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Subvenciones a Entidades Locales, cofinanciadas por el FSE, para la contratación de personas con discapacidad para la realización de obras y servicios de interés público y utilidad social (2018)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 685
  • BDNS (Identificador): 398064

Fecha de publicación:

14 de mayo de 2018

Objeto:

Convocar en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, dirigidas a Entidades Locales, dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, para el fomento de la contratación temporal de personas desempleadas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, para la realización de obras y servicios de interés público y utilidad social en el año 2018.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 15 de mayo de 2018 hasta el 29 de mayo de 2018

Más Detalles:

10 días hábiles computados desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOCyL. Ampliado el plazo hasta el 29 de mayo. Ver Acuerdo de Ampliación de Plazo del Servicio Público de Empleo.

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

​Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

Entidades Locales de la Comunidad de Castilla y León

¿Qué requisitos debo cumplir?

Las contrataciones deberán reunir los siguientes requisitos:

Descarga del documento tipo PDF Requisitos de las contrataciones. Abre una nueva ventana Requisitos de las contrataciones (66 kbytes)

¿Para qué es la ayuda?:

Con independencia de la duración de las obras y servicios, será subvencionable el período de contratación comprendido entre el 2 de enero y el 31 de octubre de 2018.

Serán subvencionables los costes salariales y de Seguridad Social derivados de la contratación temporal de desempleados que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

Cuantía:

  • El importe máximo subvencionable por contrato, a jornada completa y por un período de 90 días, será de 4.268,25 € determinado por las siguientes cuantías:
  • - 3.136,50 € como costes salariales según el salario mínimo interprofesional para 2018 por el Real Decreto 1077/2017, de 29 de diciembre.
  • - 1.027,20 € los costes de cotizaciones sociales e impuestos a cargo del trabajador y la seguridad social a cargo de la empresa.
  • - 104, 55 € en concepto de indemnización por fin de contrato.
  • Serán subvencionables un máximo de dos contrataciones por entidad local solicitante.
  • Serán subvencionables los costes de salario y de Seguridad Social derivados de la contratación temporal.
  • En los supuestos de contratación a tiempo parcial, la cuantía de la subvención será proporcional a la duración efectiva de la jornada de trabajo, que deberá ser igual o superior al 50% de la jornada ordinaria.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en el modelo normalizado Anexo I. Únicamente se admitirá una solicitud por entidad. En el caso que una entidad presente más de una, se tendrá en cuenta para su valoración la última presentada.

Las solicitudes irán acompañadas de los Anexos I y II.

Para acreditar el cumplimiento de la normativa para la integración laboral de las personas con discapacidad, se deberá aportar la vida laboral de la entidad local solicitante del periodo comprendido entre la fecha de solicitud de la subvención y los doce meses inmediatamente anteriores (sólo en el caso de que no se autorice para que el órgano administrativo encargado de recabar la documentación verifique los datos en virtud de los cuales deba dictarse la resolución), así como el Anexo II, en la que se debe incluir la relación de trabajadores que tengan la condición de personas con discapacidad en la fecha de la solicitud de la subvención, en la que consten sus nombres, apellidos, números de D.N.I., y descripción de sus correspondientes contratos de trabajo.

En el caso de que la entidad solicitante no tenga formalizado, con todos o alguno de los trabajadores incluidos en la relación, un contrato de trabajo para personas con discapacidad, se deberá aportar documentación que acredite la condición de persona con discapacidad de dichos trabajadores.

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio Fomento del Empleo en el Ámbito Local

Órgano que resuelve:

Presidente del Servicio Público de Empleo

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver y notificar las resoluciones será de 3 meses computados desde el día siguiente al de finalización del plazo para la presentación de las solicitudes, transcurrido el cual, sin que se haya dictado y notificado resolución, se entenderán desestimadas por silencio administrativo.

