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Programa Inversiones. INVERSIONES DE PYMES (2010)

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Códigos identificadores del procedimiento:

IAPA: 1975 1991

Fecha de publicación:

26 de marzo de 2010

Objeto:

Fomentar y favorecer el crecimiento y consolidación de la actividad de las pequeñas y medianas empresas de Castilla y León, para aumentar sus niveles de competitividad y productividad, mediante el apoyo a los procesos de inversión en crecimiento y modernización tecnológica de empresas ya radicadas en la Región, capaces de generar nuevos puestos de trabajo, con la finalidad de consolidar su empleo y ampliar el tejido empresarial en Castilla y León. Así mismo, en esta actuación se recogen los gastos de promoción comercial del sector artesano.

Sectores subvencionables:

  • Industrias extractivas y manufactureras.
  • Servicios de apoyo industrial.
  • Industria de creación de contenidos multimedia, incluidos los que promocionen el castellano.
  • Turismo en poblaciones inferiores a 50.000 habitantes.
  • Actividades de turismo activo en municipios con población inferior a 10.000 habitantes.
  • Comercio minorista.
  • Centros de enseñanza y difusión del español para extranjeros.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 27 de marzo de 2010 hasta el 7 de febrero de 2011, excepto los proyectos de promoción comercial del sector artesano que finaliza el 30 de diciembre 2010.

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Presencial:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

PYMEs, que tengan su domicilio social en Castilla y León o alguno de sus centros productivos.

¿Qué requisitos debo cumplir?

1. Para los PROYECTOS DE INVERSIÓN:

- Viabilidad técnica, económica, financiera y medioambiental del proyecto.
- Disponer de un mínimo del 25% de autofinanciación.
- Presentación de la solicitud de subvención antes de iniciar el proyecto, pudiendo empezar la inversión y los gastos de constitución sin esperar a la resolución de la ayuda si se cuenta con el acta previa de acreditación de no inicio de las inversiones.
- Mantenimiento de las inversiones al menos durante cinco años.
- Mantenimiento del empleo al menos durante tres años.
- El 25% de la financiación de la inversión sin ninguna ayuda pública.

ADEMÁS:
a)Que la inversión a ejecutar esté valorada como subvencionable por la ADE entre 100.001 € y 600.000 €. (En el caso de autónomos o micro empresas entre 18.000 € y 600.000 €; en el caso del sector artesano entre 6.000 € y 200.000 € siempre que esté inscrito en el Registro de Artesanos).
b)Que la inversión represente una parte significativa del activo fijo material del establecimiento y no consista en la mera sustitución del mismo.
c)Que la inversión suponga un incremento sensible de la productividad o de la producción.
d)Que la inversión implique la adquisición de equipamiento tecnológicamente avanzado.

2. Para los PROYECTOS DE PROMOCIÓN COMERCIAL DEL SECTOR ARTESANO:
- Estar directamente relacionados con la actividad artesanal.
- Los elementos promocionales deben cumplir las normas de publicidad.
- Los gastos deben estar ejecutados y pagados antes de presentar la solicitud.

¿Para qué es la ayuda?:

PROYECTOS DE INVERSIÓN:
Creación de nuevos establecimientos, o su ampliación, y en su caso, su modernización, realizados por nuevas empresas o empresas ya existentes, que incorporen mejoras sustanciales en sus productos, procesos o servicios y respondan a una estructura equilibrada entre los diferentes componentes o conceptos.

PROYECTOS SECTOR ARTESANO:
a) Gastos relativos a la realización de catálogos de productos, logotipos, inserción en revistas especializadas, páginas web y similares, destinados a su utilización publicitaria.
b) Gastos derivados de la participación en ferias, exposiciones y certámenes que tengan como fin la consolidación y la apertura de nuevos mercados para los productos artesanos, con una duración mínima de 4 días y en el caso de ferias internacionales de 3 días.

Cuantía:

  • A) Del 1/1/2007 al 31/12/2010:
  • Hasta el 30% de la inversión subvencionable en las provincias de Ávila, León, Salamanca, Soria y Zamora.
  • Hasta el 27% en las provincias de Palencia y Segovia.
  • Hasta el 25% en las provincias de Burgos y Valladolid.
  • Hasta el 60% en el caso de promoción comercial del sector artesano, con el límite máximo de 30.000 €.
  • El porcentaje y límite máximo de subvención hasta el 31/12/2010 se aplicará a las solicitudes presentadas antes del 31/08/2010, siempre que puedan ser perfeccionadas con antelación necesaria que permita su resolución antes del 31/12/2010.
  • B) Del 1/1/2011 al 31/12/2013:
  • Hasta el 20% de la inversión subvencionable en las provincias de Ávila y Salamanca.
  • Hasta el 15% en las provincias de León, Soria, Zamora, Palencia, Segovia y Valladolid.
  • Hasta el 10% en la provincia de Burgos.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud normalizada.

En el caso de presentación telemática de la solicitud podrá adjuntarse la documentación digitalizada adquiriendo el compromiso de presentar los originales o copias compulsadas, cuando así sea requerida.

La solicitud estará acompañada de la siguiente documentación administrativa y técnica:

Descarga del documento tipo PDF DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR. Abre una nueva ventanaDOCUMENTACIÓN A PRESENTAR (84 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Instituto para la Competitividad Empresarial

Órgano gestor:

Director General del Instituto para la Competitividad Empresarial

Órgano que resuelve:

Presidente del Instituto para la Competitividad Empresarial

Plazo de resolución:

Plazo máximo para resolver y notificar será de 3 meses desde el momento en que la documentación esté completa.

Notificaciones:

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
  • Notificación Electrónica: para darse de alta y/o recibir notificaciones hay que entrar en el buzón electrónico del ciudadano, que se encuentra dentro de la   Ventanilla del Ciudadano.  

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Con carácter excepcional, podrán subvencionarse las inversiones realizadas por las Pymes y Grandes Empresas, pertenecientes al sector industrial, para la ADQUISICIÓN DE ESTABLECIMIENTOS QUE HAYAN CERRADO O VAYAN A CERRAR de no ser adquiridas por un inversor independiente.

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

Tramitación electrónica

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