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Sede Electrónica de Castilla y León
Sede Electrónica de Castilla y León
21 de enero de 2021
Convocar, en régimen de concesión directa, subvenciones destinadas a paliar la situación de pérdida económica sufrida por el sector turístico de Castilla y León derivada de la crisis ocasionada por la COVID-19.
La selección de los beneficiarios se realizará por el orden de la presentación de las solicitudes, desde que el expediente esté completo, en función del cumplimiento de los requisitos establecidos, y hasta que se agoten los fondos económicos habilitados en la convocatoria.
Desde el 22 de enero de 2021 hasta el 22 de febrero de 2021
El plazo para la presentación de las solicitudes será de 1 MES a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente orden en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
Electrónico:
No podrán obtener la condición de beneficiarios quienes tengan la condición de empresa en crisis a 31 de diciembre de 2019; pudiendo concederse a empresas que no estén en crisis y/o a empresas que no estaban en crisis a 31 de diciembre de 2019 pero que sí lo estaban o empezaron a estarlo con posterioridad a consecuencia del brote de Covid-19, de acuerdo con la definición establecida en las Directrices sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis (2014/C249/01).
Tiene la consideración de concepto subvencionable el mantenimiento de la actividad y el empleo de las empresas y profesionales del sector turístico, afectados por la crisis del COVID-19, para contribuir a su reactivación en el nuevo escenario económico y social, facilitando el cumplimiento de sus obligaciones empresariales.
Tramos para establecer las cuantías individualizadas (86 kbytes)
Solicitud, en modelo normalizado, UNA por cada establecimiento, actividad turística o guía de turismo, en el caso de personas trabajadoras autónomas titulares de varios establecimientos que no tengan contratadas personas trabajadoras por cuenta ajena, solamente podrán presentar una única solicitud para un único establecimiento.
La solicitud incluye declaración responsable del interesado relativa a diferentes extremos, y se acompañará de la siguiente DOCUMENTACIÓN, previamente digitalizada y que se aportará como archivos anexos a la solicitud:
Servicio de Calidad, Innovación y Análisis Turístico
El plazo máximo para notificar la resolución será de TRES MESES a contar desde la entrada de la solicitud en el registro del órgano competente para su tramitación. El transcurso de dicho plazo sin haberse dictado y publicado la resolución, legitima al solicitante para entender DESESTIMADA, por silencio administrativo, su petición.
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Justificación
Se entenderá justificada la subvención con la aportación, en el momento de la presentación de la solicitud de la documentación necesaria para su concesión.
Modificación de la resolución de concesión
Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión y, en todo caso, la obtención concurrente de otras ayudas vulnerando lo establecido en el artículo 14, de las bases reguladoras, siempre que no se dañen derechos de terceros. En ningún caso podrá incrementarse la cuantía de la subvención concedida ni se podrá alterar la finalidad de la misma.
Pago
El pago de la subvención será único y se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente que haya indicado el solicitante en su solicitud, una vez concedida la subvención.
En ningún caso el importe total de las ayudas que se reciba podrá superar los importes máximos previstos en este régimen y en la Comunicación de la Comisión Europea sobre el Marco Temporal relativo a las medidas de ayuda estatal destinadas a respaldar la economía en el contexto del actual brote de COVID-19.
Calificación tributaria de la subvención
Las subvenciones convocadas estarán sujetas, según corresponda, al Impuesto de Sociedades o al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Compatibilidad
Las subvenciones se pueden acumular con otros tipos de ayudas reguladas en la Decisión de la Comisión Europea SA 56851 - Marco temporal nacional para ayudas estatales en forma de subvenciones directas, anticipos reembolsables, ventajas fiscales, garantías sobre préstamos y bonificación del tipo de interés de préstamos para apoyar la economía en el brote actual de la COVID-19, siempre que se respeten los importe máximos de ayuda que se establecen.
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (200 kbytes)