Notificaciones:

  • Notificación Electrónica: para darse de alta y/o recibir notificaciones hay que entrar en el buzón electrónico del ciudadano, que se encuentra dentro de la  Ventanilla del Ciudadano.

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Con respecto a la subvención concedida y de conformidad con la resolución de convocatoria, se recuerda a esa entidad lo siguiente:

  • Las contrataciones deberán de realizarse de acuerdo con los requisitos establecidos en la base 6ª de la ORDEN EMP/475/2017, de 13 de junio (BOCyL nº 114, de 16 de junio) y el resuelvo 6º de la RESOLUCIÓN de 7 de mayo de 2018, del Presidente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, por la que se convocan las subvenciones para el 2018 (Extracto BOCYL nº 91, de 14 de mayo);
  • En los contratos debe constar en cláusula adicional lo siguiente: “COFINANCIADO POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO EN UN 50%, EN EL MARCO DEL PROGRAMA OPERATIVO DE CASTILLA Y LEÓN 2014-2020”;
  • Con independencia de la duración de las obras, será subvencionable el periodo de contratación comprendido entre el 1 de enero y el 31 de octubre de 2018;
  • En toda la publicidad que se derive de las actividades subvencionadas, se hará constar la cofinanciación de las mismas por la Junta de Castilla y León-Servicio Público de Empleo de Castilla y León- y el Fondo Social Europeo;
  • Se debe informar al público del apoyo obtenido de los Fondos haciendo una breve descripción, en su sitio de Internet (página web de la entidad), de la operación realizada, los objetivos previstos y destacando el apoyo financiero de la Unión;
  • Además se colocará en el tablón de edictos de la entidad beneficiaria un cartel, tamaño A3, durante el tiempo en que se lleve a cabo la operación. Este cartel deberá ser devuelto al Servicio Público de Empleo de Castilla y León, sellado y firmado con la diligencia que exprese las fechas de inicio y fin de exposición pública;
  • Cuando el contrato se suspenda debido a situaciones de incapacidad temporal, maternidad, adopción o acogimiento, riesgo en el embarazo y demás situaciones que den derecho a reserva del puesto de trabajo, la entidad beneficiaria comunicará dicha incidencia al Servicio Público de Empleo de Castilla y León en el plazo de un mes a contar desde la producción del hecho que da lugar a la suspensión del contrato.


Para una mejora en la gestión, se solicita el envío, a la mayor brevedad posible, de la documentación que se relaciona a continuación y que formará parte de la justificación de la subvención:

  • Contrato/s de trabajo formalizados y comunicado/s a la oficina del Servicio Público de Empleo debidamente estampillados.
  • Certificado expedido por el Centro Base de Personas con Discapacidad o documento por el que se haya resuelto el reconocimiento de la condición de discapacitado, emitido por el organismo competente, en su momento, para otorgarlo.
  • Documento de información al trabajador de la cofinanciación de la subvención por el Fondo Social Europeo (modelo Anexo IV de la convocatoria).
  • La dirección de Internet, así como un pantallazo con la información publicada en la página web de la entidad beneficiaria.
  • Ficha de recogida de datos de participantes en operaciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo.

Justificación

  • La justificación de la subvención se efectuará, según modelo normalizado ante el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, en el plazo de 2 meses, a contar desde el día siguiente al de la finalización de la actividad subvencionada y como máximo el día 31 de diciembre de 2018.

Resolución. Beneficiarios:

RESOLUCIÓN DEL PRESIDENTE DEL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEÓN POR LA QUE SE RESUELVE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES COFINANCIADAS POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO, DIRIGIDAS A ENTIDADES LOCALES, PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD PARA LA REALIZACIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS DE INTERÉS PÚBLICO Y UTILIDAD SOCIAL DURANTE EL AÑO 2018. (publicada 09-07-2018)

Descarga del documento tipo PDF Resolución del Presidente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León (publicada 09-07-2018). Abre una nueva ventana Resolución del Presidente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León (publicada 09-07-2018) (1.413 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

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