre los fines que figuran en sus estatutos, aquéllos que se identifiquen con el objeto y finalidad de la subvención de acuerdo con lo previsto en las bases y en la convocatoria.
  • e) No tener deudas en período ejecutivo con la Comunidad de Castilla y León, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas.
  • f) Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, salvo que estuvieran exoneradas de acuerdo con la normativa aplicable, así como hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones de reintegro de subvenciones, impuestas por las disposiciones vigentes.
  • g) No encontrarse incursas en las causas de prohibición para obtener la condición de entidad beneficiaria establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • h) Cumplir con la normativa de protección de datos de carácter personal, adoptando e implementando las medidas de seguridad previstas por la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, desarrollada por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre. Las entidades beneficiarias establecerán las medidas organizativas y técnicas necesarias para garantizar la seguridad de los datos a los que acceda como consecuencia del proyecto.
  • i) Haber suscrito y tener en vigor un contrato de seguro de responsabilidad civil de la entidad.
  • j) Haber justificado, en su caso, las ayudas económicas recibidas con anterioridad de la Gerencia de Servicios Sociales.
  • k) Cumplir la normativa vigente sobre integración social de las personas con discapacidad.
  • l) Certificar que el personal de su entidad, así como el voluntariado de la misma, que realice actividades en las tenga contacto habitual con menores, cumple con el requisito previsto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996 y en el artículo 8.5 de la Ley 45/2015.

¿Para qué es la ayuda?:

Las actuaciones subvencionables han de estar enmarcadas dentro de alguna de las siguientes líneas programáticas:

- LÍNEA PROGRAMÁTICA 1: Preparación para la emancipación y la vida independiente de menores procedentes de los sistemas de protección y/o reforma de Castilla y León (NO SE CONVOCA ESTE AÑO).

- LÍNEA PROGRAMÁTICA 2: Formación e inserción sociolaboral, promoción del emprendimiento y la mentoría sociolaboral de adolescentes y jóvenes en riesgo de exclusión social.

- LÍNEA PROGRAMÁTICA 3: Recursos de alojamiento para la inserción sociolaboral de jóvenes en riesgo de exclusión social.

Los proyectos subvencionables habrán de ejecutarse durante el periodo comprendido entre 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022.

Descarga del documento tipo PDF Características de las actuaciones subvencionables. Abre una nueva ventana Características de las actuaciones subvencionables (102 kbytes)

Cuantía:

  • La cuantía anual concedida para cada proyecto será, como máximo, del 90% del coste total del proyecto, sin que en ningún caso aisladamente o en concurrencia con otras ayudas, subvenciones, ingresos o recursos pueda superar el coste total de la actuación.
  • Sin perjuicio de lo señalado en el apartado anterior, el importe máximo anual que se podrá conceder por cada proyecto subvencionable será de 100.000 € y el importe mínimo anual a conceder, en cada proyecto, será de 7.000 €.
  • La determinación de la cuantía exacta de la subvención correspondiente a cada beneficiario se realizará en función de la valoración obtenida según los criterios de valoración establecidos.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud, en modelo normalizado, acompañada de los siguientes documentos:

DE LA ENTIDAD:

  • Copia del CIF de la entidad solicitante.
  • Documentación acreditativa de la representación que ejerce la persona que solicita la subvención y copia del NIF (únicamente en el supuesto de que no autorice a la Gerencia de Servicios Sociales a obtener directamente y/o por medios electrónicos la comprobación de los datos de identidad personal).
  • Estatutos de la entidad o reglas fundacionales o escritura de constitución de la misma.
  • Copia del Seguro de responsabilidad civil, en relación con el programa.
  • Otra documentación complementaria (a detallar por la entidad).
  • En caso de aportar denegación expresa al órgano gestor de su consentimiento para obtener directamente o por medios telemáticos la comprobación de los datos, deberá aportar también:

    - Copia del DNI o NIE de la persona representante de la entidad.

    - Documentación que acredite el estar al corriente de las obligaciones tributarias, frente a la seguridad social, certificación de la exención del IVA, en su caso.

DEL PROGRAMA:

  • Documento según el Modelo (Anexo I).

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Órgano que resuelve:

Gerente de Servicios Sociales

Plazo de resolución:

El plazo de resolución y notificación será de 6 MESES, contados a partir del día siguiente a la finalización del plazo de presentación electrónica de solicitudes, con la posibilidad de ampliarlo en los términos previstos en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Las solicitudes sobre las que no haya recaído resolución expresa en los plazos señalados en el apartado anterior se entenderán DESESTIMADAS.

Notificaciones:

  • Notificación Electrónica: para darse de alta y/o recibir notificaciones hay que entrar en el  buzón electrónico del ciudadano, que se encuentra dentro de la  Ventanilla del Ciudadano.

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Plazo y forma de justificación

  • El plazo para presentar la documentación justificativa, sin perjuicio de la posibilidad de que se conceda un plazo adicional en los casos previstos, será hasta el 6 de febrero de 2023.
  • Si vencido el plazo de justificación no se hubiese presentado la correspondiente documentación, el órgano instructor requerirá al beneficiario a los efectos de su presentación en el plazo improrrogable de 15 DÍAS.
  • La falta de presentación de la justificación en este plazo, dará lugar a la iniciación del procedimiento para determinar el incumplimiento y, en su caso, el procedimiento de reintegro, con los correspondientes intereses de demora.

Compatibilidad

  • Las subvenciones concedidas serán incompatibles con las subvenciones directas que sean concedidas, desde la Gerencia de Servicios Sociales, a la misma entidad para estos mismos fines o similares, y respecto del mismo período de ejecución.
  • En los demás casos, ya sea a través de subvenciones de concurrencia de la propia Gerencia de Servicios Sociales o de financiaciones o ayudas de otras entidades, estas subvenciones serán compatibles con las otorgadas para la misma finalidad, siempre que no se supere el coste del proyecto subvencionado.

Resolución. Beneficiarios:

RESOLUCIÓN de 16 de febrero de 2022, de la Gerencia de Servicios Sociales, de CONCESIÓN DE SUBVENCIONES a entidades privadas sin ánimo de lucro pertenecientes a la red de protección a las familias en situación de mayor vulnerabilidad de castilla y león para la realización de actuaciones de protección y atención a la infancia, dirigidas a menores y jóvenes que tengan o hayan tenido expediente de protección o reforma, o se encuentren en situaciones de riesgo de exclusión social en la comunidad de castilla y león, para el año 2022 (Publicado 24-02-2022)

Descarga del documento tipo PDF Resolución de CONCESIÓN de subvenciones año 2022. Abre una nueva ventana Resolución de CONCESIÓN de subvenciones año 2022 (336 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

Tramitación electrónica