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Subvenciones dirigidas al fomento del empleo estable por cuenta ajena de personas cuya situación de desempleo provenga de despidos colectivos producidos en empresas de la Comunidad de Castilla y León (2019)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2427
  • SIA: 1278434
  • BDNS (Identificador): 451052

Fecha de publicación:

25 de abril de 2019

Objeto:

Convocar para el año 2019, en régimen de concesión directa, las subvenciones dirigidas a fomentar el empleo estable por cuenta ajena de personas cuya situación de desempleo provenga de despidos colectivos, concluidos con acuerdo, producidos en empresas de la Comunidad de Castilla y León.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

El plazo de presentación de las solicitudes varía según la fecha en que se haya iniciado la contratación:

a) Si la contratación se ha iniciado entre el 1 de octubre de 2018 y el 25 de abril de 2019, ambos inclusive: 2 MESES computados desde el día siguiente a aquél en que se publique este extracto.

→Plazo de presentación del 26 de ABRIL al 25 de JUNIO de 2019.

b) Si la contratación se inicia a partir del 25 de abril de 2019: 2 MESES computados desde fecha de inicio de la contratación, transformación o ampliación, con el límite establecido en el párrafo siguiente.

En ningún caso se admitirán a trámite más solicitudes que las presentadas entre el día siguiente a la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León y el 15 de octubre de 2019.

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

  • Personas físicas y jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles, que adquieran las instalaciones en las que se encontraba ubicado el centro de trabajo en el que se procedió al despido colectivo.
  • No podrán beneficiarse de estas subvenciones las entidades pertenecientes al sector público.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Las contrataciones deberán cumplir los siguientes requisitos para ser subvencionables:

1.– El contrato se formalizará por escrito y deberá ser objeto de comunicación a la oficina pública de empleo.

2.– Se subvencionarán los contratos indefinidos ordinarios formalizados a jornada completa para prestar servicios en centros de trabajo de Castilla y León, quedando excluidos los contratos indefinidos realizados con cualquier otra cláusula específica.

El centro de trabajo deberá coincidir en su ubicación con la del centro de trabajo donde se produjo el despido colectivo del trabajador.

Asimismo, se subvencionarán los contratos temporales a jornada completa, cualquiera que sea su modalidad contractual, siempre que en el plazo de un año a contar desde la fecha de inicio de la contratación, se conviertan en contratos indefinidos a jornada completa.

3.– No serán subvencionables las contrataciones que se formalicen con los socios de las entidades solicitantes, ni con quienes ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración en dichas entidades. Tampoco serán subvencionables las contrataciones formalizadas con el cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad, afinidad o adopción, hasta el segundo grado inclusive, del empresario individual, de los miembros de la comunidad de bienes, o de los socios de la entidad solicitante, o de quienes ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración, gobierno o representación en las entidades solicitantes.

4.– No se subvencionarán las contrataciones formalizadas al amparo de una relación laboral de carácter especial de las previstas en el artículo 2.1 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.

5.– Se garantizará la estabilidad de la contratación indefinida o de la conversión en indefinido del contrato temporal por un período mínimo de dos años desde la fecha de inicio de dicha contratación o conversión.

¿Para qué es la ayuda?:

Serán subvencionables las contrataciones, cuya fecha de inicio haya tenido lugar entre los días 1 de octubre de 2018 y 30 de septiembre de 2019, ambos inclusive, que se formalicen con personas que en la fecha de inicio de las mismas se hallen desempleadas e inscritas como tales en el Servicio Público de Empleo, cuya situación de desempleo sea consecuencia de un despido colectivo producido en un centro de trabajo de la Comunidad de Castilla y León, para prestar sus servicios en ese mismo centro de trabajo, previamente adquirido por la empresa solicitante.

Cuantía:

  • La cuantía de la subvención por la formalización de cada contratación subvencionable será de 4.000 euros. Dicha cuantía se incrementará con los importes que se indican a continuación:
  • a) 1.500 €, si la contratación se formaliza con una mujer.
  • b) 1.500 €, si la contratación se formaliza con un menor de 35 años de edad»

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado, que os interesados deberán cursar junto con la siguiente documentación, que se digitalizará y aportará como archivos anexos:

Descarga del documento tipo PDF DOCUMENTACIÓN a presentar. Abre una nueva ventana DOCUMENTACIÓN a presentar (97 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Órgano que resuelve:

Presidente del Servicio Público de Empleo

Plazo de resolución:

El plazo de resolución y notificación será de 6 MESES desde la fecha en que la solicitud hubiera tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación, transcurrido el cual sin que se haya dictado y notificado resolución, se entenderá DESESTIMADA por silencio administrativo.

Notificaciones:

  • Notificación Electrónica: para darse de alta y/o recibir notificaciones hay que entrar en el  buzón electrónico del ciudadano, que se encuentra dentro de la  Ventanilla del Ciudadano.

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Compatibilidad

  • Serán incompatibles con cualesquiera otras concedidas para la misma finalidad por cualquier Administración pública, o por otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales.

Plazo y forma de justificación

  • La justificación se llevará a cabo en el momento de presentar la solicitud de subvención, aportando la documentación solicitada.
     
     

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (86 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.