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Registro de explotaciones ganaderas de Castilla y León (REGA)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2009
  • SIA: 1813637

Objeto:

La inscripción en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Castilla y León de las altas, modificaciones, ceses, reinicios o bajas, así como la comunicación de censos de animales por parte del titular de la explotación.

¿Quién lo puede solicitar?

Titulares de animales y explotaciones ganaderas (incluidos los titulares de mataderos) de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, que deban estar inscritos en el registro de explotaciones ganaderas.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud de alta presentada por el titular de explotación (o representante del mismo), según Anexo II acompañado del modelo de solicitud de alta correspondiente (modelos AI, AII, AIII, AIV, AV) en función del tipo de explotación ganadera. La solicitud de alta se acompañará de la siguiente documentación:

  1. Copias de los planos catastrales o de planos georreferenciados (obtenidos utilizando técnicas informáticas de información geográfica) de cada una de las ubicaciones estables de la explotación, salvo que se trate de colmenares apícolas trashumantes o de centros de sacrificio domiciliario. En dichos planos aparecerán claramente referenciados el polígono y la parcela catastrales, en caso de tratarse de terreno rústico, o el número de referencia catastral y contendrán la siguiente información:
    a) El nombre del titular y especie ganadera. Dicha información se facilitará de forma fácilmente legible.
    b) La finca o fincas en la que se encuentra la ubicación estable de la explotación. Dicha información se facilitará mediante el marcado de la superficie de la finca utilizada. En caso de ser varias las ubicaciones estables de la explotación, se indicará cual de ellas es la ubicación principal.
    c) La entrada principal de la finca que constituye la ubicación principal de la explotación. Dicha información se facilitará señalando una X en el perímetro de la superficie marcada anteriormente como finca en la que se encuentra la ubicación principal de la explotación.
  2. Copia de la comunicación, licencia o autorización ambiental de la explotación ganadera según proceda, de conformidad con la normativa vigente en materia de prevención ambiental.
  3. En su caso, copia de la documentación que acredite la cesión o arrendamiento de la explotación.

Comunicación de actualización anual de censos. Los datos relativos al censo de las explotaciones ganaderas se comunicarán entre el 1 de enero y antes del 1 de marzo de cada año según modelo  Anexo III, por el titular de explotación (o representante del mismo).

Solicitud de modificación de los datos según el Anexo II acompañado del modelo de solicitud de modificación de datos (modelo B) al que se acompañará de la siguiente documentación:

  • En caso de modificaciones de titularidad, de la documentación que acredite la nueva titularidad. Cuando sea necesario, se adjuntará copia de la documentación que acredite la cesión o arrendamiento de la explotación.
  • En caso de modificación de las ubicaciones de la explotación o ampliación de la explotación, copia de los planos catastrales o de planos georreferenciados (obtenidos utilizando técnicas informáticas de información geográfica),.
  • En los casos de cambios de orientación productiva, la documentación sanitaria y/o zootécnica u otra documentación que sea exigida en su caso para cada especie ganadera en su correspondiente normativa sectorial.
  • Cuando corresponda, copia de la comunicación, licencia o autorización ambiental de la explotación ganadera según proceda, de conformidad con la normativa vigente en materia de prevención ambiental.

Solicitud de cese de explotaciones ganaderas Anexo II acompañado del modelo de solicitud de cese (modelo C).

Solicitud de reinicio de explotaciones ganaderas según Anexo II, acompañado del modelo de solicitud de reinicio (modelo C). En dicha solicitud, se hará constar si los datos registrados en la Base de Datos del Registro para la explotación que se quiere reiniciar, son correctos. Para ello los Servicios Veterinarios Oficiales facilitarán al interesado un informe con los datos registrados extraído de la Base de Datos del Registro de Explotaciones Ganaderas de Castilla y León. En caso de no estar conforme, se comunicará adjuntando a su vez el modelo de solicitud de modificación (modelo B), acompañado de la documentación correspondiente en cada caso.

Solicitud de baja según modelo que figura como Anexo II, acompañado del modelo de solicitud de baja (modelo C).

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

El alta se realizará de forma permanente.

Los datos relativos al censo de las explotaciones ganaderas ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla y León se comunicarán entre el 1 de enero y antes del 1 de marzo de cada año.

Plazo de resolución:

  • 3 MESES.

Notificaciones:

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
  • Notificación Electrónica:  Sistema de notificaciones de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, NOTI , desde aquí usted podrá acceder a sus notificaciones, elegir el canal electrónico como medio de notificación y suscribirse a notificaciones a los procedimientos electrónicos que así lo hayan dispuesto.

Legislación aplicable:

  • ORDEN AYG/37/2011, de 25 de enero, por la que se aprueba la aplicación electrónica «Módulo Ganadero», y se regula el acceso y uso de la misma, para la comunicación telemática de datos al sistema de registro de explotaciones ganaderas de Castilla y León y de identificación, registro y movimiento de animales de explotaciones ganaderas de Castilla y León (BOCyL 28-01-2011)
  • ORDEN AYG/1138/2012, de 14 de diciembre, por la que se regula la Base de Datos del Registro de Explotaciones Ganaderas de Castilla y León (BOCyL 04-01-2013)
  • RESOLUCIÓN de 19 de junio de 2023, de la Secretaría General de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, por la que se modifican los modelos del  Anexo IV de la Orden AGR/12/2021, de 8 de enero, por la que se modifica la Orden AGR/1143/2020, de 13 de octubre, por la que se regulan los procedimientos de identificación y registro de los animales de las especies ovina y caprina. (BOCyL 29-06-2023)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio Territorial de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (16 kbytes)

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Última actualización: 26 de noviembre de 2024