Saltar al contenido principal.

Escudo de la Junta de Castilla y León; Página de inicio

  • Suscripción
  • Contacto

Sede Electrónica de Castilla y León

Redes Sociales

Contenido principal. Saltar al inicio.

Subvenciones para el apoyo de proyectos de I+D en centros de trabajo de Castilla y León en el contexto del brote de Covid-19

  • Acceder a los formularios
  • Compartir

Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 3086
  • SIA: 2406866
  • BDNS (Identificador): 551657

Fecha de publicación:

5 de marzo de 2021

Objeto:

Convocar subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, para el apoyo de proyectos de I+D, en centros de trabajo en Castilla y León, que lleven a cabo investigación relacionada con la COVID-19 y otros antivirales, así como de innovaciones de procesos pertinentes con vistas a una producción eficiente de los productos necesarios. También estarán incluidos los proyectos que hayan recibido un Sello de Excelencia concerniente específicamente a la COVID19 en el marco del instrumento para las pequeñas y medianas empresas de Horizonte 2020.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Las solicitudes se presentarán desde el día siguiente a la publicación del extracto de la Convocatoria en el BOCyL (Desde el 6 de marzo de 2021) hasta el día de la publicación en el BOCyL del cierre de la Convocatoria o hasta el 30 de septiembre de 2021.

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

  • Empresas y autónomos con al menos un centro de trabajo en Castilla y León.
  • Quedan excluidas las comunidades de bienes, las empresas públicas y las sociedades civiles, así como las asociaciones, Centros Tecnológicos, Fundaciones, administraciones públicas y, en general, las entidades sin ánimo de lucro.

¿Qué requisitos debo cumplir?

En cumplimiento del Acuerdo 82/2020, de 12 de noviembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueban directrices vinculantes para el impulso de la responsabilidad social en el gasto público de la Administración General e Institucional de la Comunidad de Castilla y León, son requisitos para obtener la condición de beneficiario:

  • Cumplir con la cuota reservada de puestos de trabajo para personas con discapacidad, según lo dispuesto en el artículo 42 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.
  • Cumplir con la obligación de contar con un plan de igualdad, conforme a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres.
  • El cumplimiento de estos requisitos se acreditará en la solicitud mediante declaración responsable, y se comprobará en con la justificación de la subvención, en su caso.

El beneficiario deberá acreditar la capacidad administrativa, financiera y operativa.

¿Para qué es la ayuda?:

Serán subvencionables los siguientes proyectos. Se considerará que la ayuda tiene un efecto incentivador si se ha iniciado a partir del 1 de febrero de 2020. Para los proyectos iniciados antes del 1 de febrero de 2020, se considerará que la subvención tiene un efecto incentivador, si es necesaria para acelerar o ampliar el alcance del proyecto, en cuyo caso sólo se podrá solicitar ayuda para sufragar los costes adicionales relacionados con los esfuerzos de aceleración o la ampliación del alcance del mismo.

Descarga del documento tipo PDF Proyectos y gastos subvencionables. Abre una nueva ventana Proyectos y gastos subvencionables (177 kbytes)

Cuantía:

  • La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido entre el 50 % y el 80% del coste subvencionable, en función de la puntuación obtenida en los criterios de valoración.
  • Porcentaje máximo de ayuda 80 %
  • Ayuda máxima por empresa/autónomo: 800.000 €.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud, en modelo normalizado, acompañada de la siguiente documentación:

Descarga del documento tipo PDF Documentación a presentar. Abre una nueva ventana Documentación a presentar (112 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano que resuelve:

Presidente del Instituto para la Competitividad Empresarial

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de 6 MESES contados desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro electrónico del ICE.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI

    - ICE va a comenzar a usar el nuevo sistema de notificaciones por comparecencia en Sede electrónica (NOTI) en sustitución del anterior Buzón Electrónico del Ciudadano (BEC). Las notificaciones efectuadas hasta este momento, permanecerán disponibles en BEC. También podrá consultar cualquier notificación, leída o rechazada, en su Área Privada del Portal de Teletramitación del ICE, con independencia del sistema de notificaciones con el que fuesen enviadas.
     

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Justificación

  • La solicitud de pago junto con la cuenta justificativa se presentarán electrónicamente.
  • La justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos de la subvención concedida se realizará mediante la rendición de la cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto, de acuerdo con el artículo 72 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  • El beneficiario, salvo causa justificada,  justificará el cumplimiento de las condiciones establecidas en la resolución de concesión y presentará en modelo normalizado la solicitud del pago total, como máximo, en el plazo de 3 meses desde la finalización del plazo para la realización de la actividad subvencionada. Aportará la documentación que acredite el cumplimiento de las condiciones impuestas en la resolución de concesión y que está indicada en la convocatoria.

Incompatibilidades

  • El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas para el mismo objeto y la misma finalidad, superen el coste de la actividad o proyecto financiado.
  • Las ayudas podrán combinarse con el respaldo procedente de otras fuentes para los mismos costes subvencionables, siempre que la ayuda combinada no supere los límites máximos definidos.
  • Las ayudas no serán acumulables, para los mismos conceptos subvencionables, a otras ayudas que se concedan bajo el Marco Nacional Temporal SA.57019 como ayudas a la inversión destinadas a las infraestructuras de ensayo y ampliación de escala y ayudas a la inversión para la fabricación de productos relacionados con el COVID-19.
  • Las ayudas serán incompatibles con las ayudas para proyectos de I+D del ICE.

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.