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Subvenciones para fomentar los contratos de formación y aprendizaje y prácticas de los jóvenes incluidos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil (2020)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2497
  • SIA: 1278437
  • BDNS (Identificador): 515207

Fecha de publicación:

14 de julio de 2020

Objeto:

Convocar para el año 2020, en régimen de concesión directa, las subvenciones, cofinanciadas por la Iniciativa de Empleo Juvenil y el Fondo Social Europeo, dirigidas al fomento de los contratos para la formación y el aprendizaje, y de los contratos en prácticas, de los jóvenes incluidos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en la Comunidad de Castilla y León.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

El plazo de presentación de las solicitudes varía según la fecha en que se haya iniciado la contratación:

a) Si la contratación se ha iniciado entre el día 1 de octubre de 2019 y el día 14 de julio de 2020, ambos inclusive: Plazo de solicitudes del 15 de JULIO al 14 de SEPTIEMBRE de 2020.

b) Si la contratación se inicia a partir del 15 de julio de 2020: DOS MESES computados desde la fecha de inicio de la contratación, con el límite establecido en el párrafo siguiente.

En ningún caso se admitirán a trámite más solicitudes que las presentadas entre el 15 de julio y el 15 de octubre de 2020.

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

  • Personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles que formalicen contratos para formación y aprendizaje, y/o contratos en prácticas con personas que cumplan los requisitos para poder ser destinatarias.
  • Se excluyen como beneficiarios de estas subvenciones las entidades pertenecientes al sector público.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Las empresas solicitantes deberán tener menos de 100 trabajadores de alta en la fecha de inicio de la contratación por la que se solicita la subvención.

Las contrataciones deberán cumplir los siguientes requisitos para ser subvencionables:

  1. Se subvencionarán los contratos para la formación y el aprendizaje, y contratos en prácticas, formalizados para prestar servicios en centros de trabajo de Castilla y León, cuya duración pactada al inicio del contrato sea de, al menos, dos años para los contratos de formación y aprendizaje, y de un año para los contratos en prácticas. No se subvencionarán, por tanto, los contratos formalizados con una duración inicial inferior a la establecida en este apartado.
  2. La actividad formativa del contrato para la formación y el aprendizaje deberá haber sido autorizada previamente a su inicio por el Servicio Público de Empleo.
  3. Los contratos en prácticas deberán concertarse a jornada completa, teniéndose en cuenta la jornada pactada a la fecha de inicio del contrato, que deberá mantenerse durante todo el período mínimo de mantenimiento de la contratación subvencionada.
  4. El contrato de trabajo se formalizará por escrito y se deberá cumplir con el trámite de comunicación a la oficina pública de empleo.
  5. Se garantizará la estabilidad de la relación laboral subvencionada formalizada con el trabajador contratado, en cualquiera de los centros de trabajo de la empresa o entidad en la Comunidad de Castilla y León, durante, al menos, los siguientes períodos:
    a) Dos años desde la fecha de inicio del contrato para la formación y el aprendizaje subvencionado.
    b) Un año desde la fecha de inicio del contrato en prácticas subvencionado.
    Si durante dicho período se produjera la extinción de la relación laboral con el trabajador contratado, se aplicará lo dispuesto en la Base 17.ª 2 de la ORDEN EMP/459/2017.
  6. No serán subvencionables las contrataciones formalizadas con trabajadores que hubieran mantenido relación laboral de algún tipo con el solicitante, en los seis meses anteriores a la fecha de inicio de la contratación por la que se solicita subvención.
  7. No se subvencionarán las contrataciones que se formalicen con los socios de las sociedades mercantiles solicitantes, ni con quienes ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración en dichas sociedades. Tampoco serán subvencionables las contrataciones formalizadas con el cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad, afinidad o adopción, hasta el segundo grado inclusive, del empresario individual, de los miembros de la comunidad de bienes, o de los socios de la sociedad civil o mercantil solicitante, o de quienes ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración, gobierno o representación en las sociedades mercantiles solicitantes.
  8. No serán objeto de subvención las contrataciones formalizadas al amparo de una relación laboral de carácter especial de las previstas en el artículo 2.1 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.

¿Para qué es la ayuda?:

Serán subvencionables los contratos para la formación y el aprendizaje, y los contratos en prácticas, formalizados con jóvenes inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, se inicien entre los días 1 de octubre de 2019 y 30 de septiembre de 2020, ambos inclusive, que cumplan los requisitos establecidos.

Cuantía:

  • Contratos para la formación y el aprendizaje: 3.500 €.
  • Contratos en prácticas formalizados a jornada completa: 3.500 €.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado. Los interesados deberán cursar sus solicitudes, junto con la correspondiente documentación que se digitalizará y aportará como archivos anexos a la solicitud acompañada de la siguiente documentación:

Descarga del documento tipo PDF DOCUMENTACIÓN a presentar. Abre una nueva ventana DOCUMENTACIÓN a presentar (165 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Gerencias Provinciales ECYL

Órgano que resuelve:

Gerencias Provinciales ECYL

Plazo de resolución:

6 meses, a contar desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación, transcurrido el cual sin que se haya dictado y notificado resolución, se entenderán desestimadas por silencio administrativo.

Notificaciones:

  • Notificación Electrónica: para darse de alta y/o recibir notificaciones hay que entrar en el  buzón electrónico del ciudadano, que se encuentra dentro de la  Ventanilla del Ciudadano.

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

 Compatibilidad

  • Estas subvenciones serán incompatibles con cualesquiera otras subvenciones para la misma finalidad otorgadas por cualquier Administración pública o por otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales. 

 Justificación y pago

  • La justificación se llevará a cabo en el momento de presentar la solicitud, aportando la documentación solicitada.

Información y comunicación

Las entidades o empresas beneficiarias de estas subvenciones, deberán cumplir los requisitos de información y comunicación.

  • Comunicar por escrito a la persona trabajadora que los gastos correspondientes a su contrato han sido cofinanciados por la Iniciativa de Empleo Juvenil y el Fondo Social Europeo, a través del Programa Operativo de Empleo Juvenil, conforme al Anexo X. El cumplimiento de esta
    obligación se acreditará con la presentación del citado documento, firmado por las partes en el
    contrato.
  • Aceptar su inclusión en la lista de operaciones publicada de conformidad con el artículo 115,
    apartado 2, del Reglamento (UE) nº 1303/2013.
  • Informar al público del apoyo obtenido del Fondo Social Europeo a través de alguno de los medios que se indican a continuación, de conformidad con el apartado 2.2 del Anexo XII del citado Reglamento:
    1. Haciendo una breve descripción en su sitio de internet, en caso de que disponga de uno, de la operación, de manera proporcionada al nivel de apoyo prestado, con sus objetivos y resultados, y destacando el apoyo financiero de la Unión.
    2. Colocando al menos un cartel con información sobre el proyecto (de un tamaño mínimo A3), similar al modelo de Anexo XI, en el que mencionará la ayuda financiera de la Unión, en un lugar bien visible para el público, por ejemplo, la entrada de un edificio.
    3. En caso de no disponer de sitio de internet y no ser posible la colocación del cartel indicado en el punto anterior, la concesión de la subvención supone el permiso del solicitante a que el Servicio Público de Empleo de Castilla y León publique en su página web su condición de beneficiario.

Resolución. Beneficiarios:

Descarga del documento tipo PDF Beneficiarios. Abre una nueva ventana Beneficiarios (585 kbytes)

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (405 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.