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Subvenciones para proyectos interculturales en materia de inmigración dirigidas a asociaciones de inmigrantes de Castilla y León (2022)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2593
  • SIA: 1813894
  • BDNS (Identificador): 599323

Fecha de publicación:

13 de diciembre de 2021

Objeto:

Convocar  subvenciones para el año 2022, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a asociaciones de inmigrantes que actúen en Castilla y León para impulsar y colaborar en el desarrollo de proyectos de carácter intercultural, realizados por tales asociaciones. Tienen por finalidad integrar a la población de origen extranjero y a la población autóctona en una sociedad donde se gestionen de forma positiva las diferencias y exista una igualdad de trato, apoyando a las asociaciones de inmigrantes, fundamentalmente en lo que se refiere a su papel promotor de la interculturalidad.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 14 de diciembre de 2021 hasta el 11 de enero de 2022

Más Detalles:

El plazo para la presentación de solicitudes será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

Las asociaciones de inmigrantes legalmente constituidas y debidamente inscritas en el correspondiente registro administrativo, que actúen en Castilla y León.

¿Qué requisitos debo cumplir?

  • Se consideran asociaciones de inmigrantes aquellas que tienen como fin institucional o estatutario principal la realización de actividades dirigidas exclusivamente o de forma claramente predominante al colectivo inmigrante. Además, para tal consideración, será necesario que tengan como promotores de la asociación y/o como miembros de su órgano directivo a inmigrantes.
  • De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 75/2008, de 30 de octubre, deberán acreditar el cumplimiento de la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad o la no sujeción a la misma o, en su caso, la exención de dicha obligación en los términos previstos en el Real Decreto 364/2005, de  8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo, con carácter excepcional,  de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad.
  • El proyecto presentado deberá alcanzar al menos una puntuación de 5 puntos, conforme los criterios de valoración previstos en la base 6ª la Orden PRE/107/2017, de 23 de febrero de Bases reguladoras.

¿Para qué es la ayuda?:

Podrán ser objeto de subvención aquellos proyectos interculturales realizados en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2022 y el último día para proceder a la justificación de las presentes subvenciones. Se considerará proyecto intercultural las actividades, encuentros, jornadas, foros y reuniones interculturales que promuevan la sensibilización e integración de la población inmigrante en la sociedad castellana y leonesa. Los proyectos interculturales deberán desarrollarse en el ámbito territorial de Castilla y León, pudiendo tener carácter uniprovincial o pluriprovincial. Podrán ser partícipes del proyecto intercultural todas las personas inmigrantes, con independencia de su nacionalidad, sin perjuicio de los criterios de selección y limitaciones que contengan las acciones específicas que se desarrollen.

Se consideran GASTOS SUBVENCIONABLES los necesarios para la directa realización de las actuaciones incluidas en el proyecto presentado, en correspondencia con los conceptos e importes presupuestados. Con carácter general, los siguientes:

a) Personal, honorarios y salarios de técnicos, mediadores interculturales, asistentes sociales, monitores y otros profesionales y expertos.

b) Alquiler de locales, equipos y material necesarios para las actividades.

c) Transportes y gastos de envío unidos al desarrollo de las actividades.

d) Adquisición de material fungible para la realización de las actividades.

e) Publicidad y cartelería para la difusión de las actividades.

f) astos de gestión y administración y gastos necesarios para el funcionamiento ordinario de la entidad, hasta un máximo del quince por ciento (15%) del importe total de la subvención recibida.

No son subvencionables los gastos destinados a la adquisición de infraestructuras o equipamientos.

Cuantía:

  • El importe de la subvención podrá alcanzar el 100% de los gastos subvencionables, necesarios para la realización de la acción a subvencionar.
  • No podrá superar la cantidad de 1.500 € para el caso de proyectos uniprovinciales, y de 2.000 € para los proyectos pluriprovinciales.
  • En ningún caso podrá ser de tal cuantía que aisladamente o en concurrencia con otras ayudas o subvenciones, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad

¿Qué documentos necesito?

Solicitud, en modelo normalizado. Una misma entidad podrá presentar un máximo de dos solicitudes. Cada solicitud implicará la realización de un solo proyecto.

A la solicitud se acompañará la siguiente DOCUMENTACIÓN:

Descarga del documento tipo PDF DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR. Abre una nueva ventana DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR (124 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Órgano que resuelve:

Consejero de Transparencia, Ordenación del Territorio y Acción Exterior

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver la convocatoria y publicar la resolución será de 3 MESES a contar desde la fecha de finalización del plazo para presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que haya sido publicada la resolución, se podrán entender DESESTIMADAS. La resolución de la convocatoria podrá ser parcial o definitiva.

Notificaciones:

  • En el Boletín Oficial de Castilla y León.
  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI
  • Recursos:

    • Contencioso-administrativo
    • Reposición

    Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

    Información adicional:

    Anticipos de la subvención

    • Podrá concederse un anticipo de hasta el 100% de la cantidad concedida en concepto de subvención, previa solicitud del beneficiario, siempre y cuando dicho anticipo sea autorizado por la Consejería de Economía y Hacienda, de conformidad con lo establecido en el artículo 37.1 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre.

    Justificación

    • El plazo de justificación por el beneficiario del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención y de la aplicación de los fondos recibidos finalizará el 31 de octubre de 2022, cuando no se haya concedido el anticipo del 100% de la cantidad concedida en concepto de subvención.
    • En el caso de haber anticipado la totalidad de la subvención concedida, dicho plazo finalizará el día 31 de diciembre de 2022.

    Compatibilidad

    • Las subvenciones convocadas por esta orden serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de otra Administración o ente público o privado, nacional, de la Unión Europea o de organismos internacionales, excepto con las subvenciones que la entidad pudiera percibir para 2022 por parte de la Consejería de Transparencia, Ordenación del Territorio y Acción Exterior de la Junta de Castilla y León para financiar otro tipo de proyectos en materia de inmigración, dentro de los cuales se incluyeran actividades de sensibilización o de promoción de la interculturalidad.

    Resolución. Beneficiarios:

    Orden TRA/145/2022, de 24 de febrero, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones para proyectos interculturales en materia de inmigración dirigidas a asociaciones de inmigrantes de Castilla y León para el año 2022. (BOCyL 03-03-2022)

    Descarga del documento tipo PDF Orden TRA/145/2022, de 24 de febrero (BOCyL 03-03-2022). Abre una nueva ventana Orden TRA/145/2022, de 24 de febrero (BOCyL 03-03-2022) (935 kbytes)

    Protección de los datos de carácter personal:

    Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (127 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.