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Programa I: Fomento de la contratación indefinida y transformación en indefinidos de contratos de duración determinada, temporales y formativos suscritos con personas trabajadoras con discapacidad (2024)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 1228
  • SIA: 1253120
  • BDNS (Identificador): 766011

Fecha de publicación:

11 de junio de 2024

Objeto:

Facilitar la inserción laboral a través de la contratación indefinida de personas trabajadoras con discapacidad en el mercado de trabajo ordinario, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre
(«B.O.E.» de 29 de septiembre) por el que se regulan los programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de Empleo.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 12 de junio de 2024 hasta el 4 de octubre de 2024

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

  • Empresas, personas trabajadoras autónomas y entidades privadas sin ánimo de lucro que contraten por tiempo indefinido o transformen contratos de duración determinada, temporales y formativos con personas trabajadoras con discapacidad
  • Empresas, personas trabajadoras autónomas y las entidades privadas sin ánimo de lucro del mercado de trabajo ordinario que contraten a personas trabajadoras con discapacidad procedentes de centros especiales de empleo, sin pasar por un enclave laboral
  • Empresas colaboradoras que incorporen a personas trabajadoras con discapacidad procedentes de los enclaves laborales, regulados por el Real Decreto 290/2004, de 20 de febrero
  • Cooperativas de Trabajo y las Sociedades Laborales que incorporen como socios a personas trabajadoras con discapacidad con carácter indefinido
  • En todos los casos, los centros de trabajo deberán estar ubicados en Castilla y León, no pudiendo ser beneficiarios de estas subvenciones los centros especiales de empleo.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Las personas y entidades beneficiarias deberán cumplir los requisitos indicados. Para que la nueva contratación pueda ser objeto de subvención es necesario que se cumplan los  requisitos indicados:

¿Para qué es la ayuda?:

Serán subvencionables las contrataciones y transformaciones de contratos que, cumpliendo los requisitos y condiciones, se hayan realizado desde el 1 de septiembre de 2023 hasta el 31 de agosto de 2024.

Los destinatarios finales de las medidas de fomento de empleo recogidas en los Programas I serán las personas trabajadoras con discapacidad demandantes de empleo y servicios en situación de no ocupados y que se encuentren inscritos en el Servicio Público de Empleo. Esta inscripción en el Servicio Público de Empleo no será exigible en los supuestos de transformación en indefinidos de contratos de duración determinada, temporales y formativos suscritos con personas con discapacidad.

Se entenderá por personas con discapacidad aquellas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Asimismo, se considerará que presentan una discapacidad en grado igual o superior al 33% los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, y las personas pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
Se entenderán por personas con discapacidad que presentan mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo las personas con parálisis cerebral, con trastorno de la salud mental, con discapacidad intelectual o con trastorno del espectro del autismo, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por ciento, así como las personas con discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65 por ciento.

Cuantía:

  • Los contratos de duración indefinida o transformación en indefinidos de contratos temporales, a jornada completa se subvencionará con 5.500 € (6.000 € si la persona a la que se realiza la contratación indefinida inicial es mujer o mayor de 45 años).
  • Si la contratación a tiempo completo se celebre con personas con discapacidad que presenten mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo la subvención será de 7.000 € (7.500 € si la persona contratada es mujer o mayor de 45 años)
  • Las cuantías se incrementarán en 2.000 € cuando la contratación se realice por personas trabajadoras autónomas o por una cooperativa o sociedad laboral que contraten a su primer empleado
  • Cuando el contrato por tiempo indefinido se concierte a tiempo parcial, la cantidad anterior se reducirá proporcionalmente a la jornada pactada.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud, en modelo normalizado, dirigida a la Delegación Territorial de la provincia donde esté ubicado el centro de trabajo.

Las solicitudes deberán presentarse acompañadas de la documentación exigida en cada caso. En el supuesto de transformaciones de contratos se entenderá que la formalización de la transformación se perfeccionará, bien en la fecha que recoge el nuevo contrato indefinido, o en la fecha de acuerdo de conversión del contrato que como tal figure en la comunicación de conversión registrada en el Servicio Público de Empleo.

Descarga del documento tipo PDF Documentación a presentar. Abre una nueva ventana Documentación a presentar (98 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Oficinas Territoriales de Trabajo

Órgano que resuelve:

Delegación Territorial

Plazo de resolución:

El plazo de resolución y notificación será de 6 MESES desde que la solicitud haya tenido entrada en el registro electrónico de la administración competente para su tramitación. Transcurrido dicho plazo sin que se haya notificado resolución expresa, la solicitud podrá entenderse DESESTIMADA por silencio administrativo.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI .

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Justificación y pago

  • La justificación de la actividad subvencionable deberá aportarse de manera electrónica en el momento de la presentación de las solicitudes. El beneficiario deberá, en todo caso, acreditar la formalización de las contrataciones o transformaciones contractuales subvencionables en los términos establecidos.

Compatibilidad

  • Cuando el beneficiario de las ayudas sea una sociedad laboral o una cooperativa de trabajo asociado serán incompatibles con las previstas en el programa de apoyo a la creación y al empleo en cooperativas y sociedades laborales.
  • El importe de las ayudas o subvenciones públicas que se concedan según lo previsto en esta orden en ningún caso será de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad financiada.

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.