Códigos identificadores del procedimiento:
- IAPA: 837
- SIA: 1253035
- BDNS (Identificador): 385568
Fecha de publicación:
12 de febrero de 2018
Objeto:
Convocar el pago anual para la campaña 2017/2018 a las explotaciones que desarrollen prácticas agrícolas tendentes a la protección del medio ambiente, de acuerdo con el Programa de Zona de aplicación del Reglamento CEE 2078/92, en las estepas cerealistas de Castilla y León y sus posteriores modificaciones, en su modalidad de contrato n.º 3.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
El plazo para la presentación de la solicitud y de la documentación será el que se establezca por la Consejería de Agricultura y Ganadería para la entrega de la Solicitud Única de Ayudas a Superficies Año 2018 (PAC 2018), ampliado en 1 DÍA HÁBIL.
Lugar y Forma de presentación:
Presencial:
Electrónico:
¿Quién lo puede solicitar?
Titulares de explotaciones acogidas durante las campañas anteriores a las ayudas establecidas para el contrato n.º 3 del Programa de Estepas Cerealistas, que cumplan los requisitos
¿Qué requisitos debo cumplir?
- Poseer contrato en vigor en la campaña agrícola 2017/2018.
- Haber presentado, obligatoriamente, la Solicitud Única de Ayudas a Superficies 2018 (PAC 2018) o de sus correspondientes modificaciones, si existieran, en la forma y plazo establecidos por la Consejería de Agricultura y Ganadería, reflejando la adhesión al Programa de Estepas Cerealistas de Castilla y León (contrato nº 3) mediante la declaración de las superficies de cada uno de los recintos de usos «tierra arable», «pastizal» o «pasto arbustivo» acogidos a la medida agroambiental a que se refiere esta orden, según la referencia SIGPAC y en la columna de «Producto» marcando el código «Abandono 20 años».
¿Para qué es la ayuda?:
Para la realización de prácticas agrícolas tendentes a la protección del medio ambiente en las estepas cerealistas de Castilla y León, mediante la retirada de tierras de la producción durante 20 años y conforme a lo establecido en las Órdenes de 15 de enero de 1998 ("B.O.C. y L." de 19 de enero de 1998) y 13 de septiembre de 1999 ("B.O.C. y L." de 28 de septiembre de 1999).
Cuantía:
- Contrato n.º 3. Prima: (71,48 x Pr) €/ha.
- "Pr" representa el rendimiento en Tm/ha del secano, fijado para la comarca en que radiquen las tierras en el Plan de Regionalización Productiva de España.
¿Qué documentos necesito?
Solicitud de pago conforme al modelo denominado “Solicitud de renovación anual. Campaña 2017/2018”, acompañada de la siguiente documentación:
a) Copia de la Solicitud Única de Ayudas a Superficies Año 2018 (PAC 2018) y, en su caso, en las correspondientes modificaciones, cuando conste oposición expresa a comprobar dichos datos.
b) En su caso, declaración de subvenciones solicitadas o concedidas para la actividad objeto de esta subvención, según el modelo denominado “Declaración de subvenciones solicitadas o concedidas”.
c) En su caso, solicitud de transferencia de compromisos, según el modelo denominado “Transferencia de compromisos”. El escrito de conformidad de transferencia de compromisos deberá ser firmado por el cedente y por el cesionario de los compromisos. No obstante, en el caso de fallecimiento o incapacidad del cedente, conforme a la estipulación sexta del contrato de ayuda suscrito, dicho escrito será firmado únicamente por el cesionario, acreditando debidamente dicha circunstancia.
Este documento se acompañará de copia del DNI/NIF/NIE de cedente y cesionario, si se oponen expresamente a que la Administración de la Comunidad de Castilla y León obtenga directamente y/o por medios telemáticos la comprobación de los datos de identidad y del resto de documentación justificativa de la transferencia de la explotación que deberá ser de la totalidad de la superficie contratada. Cuando se trate de una comunidad de bienes, cooperativa o S.A.T. deberá aportarse, además, copia del documento de constitución de la misma y, en su caso, de la documentación que acredite la condición de representante.
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Servicio de Gestión Forestal
Órgano que resuelve:
Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal
Plazo de resolución:
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de 6 MESES contados a partir del día siguiente al de la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes. El transcurso del citado plazo sin haberse dictado y notificado la resolución, legitima al solicitante para entender DESESTIMADA, por silencio administrativo.
Notificaciones:
- Notificación Electrónica: para darse de alta y/o recibir notificaciones hay que entrar en el buzón electrónico del ciudadano, que se encuentra dentro de la
Ventanilla del Ciudadano.
- Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efectos de notificaciones.
- En el Boletín Oficial de Castilla y León.
Recursos:
- Contencioso-administrativo
- Reposición
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Información adicional:
COMPATIBILIDAD
- Esta Ayuda es INCOMPATIBLE con cualquier otra destinada a los mismos fines.
- Quedan excluidos de estas ayudas los terrenos sujetos a contratos suscritos con otras Administraciones en que se contemplen trabajos que coincidan total o parcialmente con los de esta Orden.
Resolución. Beneficiarios:
BENEFICIARIOS 2017: Resolución de 16 de enero de 2018 (BOCyL 24-01-2018) (436 kbytes)