Códigos identificadores del procedimiento:
- IAPA: 506
- SIA: 1253004
- BDNS (Identificador): 850066
Fecha de publicación:
7 de agosto de 2025
Objeto:
Las ayudas concedidas por el ITACYL en el ámbito del programa de apoyo a las actividades de promoción de productos agrícolas tienen como finalidad fomentar la confianza de los consumidores en la producción agraria de calidad e inducir a los agentes económicos o a los consumidores a comprar el producto de que se trate.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Desde el 8 de agosto de 2025 hasta el 5 de septiembre de 2025
Más Detalles:
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 DÍAS HÁBILES desde el día siguiente a la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico:
¿Quién lo puede solicitar?
- Asociaciones de Artesanos y Asociaciones sectoriales titulares y/o gestoras de una Marca de Garantía o Colectiva con Reglamento de uso informado favorablemente por el Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León
- Las demás Asociaciones Sectoriales Alimentarias sin ánimo de lucro
¿Qué requisitos debo cumplir?
Para acceder a estas ayudas las entidades previstas deberán cumplir los siguientes requisitos:
- a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, incluidas las de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, y frente a la Seguridad Social.
- b) Cuando el solicitante es una persona jurídica o una comunidad de bienes que tenga la consideración de empresa de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2 del Decreto 75/2008, de 30 de octubre, las entidades solicitantes deberán acreditar el cumplimiento de la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad, o, de la no sujeción a la misma, o, en su caso, de la exención de dicha obligación.
- c) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la ayuda.
- d) Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la ayuda.
- e) Contar con un plan de igualdad conforme a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de hombres y mujeres, en el caso de que la persona solicitante esté obligada a ello.
- f) Cumplir las obligaciones contempladas en el punto vigesimoprimero del Acuerdo 82/2020, de 12 de noviembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueban las directrices vinculantes para el impulso de la responsabilidad social en el gasto público de la Administración General e Institucional de la Comunidad de Castilla y León.
- g) Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
- h) Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ingresos o recursos que financien las actividades objeto de ayuda.
- i) Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos por las bases reguladoras de las ayudas, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
- j) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
- k) Adoptar las medidas de difusión contenidas en la normativa de aplicación.
- l) Y demás requisitos previstos en la normativa aplicable, en las bases reguladoras y en la correspondiente convocatoria
¿Para qué es la ayuda?:
Las actividades de este programa se agrupan, a su vez, en dos subprogramas en los que serán subvencionables las siguientes actuaciones:
a) Subprograma de eventos de promoción. Serán subvencionables los costes de organización y participación en ferias y presentaciones de producto llevadas a cabo en el territorio nacional.
b) Subprograma de acciones de publicidad. Serán subvencionables los costes de publicidad en medios impresos, digitales, publicidad exterior, y anuncios en radio o televisión.
El período para la realización de las actividades del subprograma de acciones de publicidad será el comprendido entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026 el período para la realización de las actividades del subprograma de eventos de promoción será el comprendido entre la fecha de solicitud y el 30 de junio de 2026.
*Ver los condicionantes específicos establecidos en la convocatoria ( punto décimo)
Condicionantes específicos (136 kbytes)
Cuantía:
La ayuda del Instituto será la siguiente:
Cuantía de la ayuda (86 kbytes)
¿Qué documentos necesito?
Solicitud, según los formularios establecidos en el correspondiente procedimiento de sede electrónica, dirigido al Director General del Instituto.
A la solicitud se acompañarán los siguientes documentos como documentación adjunta digitalizada para su incorporación al expediente administrativo electrónico, sin perjuicio de la aportación de cualesquiera otros documentos e informaciones que el interesado pudiera presentar para resolver sobre el otorgamiento de la aportación económica o las que pudiera solicitar la Administración:
DOCUMENTACIÓN a presentar (117 kbytes)
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Subdirección de Calidad y Promoción Alimentaria
Órgano que resuelve:
Director General del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León
Plazo de resolución:
El plazo máximo para resolver las solicitudes y notificar las resoluciones será de 6 MESES, a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de las solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que se haya dictado resolución expresa, la solicitud podrá entenderse DESESTIMADA.
Notificaciones:
- Notificación electrónica, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones
NOTI
- En el Boletín Oficial de Castilla y León.
Recursos:
- Recurso potestativo de REPOSICIÓN
- Recurso Contencioso-administrativo
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Información adicional:
Compatibilidad
- El importe de las aportaciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.
Plazo de justificación
- El plazo para la justificación por el beneficiario de las actividades desarrolladas con cargo a la presente resolución será de 20 días hábiles contados desde el día siguiente a la finalización del período para la realización de las actividades objeto de la aportación económica del Instituto.
Protección de los datos de carácter personal:
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (184 kbytes)