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Sede Electrónica de Castilla y León
Sede Electrónica de Castilla y León
27 de noviembre de 2020
Convocar para el año 2020, en régimen de concesión directa, las subvenciones, dirigidas a fomentar la contratación temporal para facilitar la consolidación del trabajo autónomo y la conciliación de la vida laboral y familiar, en los supuestos de atención domiciliaria de menores, personas dependientes o con discapacidad, que deban guardar confinamiento domiciliario a causa del virus COVID 19, en la Comunidad de Castilla y León.
El plazo de presentación de las solicitudes varía según la fecha en que se lleve a cabo la acción subvencionable:
• Si el periodo de contratación se produce entre el 1 de septiembre y el 27 de noviembre de 2020: Las solicitudes se presentarán del 28 DE NOVIEMBRE DE 2020 AL 27 DE ENERO DE 2021.
• Si el periodo de contratación se produce a partir del 28 de noviembre de 2020: Las solicitudes se presentarán en el plazo de 2 MESES DESDE LA FECHA DE CONTRATACIÓN Y COMO FECHA LÍMITE EL 30 DE JUNIO DE 2021.
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
Electrónico:
Personas físicas o jurídicas, y entidades sin personalidad jurídica, que formalicen las contrataciones descritas, en centros de trabajo de Castilla y León, con personas que cumplan los requisitos para poder ser destinatarios de dichas contrataciones.
Las personas físicas o jurídicas, y entidades sin personalidad jurídica, deberán formalizar, en centros de trabajo de Castilla y León, la contratación de personas desempleadas para sustituir a trabajadores que se encuentren en alguna de las situaciones siguientes:
Además deberán tener menos de 100 trabajadores de alta en la fecha de inicio de la contratación por la que se solicita la subvención.
Se excluyen como beneficiarios de estas subvenciones las entidades pertenecientes al sector público.Se subvencionarán los siguientes contratos temporales, formalizados con personas desempleadas, que completen el periodo de contratación entre el 1 de septiembre de 2020 y el 30 de junio de 2021, ambos inclusive:
1. En el caso de la sustitución de trabajadores por cuenta propia o autónomos, se subvencionarán los contratos en cualquiera de las modalidades contractuales de naturaleza temporal establecidas por la normativa vigente, formalizados en centros de trabajo ubicados en Castilla y León.
2. En el supuesto de la sustitución de trabajadores por cuenta ajena, se subvencionarán los contratos temporales con cláusula específica de interinidad, formalizados en centros de trabajo ubicados en Castilla y León.
El contrato de trabajo deberá iniciarse dentro del periodo subvencionable y podrá concertarse a jornada completa o parcial, siempre que la parcialidad sea igual o superior al 50% y cubra durante todo el periodo subvencionable el porcentaje de jornada del trabajador sustituido.
En la misma convocatoria no se concederá más de una subvención por el mismo trabajador sustituido.
El contrato se formalizará por escrito y deberá ser objeto de comunicación a la oficina pública de empleo.
Documentación a presentar (102 kbytes)
El plazo de resolución y notificación será de 6 MESES, computado desde la fecha en que la solicitud hubiera tenido entrada en el registro electrónico de la Administración u Organismo competente para su tramitación, transcurrido el cual sin que se haya dictado y notificado resolución, se entenderá DESESTIMADA por silencio administrativo.
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Compatibilidad
Plazo de justificación
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (45 kbytes)