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Subvenciones para la contratación por Entidades Locales, de jóvenes para la realización de obras y servicios de interés general y social (JOVEL) 2021

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2594
  • SIA: 1813895
  • BDNS (Identificador): 571889

Fecha de publicación:

2 de julio de 2021

Objeto:

Convocar en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones con la finalidad de fomentar la contratación temporal de trabajadores desempleados jóvenes menores de 35 años, por parte de los Ayuntamientos de más de 5.000 habitantes y de las Diputaciones Provinciales o de sus Organismos Autónomos dependientes de la Comunidad de Castilla y León, para la realización de obras y servicios de interés general y social.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 3 de julio de 2021 hasta el 23 de julio de 2021

Más Detalles:

Las solicitudes se presentarán en el plazo de 15 DÍAS HÁBILES, computados desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

  • Ayuntamientos de municipios más de 5.000 habitantes y las Diputaciones Provinciales de la Comunidad de Castilla y León, o de sus Organismos Autónomos dependientes, que contraten temporalmente a jóvenes menores de 35 años, y cumplan los requisitos.
  • Serán destinatarios de la contratación los desempleados inscritos como demandantes de empleo no ocupados en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, menores de 35 años en la fecha de alta en la Seguridad Social.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Requisitos de las contrataciones:

  • Los Ayuntamientos de municipios y las Diputaciones Provinciales beneficiarios deberán contratar desempleados inscritos como demandantes de empleo no ocupados en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, menores de 35 años en la fecha de alta en la Seguridad Social.
  • Las contrataciones deberán formalizarse y ser dadas de alta en la Seguridad Social antes del 30 de septiembre de 2021.
  • La preselección de los trabajadores, la realizará la Oficina de Empleo que le corresponda a la entidad beneficiaria, mediante la presentación de la correspondiente oferta de empleo teniendo en cuenta los criterios recogidos en la convocatoria.
  • La selección final de los trabajadores, entre los candidatos enviados por la Oficina de Empleo, la realizará la entidad beneficiaria de acuerdo con las normas de selección de personal que les sean de aplicación, siendo los responsables últimos de verificar que los candidatos seleccionados cumplen con todos los requisitos establecidos.
  • Los contratos se realizarán, por un período de al menos 180 días, con jóvenes inscritos como demandantes de empleo no ocupados en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, menores de 35 años en el momento del alta en la Seguridad Social y se formalizarán por escrito en cualquiera de las modalidades contractuales de naturaleza temporal establecidas por la normativa vigente, y deberán concertarse a jornada completa. Los contratos deberán ser comunicados a la Oficina del Servicio Público de Empleo de Castilla y León correspondiente.
  • Si antes de finalizar dicho período se extinguiera el contrato, la entidad beneficiaria podrá contratar otra persona que se encuentre inscrita como demandante de empleo no ocupada, menor de 35 años, en sustitución de aquella que causó baja. Para ser subvencionable la sustitución debe producirse en el plazo de un mes desde la fecha de extinción del contrato. En ningún caso conllevará mayor importe de subvención.
  • Cuando el contrato se suspenda debido a situaciones de incapacidad temporal, maternidad, adopción o acogimiento, riesgo en el embarazo y demás situaciones que den derecho a reserva del puesto de trabajo, la entidad beneficiaria deberá comunicar dicha incidencia al Servicio Público de Empleo de Castilla y León, en el plazo de un mes desde la producción del hecho que da lugar a la suspensión del contrato. En estos supuestos, la entidad podrá formalizar un contrato de interinidad con otro trabajador que cumpla con los requisitos exigidos durante el tiempo que dure dicha situación, siguiendo el orden de reserva del proceso de selección. En ningún caso conllevará mayor importe de subvención.
  • No serán subvencionables las contrataciones realizadas con personas que sean miembros de alguna Corporación Local, en los casos en que se incurra en alguno de los supuestos de incompatibilidad previstos por la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

¿Para qué es la ayuda?:

Serán subvencionables los costes salariales y extrasalariales, así como los de Seguridad Social y la indemnización por finalización del contrato derivados de la contratación temporal de personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, menores de 35 años, para la realización de obras y servicios de interés general y social.

Para ser subvencionable, se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del período de justificación (2 meses desde el día siguiente al de la finalización de los contratos subvencionados y, en todo caso, como máximo el día 31 mayo de 2022), debiéndose acreditar el pago efectivo de todos los gastos realizados, excepto los gastos de Seguridad Social e IRPF en aquellos supuestos en los que la fecha de liquidación sea posterior a la fecha límite de justificación. En dichos supuestos, la entidad beneficiaria está obligada a presentar el justificante de pago de estos conceptos en el plazo de los diez días siguientes a la fecha de liquidación de los mismos.

Las contrataciones deberán formalizarse y ser dadas de alta en la Seguridad Social antes del 30 de septiembre de 2021.

Cuantía:

  • El importe máximo a financiar por cada contratación será de 10.000 euros por un periodo de 180 días a jornada completa, con independencia del salario que legal o convencionalmente le corresponda percibir al trabajador.
  • Este importe se reducirá proporcionalmente cuando el puesto de trabajo se cubra por un periodo superior a 120 días e inferior a 180 días, el periodo inferior a 120 días dará lugar a la cancelación total de la financiación del puesto de trabajo.
  • El importe máximo por beneficiario será de 50.000 €.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado, únicamente se admitirá UNA por entidad, en el caso que una entidad presente más de una solicitud, se tendrá en cuenta para su valoración la última presentada.

A la solicitud y Anexos I y II (en su caso), se acompañará de la documentación digitalizada correspondiente a la memoria del proyecto y la certificación del secretario/a.

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio Fomento del Empleo en el Ámbito Local

Órgano que resuelve:

Presidente del Servicio Público de Empleo

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de 3 MESES contados desde el día siguiente a la finalización del plazo para la presentación de solicitudes, transcurrido el cual sin haberse dictado y notificado resolución expresa se entenderá DESESTIMADAS por silencio administrativo.

Notificaciones:

  • Notificación Electrónica: para darse de alta y/o recibir notificaciones hay que entrar en el buzón electrónico del ciudadano, que se encuentra dentro de la  Ventanilla del Ciudadano.

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Forma de pago y anticipos

  • Una vez dictada la resolución de concesión, los beneficiarios que así lo hubieran solicitado podrán percibir un anticipo del 100% de la subvención concedida, previa la autorización establecida en el artículo 37 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León.
  • La petición de anticipo se efectuará expresamente en el apartado correspondiente del modelo normalizado de solicitud disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. De no cumplimentarlo, se entenderá que la Entidad renuncia al mismo, procediéndose al abono del importe de la subvención que corresponda en concepto de liquidación, previa presentación de los documentos que se requieren para la justificación de la subvención.

Justificación

  • La justificación de la subvención se efectuará, en el plazo de 2 meses, a contar desde el día siguiente al de la finalización de los contratos subvencionados y, en todo caso, como máximo el día 31 mayo de 2022.

Resolución. Beneficiarios:

RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENTA DEL SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEON, POR LA QUE SE RESUELVE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES, DESTINADAS A LA CONTRATACIÓN TEMPORAL DE JÓVENES MENORES DE 35 AÑOS POR AYUNTAMIENTOS DE MÁS DE 5.OOO HABITANTES, DIPUTACIONES PROVINCIALES y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS DEL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN, PARA LA REALIZACIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS DE INTERÉS GENERAL Y SOCIAL (JOVEL 2021)

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Protección de los datos de carácter personal:

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Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.