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Presentación del Informe de Gobierno Corporativo de las Fundaciones Bancarias

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2454
  • SIA: 1813815

Objeto:

Presentación por vía telemática del informe anual de gobierno corporativo de las fundaciones bancarias.

¿Quién lo puede solicitar?

El Patronato de la fundación bancaria interesada.

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

¿Qué requisitos debo cumplir?

Ser representante legal de la Fundación bancaria interesada o estar facultada al efecto por su Patronato.

¿Qué documentos necesito?

  • Formulario para tramitación electrónica en modelo normalizado.
  • Copia mediante escáner del informe original aprobado por el patronato con el contenido indicado en el capítulo II de la Orden ECC/2575/2015, de 30 de noviembre, y conforme al modelo que figura como anexo a dicha Orden.
  • Copia mediante escáner del certificado original expedido por el secretario del patronato, con el visto bueno del presidente, acreditativo de la aprobación por el patronato del informe que se remite.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

El plazo máximo para remitir el informe anual de gobierno corporativo al protectorado será de cuatro meses desde la finalización del ejercicio económico.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI
  • Recursos:

    • Otros.

    Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

    Legislación aplicable:

    • Artículo  48 de la Ley 26/2013, de 27 de diciembre, de cajas de ahorros y fundaciones bancarias (BOE 28-12-2013)
    • Orden ECC/2575/2015, de 30 de noviembre, por la que se determina el contenido, la estructura y los requisitos de publicación del informe de gobierno corporativo, y se establecen las obligaciones de contabilidad de las fundaciones bancarias (BOE 4-12-2015)

    Organismo:

    Consejería / Centro Directivo:

    Órgano gestor:

    Servicio de Fundaciones y Asociaciones

    Órgano que resuelve:

    Dirección General de Relaciones con la Sociedad Civil

    Información adicional:

    • En el artículo 48 de la Ley 26/2013, de 27 de diciembre, de cajas de ahorros y fundaciones bancarias se establece la obligación de aprobar, publicar y presentar al Protectorado el informe anual de gobierno corporativo de las fundaciones bancarias.
    • El informe de gobierno corporativo ha de tener la estructura, composición y contenido que se determina en la Orden ECC/2575/2015, de 30 de noviembre.
    • Los patronatos de las fundaciones bancarias han de remitir el informe anual de gobierno corporativo al protectorado competente por vía telemática a través del sistema que éste determine.
    • Los informes de gobierno corporativo serán objeto de publicación en la página web de la fundación bancaria. La publicación se realizará en un lugar de la página visible, de fácil acceso y claramente señalizado. La publicación deberá mantenerse en la página durante un plazo no inferior a cinco años.
    • Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, la fundación bancaria adoptará las medidas necesarias para garantizar que el informe de gobierno corporativo sea accesible al público, quien podrá consultarlo durante un plazo no inferior a cinco años.
    • La publicación se realizará de manera inmediata, y en todo caso en un plazo no superior a diez días a la remisión al protectorado.
    • En el caso de que se produzca subsanación de deficiencias, será publicado el nuevo informe con un resumen de las correcciones efectuadas.

    Protección de los datos de carácter personal:

    Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (10 kbytes)

    Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

    1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
    2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
      1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
      2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
      3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
    3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
    4. Descargar justificante de presentación.

     

    Tramitación electrónica