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Ayudas al fomento de plantaciones de especies con producciones forestales de alto valor cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020 (para el año 2021)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2511
  • SIA: 1253463
  • BDNS (Identificador): 553446

Fecha de publicación:

18 de marzo de 2021

Objeto:

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión y pago de la ayuda destinada a fomentar las plantaciones de especies en el territorio de Castilla y León, que proporcionen producciones forestales de alto valor, que tiene como finalidades:

A) Económicas:

  • Búsqueda de alternativas económicas que permitan la diversificación de las producciones en explotaciones agrícolas, mediante la realización de inversiones rentables a medio o largo plazo.
  • Satisfacción de la demanda actual y futura de productos forestales de alta calidad que permita la reducción de la dependencia de mercados externos a la Comunidad de Castilla y León.

B) Ambientales:

  • Promoción del uso de recursos renovables en sustitución de materias primas que no cumplen con los criterios de sostenibilidad.
  • Contribución a la mejora del paisaje, introduciendo nuevos elementos en el mosaico agrícola.
  • Contribución a la mejora ecológica del territorio mediante el aumento de fijación del carbono atmosférico, de la protección de la fauna silvestre, de la calidad de los suelos, de la regulación del ciclo hídrico y de la mitigación del efecto invernadero que contribuye al cambio climático.
  • Conseguir repoblaciones potencialmente más estables que las tradicionales por utilizar especies mejor adaptadas al medio.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 19 de marzo de 2021 hasta el 31 de mayo de 2021

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Presencial:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

  • Podrán ser beneficiarios de las ayudas:
  • a) Las entidades públicas propietarias de tierras. En el caso de tierras pertenecientes al Estado o a la Comunidad Autónoma sólo se podrá conceder la ayuda cuando el organismo que gestione dichas tierras sea un organismo privado o una entidad local.
  • b) Las personas físicas o las personas jurídicas de derecho privado legalmente constituidas, propietarias o usufructuarias de tierras.
  • c) Las agrupaciones de las personas relacionadas en el punto anterior que, aun careciendo de personalidad jurídica, se constituyan con la finalidad principal de realizar en común las actuaciones previstas.
  • Cada miembro de este tipo de agrupación tendrá igualmente la consideración de beneficiario. No obstante, las ayudas serán concedidas a la agrupación.
  • En este supuesto, los agrupados deberán nombrar como representante de la agrupación ante esta Administración a uno de los miembros de la agrupación para cumplir las obligaciones que, como beneficiaria, corresponden a la agrupación.
  • d) Las Comunidades de Bienes propietarias o usufructuarias de tierras.
  • En el caso de que el solicitante de la ayuda sea usufructuario de los terrenos será necesario que cuente con la conformidad del propietario.

¿Para qué es la ayuda?:

Las ayudas están dirigidas a financiar la memoria técnica de plantación, los trabajos de preparación del terreno, la adquisición de plantas, la defensa frente a especies animales mediante protectores y la plantación en sí, además de los cerramientos, como obra complementaria a la plantación, que se lleven a cabo en los terrenos definidos en las bases reguladoras.

Los trabajos concedidos se podrán iniciar al día siguiente al de la notificación de la resolución de concesión de la ayuda y deberán finalizar el 25 de noviembre de 2022 inclusive.

Cuantía:

  • El importe de la ayuda se calculará utilizando los importes unitarios establecidos en el artículo 11 de la orden de bases reguladoras y desarrollados en sus Anexos II y III, respectivamente.
  • Aplicable independientemente que la obra se deba justificar por el sistema de módulos o costes estándar, con carácter general, o por el sistema de facturas de los costes reales, que deben utilizar las entidades públicas que adjudiquen la obra a un tercero

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado, acompañada de la siguiente documentación:

Descarga del documento tipo PDF Documentación a presentar. Abre una nueva ventana Documentación a presentar (117 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Promoción Forestal

Órgano que resuelve:

Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de 6 MESES, a contar desde del día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. El vencimiento de dicho plazo sin que se hubiera notificado resolución expresa implicará que el solicitante pueda entender DESESTIMADA su solicitud.

Notificaciones:

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efectos de notificaciones.
  • En el Boletín Oficial de Castilla y León.
  • Notificación Electrónica: para darse de alta y/o recibir notificaciones hay que entrar en el buzón electrónico del ciudadano, que se encuentra dentro de la Ventanilla del Ciudadano.

Recursos:

  • Reposición
  • Contencioso-administrativo

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

JUSTIFICACIÓN

  • Solicitud de pago: Una vez finalizados los trabajos de plantación se deberá solicitar el pago de la ayuda, conforme al modelo denominado “Solicitud de pago”.
  • Plazo: La solicitud de pago se podrá presentar hasta el 2 de diciembre de 2022, inclusive.

Resolución. Beneficiarios:

RESOLUCIÓN de 13 de octubre de 2022, de la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal, por la que se hace pública la relación de expedientes concedidos y denegados de la ayuda de plantaciones de especies con producciones forestales de alto valor correspondiente a la anualidad de 2021 (BOCyL 21-10-2022)

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (215 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.